Aguascalientes
> Juzgado Tercero De Lo Familiar de Aguascalientes
Actor: Maria De Rocio Martinez Martinez
Demandado: Pedro Galvan Martinez
Materia: Familiar
Tipo: PROCEDIMIENTOS ESPECIALES : DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
RESUMEN: El Expediente 1197/2013 - 2 en Materia Familiar y de tipo Procedimientos Especiales : Divorcio Por Mutuo Consentimiento fue promovido por Maria De Rocio Martinez Martinez en contra de Pedro Galvan Martinez en el Juzgado Tercero De Lo Familiar en Aguascalientes, Aguascalientes. El Proceso inició el 28 de Noviembre del 2019 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: MARIA DE ROCIO MARTINEZ MARTINEZ
Demandado: PEDRO GALVAN MARTINEZ
EN INCIDENTE DOS DE PLANILLA DE LIQUIDACIÓN.- SE DICTA SENTENCIA INTERLOCUTORIA, EN LA QUE SE RESOLVIÓ: PRIMERO.- SE APRUEBA PARCIALMENTE LA PLANILLA DE LIQUIDACIÓN PRESENTADA POR MARÍA DEL ROCÍO MARTÍNEZ MARTÍNEZ. SEGUNDO.- SE CONDENA A PEDRO GALVÁN MARTÍNEZ, A PAGAR LA CANTIDAD DE $12,971.88 (DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN PESOS CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS) EN MONEDA NACIONAL, POR CONCEPTO DE LOS INCREMENTOS QUE DEBIÓ SUFRIR LA PENSIÓN ALIMENTICIA QUE SE OBLIGÓ A OTORGAR A FAVOR DE SU HIJO ENTONCES MENOR DE EDAD J.A.G.M., RELATIVOS AL PERIODO DE ENERO DE DOS MIL QUINCE AL DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE, CANTIDAD QUE DEBERÁ ENTREGAR A LA ACTORA INCIDENTISTA MARÍA DEL ROCÍO MARTÍNEZ MARTÍNEZ PARA SU ADMINISTRACIÓN, CONSIDERANDO QUE EN DICHO PERIODO, SU HIJO J.A.G.M. ERA AÚN MENOR DE EDAD. TERCERO.- SE FACULTA A LA MINISTRO EJECUTOR ADSCRITA A ESTE JUZGADO, PARA QUE SE CONSTITUYA EN EL DOMICILIO DE PEDRO GALVÁN MARTÍNEZ, Y LO REQUIERA POR EL PAGO DE LA CANTIDAD A LA QUE FUE CONDENADO, Y EN CASO DE NO REALIZAR DICHO PAGO EN ESE ACTO, EMBÁRGUENSELE BIENES DE SU PROPIEDAD SUFICIENTES A GARANTIZAR EL PAGO DE LO ADEUDADO. CUARTO.- SE DEJA A SALVO EL DERECHO J.A.G.M. PARA PROMOVER EN LA VÍA Y FORMA QUE CORRESPONDA, LO QUE A SUS INTERESES CONVENGA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 414 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO. QUINTO.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE MARÍA DEL ROCÍO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, PARA EJERCITARLOS EN LA VÍA Y FORMA CORRESPONDIENTES, EN CUANTO A LO MANIFESTADO POR LA MISMA, EN EL SENTIDO DE QUE SU HIJO J.A.G.M. TIENE DISCAPACIDAD NEUROLÓGICA Y MOTRIZ. SEXTO.- HÁGASE SABER A LAS PARTES QUE LA PRESENTE SENTENCIA SE PUBLICARÁ SUPRIMIENDO LA INFORMACIÓN CLASIFICADA COMO CONFIDENCIAL, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1°, 11, 55 FRACCIÓN XXXVI, 58 Y 70 INCISO B, FRACCIÓN I DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Y SUS MUNICIPIOS. SÉPTIMO.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Actor: MARIA DE ROCIO MARTINEZ MARTINEZ
Demandado: PEDRO GALVAN MARTINEZ
SE CITA PLANILLA DE LIQUIDACIÓN
Actor: MARIA DE ROCIO MARTINEZ MARTINEZ
Demandado: PEDRO GALVAN MARTINEZ
SE TIENE A MARIA DEL ROCIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ, POR EXHIBIENDO LA PLANILLA DE LIQUIDACIÓN QUE A SU PARTE CORRESPONDE, CON LA COPIA QUE EXHIBE DESE VISTA A PEDRO GALVÁN MARTÍNEZ, PARA QUE EN EL TÉRMINO DE TRES DÍAS MANIFIESTE LO QUE A SUS INTERESES CONVENGA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 414 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO.-
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