Aguascalientes
> Juzgado Tercero De Lo Familiar de Aguascalientes
Actor: Sandra Teresa Lopez Bermudes
Demandado: Isaac Garcia Dominguez
Materia: Familiar
Tipo: JUICIO UNICO : DIVORCIO INCAUSADO
RESUMEN: El Expediente 1160/2019 - 1 en Materia Familiar y de tipo Juicio Unico : Divorcio Incausado fue promovido por Sandra Teresa Lopez Bermudes en contra de Isaac Garcia Dominguez en el Juzgado Tercero De Lo Familiar en Aguascalientes, Aguascalientes. El Proceso inició el 11 de Noviembre del 2019 y cuenta con 1 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: SANDRA TERESA LOPEZ BERMUDES
Demandado: ISAAC GARCIA DOMINGUEZ
SE DICTA SENTENCIA Y SE RESUELVE: PRIMERO. SE DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO EL VÍNCULO MATRIMONIAL CIVIL QUE SE CREÓ POR VIRTUD DEL MATRIMONIO CELEBRADO ENTRE SANDRA TERESA LÓPEZ BERUMEN E ISAAC GARCÍA DOMÍNGUEZ QUE SE ENCUENTRA REGISTRADO EN EL LIBRO 05, A FOJA 0886, ASENTADA EN EL ACTA 0886, LEVANTADA POR EL OFICIAL 101, DE FECHA VEINTICUATRO DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES, CON RESIDENCIA EN AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES. SEGUNDO. CONSIDERANDO QUE LA SENTENCIA CAUSA EJECUTORIA POR MINISTERIO DE LEY, ATENTO AL CONTENIDO DEL ARTÍCULO 372, EN RELACIÓN CON LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 375 Y 376 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES; CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 295 PÁRRAFO SEGUNDO DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO, GÍRESE ATENTO OFICIO A LA DIRECTORA DEL REGISTRO CIVIL EN EL ESTADO, PARA QUE LEVANTE EL ACTA CORRESPONDIENTE Y HAGA LAS ANOTACIONES RESPECTIVAS Y, ADEMÁS, PARA QUE PUBLIQUE EL EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DURANTE QUINCE DÍAS EN SUS ESTRADOS. TERCERO. CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 232 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO, SE APRUEBAN LAS CLÁUSULAS RELATIVAS A LOS ALIMENTOS QUE SE HABRÁN DE PROPORCIONAR A LA MENOR Y ENTRE LOS LITIGANTES; TODA VEZ QUE EXISTE PLENA CONFORMIDAD POR PARTE DE LOS LITIGANTES. EN CAMBIO, NO SE APRUEBAN LAS CLÁUSULAS RELATIVAS A LA GUARDA Y CUSTODIA, CONVIVENCIA DEL CÓNYUGE QUE NO TENDRÁ LA GUARDA Y CUSTODIA DE LA MENOR Y LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, TODA VEZ QUE NO EXISTE PLENA CONFORMIDAD POR PARTE DE LOS LITIGANTES. CUARTO. SE SEÑALAN LAS DIEZ HORAS DEL DÍA DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, A FIN DE QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA PREVISTA POR EL ARTÍCULO 353 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO, POR LO QUE SE CITA A LAS PARTES PARA PROMOVER EL ACUERDO ENTRE LAS PRETENSIONES EXPUESTAS EN SUS RESPECTIVOS ESCRITOS DE PROPUESTA Y CONTRAPROPUESTA AL CONVENIO. QUINTO. CON APOYO EN EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO, AL HACERSE PÚBLICA LA SENTENCIA POR CAUSAR EJECUTORIA, OMÍTANSE LOS DATOS PERSONALES DE LAS PARTES, EN RAZÓN DE LA PROTECCIÓN DE DERECHOS FAMILIARES. SEXTO. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información