En la ciudad de ____________________, siendo las ____________ horas del día ___________________, día y hora señalada por auto de fecha ________________________, para la celebración de la audiencia constitucional en este juicio de garantías, el C. Lic. _______________________, Juez de Distrito, actuando con el secretario que autoriza y da fe, la declaró abierta con la asistencia personal de los CC. Lic. _____________________________________, el primero de ellos en su carácter de autorizado, en términos del artículo ____________ de la Ley de Amparo, por el quejoso el C. ___________________________, y el segundo también como autorizado pero del tercero perjudicado la C. ____________________________, quienes se identifican respectivamente con sus cédulas profesionales números _______________________, expedidas a su favor por la Dirección General de Profesiones, dependientes de la Secretaria de Educación Pública, documentos que se tiene a la vista y se dan de fe los mismos y en este acto se reintegra a cada uno de los interesados para su resguardo.
A continuación la Secretaría hace relación de actos y da lectura al escrito inicial de garantías y anexo que se acompaña consistente en copia simple de la resolución pronunciada con fecha ________________________, por el Presidente de la Sala del Tribunal Superior de Justicia; da cuenta con los oficios números _______________, enviados por el Tribunal Superior Agrario y Juez de esta ciudad, mediante los cuales rinden su informe justificado y remite el primero de ellos con objeto de acreditar la legalidad del acto reclamado, el Toca __________, en ___________ fojas útiles; con un escrito del C. ________________________, autorizado por el quejoso, a través del cual ofrece pruebas documentales y formula alegatos, expresando en el mismo que ha de diferirse la audiencia constitucional porque no le ha sido expedida la copia certificada que menciona y que según lo acredita con copia sellada que acompaña; con tres diversos escritos del tercero perjudicado, por los que, en uno de ellos el tercero perjudicado autoriza para oír notificaciones al Lic. _______________________, y señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en _______________________, de esta ciudad; en los siguientes escritos, esto es en los registrados bajo los números _________________ ofrece diversas pruebas, entre ellas la instrumental de actuaciones y presuncional en su doble aspecto, legal y humano, en todo lo que favorezca a los intereses de la parte que representa y formula el mismo tiempo alegatos. El C. Juez acuerda: se tienen por desahogadas las pruebas que menciona el autorizado del quejoso en los apartados _________________, excepción hechas de la documental pública consistente en copia certificada del ______________, pues ésta no obra ni la está exhibiendo, sin que sea procedente diferir la presente audiencia constitucional, en virtud de que si bien es verdad que está acreditando con copia sellada de que hizo su solicitud de las copias certificadas que menciona ante el Tribunal Superior Agrario, también lo es que esto apenas lo hizo el día ___________________________, en efecto, siendo la oferente parte quejosa en este amparo, pudo haber hecho la solicitud respectiva desde el momento en que se admitió su demanda, esto es, desde fecha _________________________ o cuando menos con ___________ días de antelación, que es el que el suscrito estima suficiente para que las autoridades judiciales de la ciudad tramiten y acuerden ese tipo de promociones, dado el volumen de negocios que ante ellos se ventilan y dados también los términos que señalan los artículos ____________ del Código de Procedimientos Civiles, por producidos sus alegatos emitidos tanto por el representante legal del quejoso como por el del tercero perjudicado, se tienen por autorizados en los términos del artículo ______________ de la Ley de Amparo, a los profesionistas antes señalados y como domicilio para oír notificaciones el que se menciona; igualmente, por desahogadas todas y cada una de las pruebas a que hace referencia el representante legal del tercero perjudicado en su escrito de cuenta y que se registro bajo el número _________, se concede el uso de la palabra por mediación de este Juzgado al autorizado por el quejoso únicamente para los efectos de hacer patente su inconformidad ante la negativa de diferimiento de audiencia; en uso de la palabra manifiesta, que protesta contra el auto de su Señoría que le deniega la admisión de la prueba documental pública consistente en la copia certificada del _____________, radicado en la Sala y el diferimiento de la audiencia en virtud de que esto lo coloca en estado de indefensión reservándose su derecho de interponer en tiempo y forma el recurso que proceda. El C. Juez acuerda: téngase por hechas las manifestaciones del autorizado del agraviado al concedérsele el uso de la palabra e indíquesele que deberá estarse a lo aquí acordado. No habiendo pruebas pendientes que desahogar ni alegatos que tener por reproducidos, se da por concluida la presente audiencia, pasando el suscrito a dictar la resolución que en derecho proceda. Doy fe.
____________, ____________ a _____________ de _____________.
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