AUTO QUE NIEGA LA LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN POR TRATARSE DE DELITO GRAVE
Vista la solicitud del inculpado el C. __________________, y su defensor, en la cual requiere del órgano jurisdiccional el otorgamiento del beneficio de la libertad caucional, y considerando que en el caso el delito de _____________, previsto en el artículo ____________ del Código Penal Federal, es de los que por afectar de manera importantes valores fundamentales de la sociedad son clasificados como graves por la Ley, conforme a lo establecido por el artículo 20 Constitucional y demás fundamento en los artículos ___________ del Código Federal de Procedimientos Penales, no es procedente otorgársele el beneficio de la libertad provisional bajo caución, habida cuenta de que en la especie no se satisface el requisito relativo a que no se trate de delito grave considerado así por la ley.
Notifíquese.
Así lo resolvió y firma el C. Juez de lo Penal ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe. Doy fe.
____________, ____________ a ____________ de ____________
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