CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Que celebran por una parte el C.P. JOSÉ LUIS DEL CARMEN RUIZ JIMÉNEZ, Presidente Municipal Auxiliar de la Comunidad de Zaragoza, Municipio de Huamantla, Tlaxcala, quien en lo sucesivo se le denominara “El Arrendador” y por la otra como “Arrendatario” el ING. MARIO SALAMANCA RUGERIO.
D E C L A R A C I O N E S
1.- Declara el “Arrendador“, ser Presidente Municipal Auxiliar de la Comunidad de Zaragoza, Municipio de Huamantla, Estado de Tlaxcala.
2.- Estar Facultado Legalmente para la celebración del presente contrato.
3.- Con tal carácter celebra este contrato respecto del predio ubicado a la salida de Huamantla en dirección a Ixtenco, a un costado de la Secundaria Técnica Número 52, Localidad de Soltepec, Municipio de Huamantla, Tlaxcala.
4.- “El Arrendatario”, manifiesta por su parte conocer el predio antes descrito y solicita le sea concedida en arrendamiento, la superficie de 36 m2.
5.- “El Arrendatario“ declara ser propietario de la estructura para anuncios espectaculares que será ubicada en el predio que solicita en renta.
C L A Ú S U L A S
PRIMERA.- Declara “El Arrendador” dar en arrendamiento el predio descrito en la declaración 3 del presente contrato y “El Arrendatario” el Ing. MARIO SALAMANCA RUGERIO, recibe en Arrendamiento dicho predio a efecto de colocar una estructura para anuncios espectaculares.
SEGUNDA.- “El Arrendatario”, se obliga a pagar por concepto de renta respecto del predio materia del presente contrato, la cantidad de $400.00 (CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) mensuales.
TERCERA.- “El Arrendatario” se obliga a satisfacer la renta por mensualidades adelantadas, hasta el día en que se entregue dicho predio.
CUARTA.- El predio objeto del presente contrato se arrendará por dos años forzosos para ambos contratantes, sin perjuicio de que este tiempo pueda prorrogarse a solicitud del arrendatario, contados a partir del primero de mayo de dos mil nueve al primero de mayo de dos mil once.
QUINTA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las partes se someten expresamente a la competencia de los Tribunales del Estado de Tlaxcala.
SEXTA.- El presente contrato se rige por las disposiciones del Código Civil del Estado de Tlaxcala.
SÉPTIMA.- Este Contrato de Arrendamiento inicia su vigencia el día primero de mayo de dos mil nueve, se extiende en dos tantos en la ciudad de Tlaxcala, Tlax; el día primero de mayo de dos mil nueve, quedando un ejemplar en poder de “El Arrendador” y el otro en poder de “El Arrendatario”.
FIRMANDO DE CONFORMIDAD
ARRENDADOR ARRENDATARIO
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C.P. JOSÉ LUIS DEL CARMEN RUIZ JIMÉNEZ. ING. MARIO SALAMANCA RUGERIO.
Presidente Municipal Auxiliar de la Comunidad
de Zaragoza, Municipio de Huamantla, Tlax.
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