Características del servicio

Modelo De Amparo Contra Orden De Clausura De Un Negocio

MODELO DE ESCRITO POR EL QUE. ADICIONALMENTE A LA CONTESTACIÓN DENTRO DEL TERMINO DE NUEVE DIAS, SE HACE VALER LA EXCEPCION DE FALTA DE PERSONALIDAD.

 

_____________________

VS.

_____________________

Ordinario Mercantil

Expediente _____________________

Primera Secretaría.

 

C, JUEZ DÉCIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL

_____________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones la casa número _____________________ de las calles de _____________________ en esta ciudad, y autorizando para oírlas en mi nombre al señor Licenciado _____________________, con cédula profesional _____________________, ante Usted, con el debido respeto comparezco, para exponer:

Que con fundamento en el artículo 1379 del Código de Comercio, que señala el término de nueve días para contestar, vengo a interponer la excepción de falta de personalidad misma que fundo en la fracción IV del artículo 35 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, aplicable supletoriamente, en relación con los artículos 15. 17 y demás relativos del mismo ordenamiento, aplicable supletoriamente al Código de Comercio, y en relación con los artículos 25 fracción III Y 217 supletoriamente al Código de Comercio.

 

Conforme al artículo 27 del Código Civil, supletoriamente aplicable al de Comercio, las personas morales se obligan y obran por medio de los órganos que las representan, sea por disposición de la ley o conforme a las disposiciones relativas de sus escrituras constitutivas o de sus estatutos.

En el caso a estudio, la sociedad actora sólo puede actuar a través del Consejo de Administración o a través de un Administrador Único, según se desprende del testimonio de la escritura constitutiva que se acompañó al escrito de demanda, pero no puede hacerlo a través del Presidente del Consejo de Administración. Por tanto, la sociedad actora no ha obrado para demandar al suscrito ya que quien lo ha hecho ha sido el Presidente del Consejo de Administración y éste no tiene la representación de la sociedad actora.

Por lo expuesto,

A USTED C. JUEZ,. atentamente pido se sirva:

Primero. Tener por opuesta en tiempo la excepción dilatoria de falta de personalidad.

Segundo. Con la copia simple exhibida del presente escrito, dar vista a la contraria, por el término de tres días, para que exponga lo que a su derecho convenga.

Tercero. Tramitar el incidente relativo en los términos del artículo 1379 del Código de Comercio y resolver favorablemente la excepción dilatoria que se hace valer.

México, Distrito Federal, a _______ de _______ de ________________________

 

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