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Modelo De Escrito Por El Que La Institucion De Credito Desahoga La Vista Respecto De La Oposicion A La Venta Al Martillo

MODELO DE ESCRITO POR EL QUE LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO DESAHOGA LA VISTA RESPECTO DE LA OPOSICIÓN A LA VENTA AL MARTILLO

 

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JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.

Expediente _______ .

Segunda Secretaría.

C. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

________________________ , Abogado, apoderado general para pleitos y cobranzas de ______________________, personalidad que tengo acreditada y reconocida en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:

Que encontrándose mi representada dentro del término de tres días a que se refiere el artículo 141 fracción III de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, viene a desahogar la vista que se le dio con el escrito del señor ______________________, por el que se opone a la venta al martillo de un terreno de su propiedad, dado como garantía del adeudo a su cargo, derivado del contrato de habilitación y avío celebrado con mi poderdante y al efecto, manifiesto:

I. Se recoge la afirmación del oposicionista en el sentido de que confiesa haber celebrado el contrato de habilitación y avío y dado que admite también la existencia de la garantía real consistente en hipoteca sobre el predio materia de este procedimiento especial.

II. Confiesa el oposicionista ser cierto que ha dispuesto en su integridad del préstamo de habilitación y avío que le fue concedido por mi representada.

En cuanto a las consignaciones que asevera el oposicionista que realizó se advierte (fue él mismo admite un retraso en sus pagos, lo que, en los términos del contrato de habilitación y avío, cláusula quinta, origina el pago de intereses moratorios y no aparece que el oposicionista haya consignado tales intereses, por tanto, se halla en situación de incumplimiento, lo que dio pábulo a que mi representada haya dado Por vencida la suma total que es a cargo del oposicionista, con base en lo estipulado en el propio contrato de habilitación y avío.

En efecto, mi representada no estaba en condiciones de recibir un pago en condiciones diferentes a las pactadas pues ello hubiese implicado una novación del contrato original, para lo cual mi poderdante de ninguna manera ha aceptado.

Por otra parte, el estado de cuentas formulado por el contador de la institución de crédito, certificado por él mismo, no toma como base las consignaciones a que se refiere el oposicionista por no haber tenido conocimiento de las consignaciones y por no haberse consignado los intereses moratorios

III. Mi representada insiste en el incumplimiento de las prestaciones a cargo del deudor y también reitera su derecho a dar por vencido en su integridad el adeudo a cargo del deudor, lo que puede constatarse con el clausulado del contrato y con la fecha extemporánea de consignaciones del deudor, sin la consignación de los intereses moratorios causados.

En lo que atañe al valor de _______ _______ pesos del inmueble otorgado en garantía del cumplimiento de las obligaciones del deudor, mi representada se remite al texto del contrato de habilitación y avío en el que se le señala tal precio, lo que ha de producir todas las consecuencias inherentes, entre otras, que se pueda proceder a la venta al martillo, tomando como base el precio contractual que le fijó al inmueble. Por tanto, sí hay precio convencional del inmueble para procederse al remate en los términos de las fracciones III y IV del artículo 141 de la Ley citada.

Por lo que hace a las excepciones que hace valer el oposicionista manifiesto:

a) No hay tal excepción de falta de acción pues, el deudor y oposicionista si incurrió en violación de un derecho y en incumplimiento de sus obligaciones pues él mismo admite que estuvo fuera de la ciudad y que dejó de pagar los abonos a su cargo, después reconoce que hizo consignaciones de pago y no consignó los intereses moratorios pactados por lo que, mi representada estuvo en pleno derecho de dar por vencido todo el adeudo a cargo del oposicionista.

b) No hay tal excepción de pago pues, el oposicionista no consignó todas las cantidades a su cargo, ni lo hizo con la oportunidad legal correspondiente, ni consignó los intereses moratorios a su cargo, ni tampoco ha quedado liberado en dichas diligencias de consignación, ya que ni siquiera se comunicaron a mi representada.

c) No hay tal excepción de falta de fijación de precio al inmueble pues, basta la lectura del contrato do habilitación y avío para constatar que se le fijó un precio de ochocientos mil pesos, lo que se sobreentiende que es para todos los efectos legales que el contrato puede producir, entre otros, como precio contractual para proceder a su venta al martillo como lo previenen las fracciones III y IV del artículo 141 de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares.

d) No hay tal excepción de inexactitud del estado de cuentas en la certificación del contador de la institución de crédito en atención a que, tal certificación se hizo con base en los pagos hechos por el deudor y es lógico que no se podían tener en cuenta las consignaciones hechas por el deudor habida cuenta de que el Banco promovente no estaba notificado de tales consignaciones, además de que en tales consignaciones no se consignan los intereses a cargo del deudor, a pesar de que están claramente establecidos en el contrato.

e) No hay tal excepción de falta de elementos previstos en el artículo 141 de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, dado que el oposicionista y deudor incurrió en incumplimiento, actualizándose las razones para dar por vencido anticipadamente todo el adeudo y mientras no se proceda a realizar el pago de todo el adeudo, mi representada seguirá con la necesidad de proceder a la venta del inmueble dado en garantía de ese adeudo.

f) En cuanto a las excepciones y defensas contenidas en el escrito de oposición, mi representada se remite a lo que ha expresado con anterioridad y al texto del contrato de habilitación y avío.

Por lo que hace a la pericial de peritos contadores ofrecida por el oposicionista, mi representada designa como perito de su parte al señor contador público ________________________ , con domicilio en _______ piso de la casa número _______ de las calles de _______ de esta ciudad, solicitando se le haga saber su nombramiento para los efectos de su aceptación y protesta del cargo.

Por lo expuesto,

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

Primero. Tener por desahogada en tiempo la vista que se mandó dar a mi representada con el escrito del oposicionista.

Segundo. Citar a la junta a que se refiere el artículo 141 fracción III de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares.

Tercero. En su oportunidad, declarar infundada la oposición que se ha hecho valer y, declarar que la institución acreedora puede proceder a la Venta al martillo.

PROTESTO LO NECESARIO

México, Distrito Federal, a _______ de _______ de ________________________

 

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