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JUICIO ORDINARIO
MERCANTIL
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO.
_____________________, Administrador Único de la compañía _____________________, carácter que acredito con el instrumento notarial número ......................... , del volumen ......................... , pasado y otorgado ante la fe del Notario Público número _______ del Distrito Federal, Lic. ________________________ , con fecha _______ de _______ de _______ , señalando como domicilio para oír notificaciones el número _______ de las calles de _______ , Colonia _______ , de esta ciudad, autorizando para oírlas al C. Lic. _____________________, ante usted respetuosamente comparezco y expongo:
Vengo a demandar a la empresa _____________________, con domicilio en _____________________ las siguientes prestaciones:
a) La rescisión del contrato de compraventa mercantil que celebramos con fecha _______ de _______ de _______ , respecto a _______ refrigeradores de la marca _______ , con número de series: __________________ , por falta de pago oportuno del precio convenido.
b) La aplicación del enganche o anticipo o gastos de daños, perjuicios y depósito.
Mi demanda se fundamenta en los siguientes hechos y preceptos legales:
HECHOS
I.- Con fecha veinticinco de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve, la compañía _____________________, por mi conducto y como vendedora, celebró contrato de compraventa mercantil con _____________________, respecto a cien refrigeradores de la marca _____________________, con las series señaladas en el inciso a), del capítulo de prestaciones, pactándose como precio de cada refrigerador la cantidad de: _______ (_______ PESOS).
II.- El comprador _____________________, entregó como enganche o anticipo la cantidad de $_______ (_______ PESOS), equivalente al diez por ciento del precio total de los muebles.
III.- La demanda, en su calidad de comprador, se obligó a pagar la cantidad fijada como precio total en un plazo de noventa días naturales, conviniéndose y pactándose la rescisión del presente contrato para el caso de falla de pago oportuno del precio por parte de la compradora, según se observa en la cláusula cuarta del contrato base de la acción. al cual se le dio la debida forma legal.
IV.- La demanda aceptó y se obligó a que la cantidad o porcentaje entregada en concepto de enganche o anticipo se aplicara en favor de mi representada en calidad de depósito, daños y perjuicios sin derecho a devolución, para el caso de incumplimiento del pago en el plazo convenido.
V.- Como la demandada no pagó la cantidad por concepto de precio de los muebles en el plazo convenido, procede se declare la rescisión del contrato base de la acción y se aplique a gastos de depósito, daños y perjuicios sin comprobación en favor de mi representada.
DERECHO
Por cuanto al fondo son aplicables los artículos 371, 372, 375, 376, 377, 378, 379, 380, 381, 385, 386, 387 y demás relativos del Código de Comercio.
Rigen el procedimiento las disposiciones 1377 a la 1390 del Código de Comercio.
Por lo expuesto,
A USTED C. JUEZ, ATENTAMENTE PIDO SE SIRVA:
Proveer conforme a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO.
México, D. F., a
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