Características del servicio

Recurso De Revision

RECURSO DE REVISIÓN

 

ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA

ADMINISTRACIÓN CENTRAL DE LO CONTENCIOSO

JUICIO _____

PROMOVIDO POR: _____

 

ASUNTO: SE INTERPONE RECURSO

DE REVISIÓN.

 

LUGAR Y FECHA DE EXPEDICIÓN.

 

H. _____SALA REGIONAL ____

DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA

FISCAL Y ADMINISTRATIVA

 

_____ Administrador General Jurídico del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos _____ del Reglamento interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en vigor, comparezco para exponer:

 

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se interpone RECURSO DE REVISIÓN ante el H. Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del ____ Circuito en turno, por conducto de esta H. _____ Sala Regional, para que se revoque la sentencia que pronunció el Magistrado _____, en el juicio citado el rubro y se reconozca la validez de las resoluciones impugnadas.

 

PROCEDENCIA DEL RECURSO

 

Es procedente el recurso, porque la sentencia recurrida afecta el interés Fiscal de la Federación, y, a juicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el asunto tiene importancia por tratarse tanto de la interpretación de leyes o reglamentos, como de las formalidades esenciales del procedimiento, cumpliéndose con ello el requisito previsto en el artículo _____de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

 

AGRAVIOS

 

PRIMERO.- Violación a los artículos ______ de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en el ejercicio revisado, en relación con el diverso _____ del Código Fiscal de la Federación, por indebida interpretación y por ende falta de aplicación, en virtud de que el precepto citado en primer término, es contundente al establecer que se consideran ingresos por utilidades distribuidas, las omisiones de ingresos, sin que esta presunción legal quede condicionada o que la autoridad fiscal compruebe que efectivamente se hizo pago alguno a los socios o accionistas, para la aplicación del porcentaje previsto en el citado en segundo término.

 

En efecto, el numeral invocado es claro al establecer la obligación de retención del 55%, condicionada a que se efectúe un pago, esto es, si no existe pago, jurídicamente no puede exigirse retención alguna, no obstante que se está en presencia de dividendos fictos o presuntos, dado que dicho precepto no distingue la exigencia de pago para estar obligado a retener respecto de dividendos reales o fictos y por lo tanto al no constar en actas de visitas o en la resolución impugnada prueba alguna de cómo se hubiera efectuado pago alguno a favor de los socios o accionistas, no puede establecerse la obligación de la actora de retener impuesto relativo a los ingresos por dividendos y en general por ganancias distribuidas por Sociedades Mercantiles, así como la obligación de enterar el impuesto a las autoridades fiscales, por lo tanto en esta parte es procedente declarar la nulidad de la resolución impugnada.

 

Además, tomando en cuenta los razonamientos antes indicados, es claro que al no existir jurídicamente la obligación de retener a cargo de la Sociedad Mercantil, no se da la responsabilidad solidaria a que alude el artículo ______ del Código Fiscal de la Federación.

 

El criterio anterior es ilegal, en tanto que al quedar demostrado en el acta final de visita y en la resolución impugnada la omisión de ingresos en que incurrió la actora y que corresponden a colegiaturas, a la compraventa de CETES y otros ingresos, esas partidas se consideran ingresos por utilidades distribuidas de acuerdo a lo establecido en el artículo _____ de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente durante el período revisado sin que el mismo condicione que tales ingresos beneficien a los socios o accionistas, como erróneamente lo sostiene la máxime sentenciadora reconoce expresamente en su fallo que el articulo _____ de la ley mencionada no distingue la exigencia de pago para estar obligado a retener respecto de dividendos reales o fictos, lo cual demuestra aún más lo erróneo de su razonamiento.

 

Así tenemos que por una presunción legal se consideran ingresos por utilidades distribuidas las omisiones de ingresos detectadas por la autoridad fiscal, sin que se tenga la obligación de comprobar si efectivamente se realizó el pago a los socios o accionistas puesto que tal requisito no se consigna en el invocado articulo _____ de la Ley de la materia, por lo tanto es válido que la autoridad demandada haya aplicado el porcentaje previsto en el artículo ______ de la ley mencionada, actualizándose también la responsabilidad solidaria de la contribuyente al no haber hecho la retención respectiva.

 

Efectivamente, de los numerales antes citados no se desprende que la autoridad fiscal deba comprobar que se efectuó algún pago a los socios o accionistas de la empresa, sino que claramente establecen que las omisiones de ingresos se presumen por ley como ingresos por utilidades distribuidas y por lo tanto, fue procedente la aplicación del porcentaje previsto en el numeral citado en el párrafo anterior, todo esto en virtud de que se actualizaron las hipótesis legales contenidas en ellos y en relación con el diverso _____ del Código Fiscal de la Federación.

 

En este orden de ideas, y toda vez que ha quedado demostrado en las líneas precedentes que la contribuyente _____ omitió ingresos en cantidad de $ _____ se deduce que el Impuesto de los ingresos por dividendos y en general por las ganancias distribuidas por Sociedades Mercantiles, responsabilidad solidaria, liquidado por la autoridad por la misma cantidad se adecua a lo dispuesto por el artículo _____, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado se debe revocar la sentencia recurrida en virtud de que se ha acreditado que causa el agravio hecho valer al declarar la nulidad parcial para efectos de la resolución impugnada, no obstante que la actuación de la autoridad fiscal se ajustó a derecho al determinar y liquidar el Impuesto sobre la renta de los Ingresos por dividendos y en general por las ganancias distribuidas por Sociedades Mercantiles.

 

SEGUNDO.- Violación a lo dispuesto por los artículos _____ todos del Código Fiscal de la Federación, por falta de aplicación, toda vez que la resolución que determina el reparto adicional de utilidades a los trabajadores de la empresa se debió tener por no impugnada y por ende otorgarle la presunción de legalidad prevista en el articulo _____ del Código Fiscal de la Federación.

 

En efecto, como se puede comprobar fácilmente, en el escrito de demanda de la actora y en el auto admisorio de la misma en ningún momento se está impugnando el oficio citado, así como tampoco se, tuvo como resolución impugnada, por lo que la Sala responsable no debió considerarlo como acto impugnado y mucho menos declarar su nulidad ya que nunca estuvo en controversia.

 

Lo anterior es así, ya que si bien es cierto que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa tiene como función la impartición de justicia, esta tarea no la puede realizar libremente y sin sujetarse las reglas y formalidades del procedimiento porque en todo momento debe adecuar su actuación a ellas y no proceder de una forma oficiosa como ocurrió en la especie, por lo tanto, la resolución que ordena reparto adicional de utilidades no debió ser objeto de declaratoria nulidad en la sentencia que se recurre y por lo contrario, debió prevalecer en su favor la presunción de legalidad prevista en el artículo _____ del Código Fiscal de la Federación.

 

Con lo anterior, se demuestra que la sentencia recurrida causa agravio que se hace valer, toda vez que es ilegal que condicione aplicación del porcentaje previsto en el artículo _____ la Ley del Impuesto sobre la Renta a la existencia de un pago a los socios o accionistas, pasando por alto lo que dispone el artículo _____ de la misma ley, es decir, una presunción establecida expresamente en la ley.

 

A mayor abundamiento, es necesario precisar que al actualizarse la hipótesis legal prevista en el artículo _____ de la Ley del Impuesto sobre la Renta en vigor durante el ejercicio revisado, considera legalmente la existencia de ingresos por utilidades distribuidas sin que sea necesario hacer comprobación alguna y por ende, es legal la determinación del Impuesto correspondiente.

 

De esta forma, no se tenía la obligación de hacer constar en las actas de visita o en la resolución impugnada la existencia de pago alguno no a favor de los socios o accionistas de la empresa actora, por tratarse de una presunción prevista en la Ley de la materia que faculta a la autoridad fiscal para determinar y liquidar el Impuesto correspondiente a los ingresos omitidos, a los contribuyentes que como la hoy actora, asumen el carácter de responsables solidarios.

 

Como se puede ver, la a quo vierte una hipótesis no contemplada en los numerales referidos, por lo tanto, la sentencia que se recurre debe ser revocada.

 

Las razones antecedentes determinan la ineficacia del último agravio de la actora, relacionado con el cobro del impuesto calculado sobre la base íntegra por los renglones de ingresos emitidos y compras rechazadas porque de acuerdo con los artículos _____ de la Ley Tributaria Especial, resulta responsable solidaria por retención del gravamen, responsabilidad que de ninguna manera quedó condicionada a la demostración por parte de la autoridad del acto material de pago a sus socios o accionistas.

 

TERCERO.- Violación a lo dispuesto por los artículos _____ del Código Fiscal de la Federación en vigor, en tanto que de acuerdo con lo expuesto en el agravio precedente quedó demostrada la legalidad de la determinación del Impuesto sobre la Renta de los Ingresos por Dividendos y en General por las Ganancias Distribuidas por Sociedades Mercantiles, es procedente reconocer también la validez de la sanción y de los recargos respectivos.

 

Ciertamente, tanto los recargos como las sanciones mencionadas deben estimarse apegadas a derecho en virtud de que la determinación del impuesto citado fue completamente legal, por lo cual la sentencia que se recurre debe ser revocada y reconocer la validez de la resolución impugnada.

 

En mérito de lo expuesto y fundado, se pide atentamente:

 

PRIMERO.- A ésta H. Sala, envíe el presente recurso de revisión al H. Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del ____ Circuito en Turno.

 

SEGUNDO.- Al H. Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del ____ Circuito en Turno, tener por interpuesto en tiempo y forman el presente recurso de revisión con las copias de ley.

 

TERCERO.- Al H. Tribunal Colegiado, se pide declarar fundado los agravios hechos valer, revocando la sentencia recurrida, y reconocer la validez de las resoluciones impugnadas.

 

PROTESTO LO NECESARIO

 

(LUGAR Y FECHA DE EMISIÓN)

 

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(NOMBRE Y FIRMA DEL QUE SUSCRIBE)

 

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