RESOLUCION DE APELACIÓN INTERPUESTA POR EL MINISTERIO PUBLICO CONTRA AUTO QUE FIJA CUANTIA DEL MONTO DE FIANZA POR CONSIDERARLA BAJA
VISTO en apelación el auto de fecha _____________________ dictado por el C. Juez de lo Penal de esta Ciudad en el proceso número ____________, instruido en contra del C. ________________________, por el delito de homicidio cometido en agravio del C. _________________________.
I. De las constancias de autos principales, que el C. Juez Aquo remitió para la substanciación del recurso, aparece que mediante escrito, al que recayó acuerdo del __________________, el procesado _________________, por conducto de su defensor particular, promovió incidente de libertad caucional, mismo que en el acuerdo mencionado le fue concedido, señalándose como monto de la fianza que al efecto deberla otorgar, la cantidad de $_____________ (_____________), en cualesquiera de las formas previstas por la Ley y que inconforme el C. Agente del Ministerio Público adscrito, con la cantidad señalada como caución, apeló del acuerdo en cuestión, habiéndose admitido el recurso de apelación en el efecto devolutivo y recibidas que fueron las constancias de autos conducentes por el Supremo Tribunal de Justicia, correspondió a esta Sala la tramitación de la alzada, presentándose oportunamente ante la misma, el C. Procurador General, expresando como agravios lo siguiente: 'Causa agravios el auto dictado con fecha _________________, por el C. Juez de lo Penal y se viola lo dispuesto en el Artículo ______ del Enjuiciamiento Penal en virtud de que siendo la imprudencia gravísima y la consecuencia resultante del mismo también de funestas consecuencias y por lo consiguiente la fianza de $___________ (____________), fijada al acusado es totalmente baja y no está acorde a las constancias debiéndose de aumentar dentro de los limites establecidos por la Ley.
II. La sala considera inatendibles los anteriores conceptos de agravio por estimar que el C. Juez Aquo, lejos de violar lo dispuesto por el Artículo __________ del Enjuiciamiento Penal, al fijar como monto de la fianza que el C. _____________________, debía otorgar para disfrutar del beneficio de libertad caucional que le fue concedido, la cantidad dispositivo legal, tomando en consideración lo previsto en tas diversas acciones del repetido precepto, puesto que de autos no aparece que el inculpado registre antecedentes penales; que aún a pesar del penoso resultado de la acción culposa no hay vocación todavía de calificar la imprudencia y como por otra parte no existe prueba alguna de que el acusado tenga interés en sustraerse a la acción de la justicia y su suposición de que ello no ocurra dada su condición de trabajador y arraigo hogareño, el monto en cuestión es del todo prudente, tanto más si se toma en cuenta la difícil situación económica del procesado que acusa ser un obrero con haber diario de $___________ (________________) que le sirven para aportar ayuda económica para los gastos de su casa, por todo lo cual deberá confirmarse en sus términos el auto que se revisa en apelación.
Por lo anteriormente expuesto y con apoyo además en los Artículos _____________, y demás relativos del Enjuiciamiento Penal, se:
UNICO. Se confirma en sus términos el auto de fecha _________________, dictado por el C. Juez de lo Penal de esta Ciudad, en el proceso a que alude el encabezado de esta ejecutoria.
Notifíquese; remítase copia autorizada de la presente al C. Juez Aquo para su conocimiento y efectos y en su oportunidad archívese el toca.
Así, por unanimidad lo resolvió la Sala del Supremo Tribunal de Justicia, integrada con los Magistrados ___________________________________, siendo ponente el primero de los citados.
__________, __________ a __________ de ___________
_____________________________
FIRMA
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información