Características del servicio

Resolucion De Revocacion Que Lo Desecha Y Confirma Pae

 

SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA

ADMINISTRACIÓN LOCAL JURÍDICA DE _____

SUBADMINISTRACIÓN DE RESOLUCIONES _____

OFICIO NÚMERO _____

RFC _____

 

EXP_____

 

ASUNTO: SE RESUELVE RECURSO DE

REVOCACIÓN _____.

 

C._____

Con domicilio en _____

PRESENTE:

 

Por escrito recibido en esta Administración Local Jurídica de _____ en fecha _____ el C._____ en representación legal de la negociación denominada '_____', interpuso RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVOCACIÓN en contra de la resolución contenida en el oficio numero _____ de fecha _____, emitido por la Administración Local de ______ notificado legalmente por la Administración Local de Recaudación de _____ en fecha _____ mediante el cual se determino a cargo de la contribuyente el crédito fiscal número _____, por la cantidad de $_____ (______M.N. ), por concepto de _____.

 

Mediante el mismo escrito también impugno la diligencia de REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO de fecha _____ emitida y ejecutada por la Administración Local de Recaudación de ______, correspondiente al crédito fiscal número _____ en fecha _____.

 

Esta Administración emite resolución cuyos términos más adelante se precisan, de acuerdo con los siguientes:

 

FUNDAMENTOS

 

Artículo tercero transitorio de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de Diciembre de 1995, en vigor a partir del 1 de enero de 1997, reformada mediante decretos publicados en el mismo órgano oficial de difusión de fechas 4 de enero de 1999 y 12 de junio de 2003.

 

Artículos 28, primer párrafo, fracción II y último párrafo del mismo, en relación con la fracción XIX, del artículo 26, 39, primer párrafo, Apartado A, Tercero y cuarto Transitorios, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federacion de fechas 30 de abril de 2001 y 17 de junio de 2003.

 

Artículos 116, 117 fracción I, inciso a, 124-A, fracción III, 131 y 133 fracción I del Código Fiscal de la Federación.

 

SUBSTANCIACIÓN DEL RECURSO

 

Se procede a la admisión y substanciación del recurso de revocación intentado en contra de la diligencia de requerimiento de pago y embargo de fecha _____ con número ______ efectuada por la Administración Local de Recaudación de _____ en fecha _____ teniéndose por ofrecidas y exhibidas las pruebas que el promovente adjunto al mismo.

 

MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN

 

Realizado el estudio de la resolución impugnada y analizada la argumentación hecha valer por el recurrente, las pruebas ofrecidas y constancias que obran en el expediente administrativo en que se actúa, esta Administración considera lo siguiente:

 

I. Toda vez que mediante oficio número _____ de fecha _____, se solicitó a la Administración Local de Recaudación de ____ con fundamento en el artículo 129 fracción II del Código Fiscal de la Federación, le diera a conocer el oficio numero _____ junto con la notificación impugnada, lo cual realizo en fecha _____ mediante diverso de número _____, y de fecha _____, donde se le proporciono el término de 45 días para interponer ampliación del Recurso Administrativo de Revocación en términos del artículo 129 del Código Fiscal de la Federación.

 

Siendo que no interpuso Ampliación al Recurso de Revocación, en donde manifestara los agravios que considerara le ocasionaba la notificación impugnada y en su caso la resolución determinante del crédito fiscal _____.

 

II. Ahora bien, respecto al argumento por parte del recurrente en el sentido de que el Procedimiento Administrativo de Ejecución respecto al crédito fiscal _____ que se llevo a cabo en su contra es ilegal toda vez que desconoce su origen, así como la notificación del mismo, es de manifestarle que la Autoridad ha demostrado la legal notificación del mismo, y toda vez que el contribuyente no amplió su recurso de revocación haciendo valer agravios en contra de la referida notificación, por consiguiente resultan infundados sus argumentos.

 

Por lo antes expuesto y fundado, se emite la siguiente:

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- Se confirma la VALIDEZ DE LA NOTIFICACIÓN IMPUGNADA contenida en el oficio número _____ misma que fue practicada con fecha _____ emitido por _____ de fecha _____, la cual determina el crédito fiscal _____ , por la cantidad de $_____, por concepto de _____ y en consecuencia se DESECHA por los motivos precisados en el cuerpo de este escrito el Recurso de Revocación intentado en contra de la resolución antes mencionada.

 

SEGUNDO.- Se confirma la VALIDEZ DE LA DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO de fecha _____ respecto al crédito fiscal _____ en contra del contribuyente _____ efectuada por la Administración Local de Recaudación de _____.

 

TERCERO.- Con fundamento en el artículo 132 último párrafo del Código Fiscal de la Federación, se le indica que para impugnar la presente resolución en el Juicio Contencioso Administrativo, cuenta con un plazo de 45 días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación de la misma.

 

CUARTO.- Notifíquese personalmente.

 

ATENTAMENTE

 

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN

EL ADMINISTRADOR LOCAL DE _____

 

____(NOMBRE Y FIRMA)____

 

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