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Sentencia De Divorcio Necesario 6

 

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__, ______ a______ de______ de______

 

VISTO S.- los autos del expediente marcado con el número______, relativo al Juicio Civil Ordinario de Divorcio Necesario promovido por el Señor PEDRO__________________, Apoderado Legal del Señor EMILIANO____________, en contra de la Señora GUADALUPE____________, estando para dictar sentencia y:

 

RESULTANDO

 

PRIMERO.- Por escrito presentado el siete de Febrero de __________________, compareció ante este Juzgado el Señor PEDRO _________________ como Apoderado Legal del Señor EMILIANO______________, promoviendo en la Vía Civil Ordinaria Juicio de Divorcio Necesario en contra de la Señora GUADALUPE__________________ por la disolución del vínculo matrimonial que une a su poderdante con la demandada; fundando la acción ejercitada en la causal a que se refiere la Fracción______ del Artículo______ del Código Familiar en Vigor, acompañó al efecto los documentos fundatorios de su acción, citando las disposiciones que creyó aplicables al caso.

 

SEGUNDO.- Por auto de fecha siete de Febrero del año que cursa se le dio trámite a la demanda en la vía, forma y términos solicitados, ordenándose de su inicio dar aviso a la H. Superioridad,, dándose la intervención legal su competencia a la Ciudadana Agente del Ministerio Público de la adscripción, previa la justificación del desconocimiento del domicilio de la demandada con las documentales que obran a fojas nueve y diez de autos y la información testimonial a cargo de DAVID ______________,FAFAEL__________________ y LEON__________________, se ordenó el emplazamiento que tuvo lugar mediante edictos, publicados en los periódicos Oficial Órgano de Gobierno, El Sol de________ y Estrados del Juzgado, en que se le hiciera el apercibimiento correspondiente a la demandada para en caso de dejar de dar contestación a la entablada en su contra.- Por escrito de fecha veintidós de Mayo del año en curso, se tuvo a la parte actora acusando la rebeldía en que incurrió la demandada al haber dejado de producir la contestación a la demanda dentro del término para ello conferido, así mismo que se abriera el Juicio a prueba; petición la anterior que se tuvo por acordada en los términos solicitados por auto de fecha veinticuatro de Mayo del año que corre, decretándose además la apertura del juicio a prueba por el término de ley común para las partes, ordenándose formar los cuadernillos correspondientes; dentro de la dilación probatoria del juicio la actora ofreció como pruebas de su parte las siguientes: La Documental Pública, consistente en la copia certificada del acta de matrimonio celebrado por los Señores EMILIANO__________________ y GUADALUPE__________________, debidamente expedida por el Ciudadano Oficial del Registro Civil de______;______. LA CONFESIONAL, que se hiciera consistir en el resultado de las posiciones que se articularan a la parte demandada, previa citación oportuna que se hiciera con el apercibimiento respectivo para en caso de incomparecencia el día y hora señalado; La Testimonial, que se hiciera consistir en el dicho de los Señores DAVID____________, VIRGINIA_________________ y LEON__________________, quiénes depusieran conforme al interrogatorio que en forma verbal y directa se les formulara en el momento del desahogo de esta probanza; La Presuncional en su doble aspecto legal y humano en cuanto favoreciera a los intereses del oferente y finalmente; La Instrumental de Actuaciones, que se hiciera consistir en todo lo actuado en este Juicio igualmente en cuanto favoreciera a los intereses de esta parte. La parte demandada no ofreció prueba alguna; a instancia de la parte actora solicitó se citara a las partes para oír dictar Sentencia, misma que hoy se pronuncia al tenor siguiente:

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO.- Que en los términos del Artículo______ del Código de Procedimientos Civiles en Vigor establece: 'Para la redacción de las sentencias no se requiere forma especial, pudiendo el juez o tribunal, adoptar las que juzgue adecuada, sin perjuicio de la observancia de las reglas establecidas en los Artículos siguientes'. El Artículo______ del mismo Ordenamiento en cita, indica los requisitos o reglas que debe de contener una sentencia; al igual que el Artículo______ del precitado cuerpo de leyes, establece 'Las sentencias deberán ser congruentes con la demanda y la contestación y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el pleito y resolver todos los puntos que hayan sido objeto del debate. El numeral______ del señalado Código Procesal de la materia establece: 'Toda sentencia debe ser fundada. Las controversias judiciales deberán de resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica y a falta de ley conforme a los principios generales del derecho. Cuando haya conflicto de derechos, a falta de ley expresa que sea aplicable, la controversia se decidirá a favor del que trate de evitar perjuicios y no a favor del que pretenda obtener lucro, procurándose observar la mayor igualdad entre las partes. El silencio, obscuridad o insuficiencia de la ley, no autoriza a los jueces o tribunales para dejar de resolver las cuestiones que hayan sido discutidas en el pleito'.

 

SEGUNDO.- En caso concreto la Suscrita tan sólo entrará al estudio de las pruebas aportadas por la actora dentro del presente juicio, a efecto de determinar si las mismas son suficientes para demostrar los extremos de su acción de divorcio necesario que ejercitara en contra de la demandada, así pues; el primer 'presupuesto de la repetida acción, lo es la existencia previa del vínculo matrimonial entre los divorciantes; por lo que la actora para demostrar este primer presupuesto de su acción allegó la documental pública relativa a la copia certificada del acta de matrimonio celebrada entre los Señores GUADALUPE y EMILIANO__________________, el______ de______ de______ asentada bajo el acta número______, foja______ frente, del Libro número______ del registro Civil de______, ______ documental la anterior que existe registrada en los asientos públicos, la cual fuera expedida por autoridad pública en pleno ejercicio de sus funciones y dentro de los límites de competencia y, no ha sido legal y oportunamente objetada e impugnada y tampoco se ha demostrado judicialmente su inautenticidad o inexactitud, ni se encuentra contradicha con otras pruebas fehacientes que obren en autos del procedimiento, en consecuencia y con fundamento en lo dispuesto por la Fracción______ del Artículo______ de la Ley de Enjuiciamiento Civil en Vigor, es apta, bastante y eficaz para acreditar en forma plena que desde el día trece de Mayo de mil novecientos sesenta y uno, los Señores GUADALUPE _____________ y EMILIANO __________________, se encuentran unidos en matrimonio.

 

Ahora bien, la parte actora al ejercitar la acción de divorcio necesario la fundada en la causal prevista por la Fracción______ del Artículo______ del Código Familiar en Vigor, el que textualmente reza: ' Son causas de divorcio: Articulo______- El abandono injustificado de la casa conyugal por cualquiera de los consortes por más de seis meses consecutivos con abandono absoluto de las obligaciones inherentes al matrimonio'.

 

La parte actora para demostrar la existencia del domicilio conyugal que establecieran en la Comunidad de la____________ perteneciente a la Municipalidad de______; ______circunstancia que a juicio de la Suscrita quedó probado con el resultado de la prueba testifical a cargo de los Señores DAVID_________, LEON____________ y VIRGINIA____________, a quienes les consta que las partes materiales en este juicio se encuentran unidos en legítimo matrimonio, que establecieron su domicilio conyugal en la Comunidad de La______ en______;______ que dentro del matrimonio no procrearon hijos; tampoco adquirieron bienes de fortuna; así como que abandonara en forma injustificada la demandada el señalado domicilio desde hace un año tres meses, desde la fecha la abandonó ya no ha regresado al domicilio conyugal, porque se fue y no ha vuelto a la casa; que el abandono del hogar conyugal se dio sin motivo justificado; además que dicho abandono se dio con el pleno incumplimiento a las obligaciones inherentes al matrimonio; dando así la razón fundada de su dicho en forma unánime, porque conocen a las partes en este juicio y están enteradas de los hechos que han depuesto; probanzas a las que la Suscrita les confiere valor probatorio en los términos contenidos por el Artículo______ del Código de procedimientos Civiles en Vigor, tomando en cuenta la uniformidad en sus declaraciones vertidas por los testigos entre sí, dando su declaración a ciencia cierta, esto significa que los hechos fueron percibidos, a través, de sus sentidos, por lo mismo no son testigos de oídas y sobre todo dada la razón fundada de sus dichos por ello se les confiere valor probatorio pleno en los términos apuntados. El actor para acreditar estos supuestos necesarios e indispensables de la acción ofreció, la confesión provocada a cargo de la demandada, misma que fuera legal y oportunamente citada con el apercibimiento correspondiente para en caso de dejar de comparecer sin justa causa sería declarado confeso de aquellas posiciones que fueran calificadas de legales y en diligencia formal se declaro confeso el demando, estando ante la presencia de la confesión ficta, misma que se encuentra debidamente corroborada con los demás medios de prueba que han sido debidamente valorados en el cuerpo del presente considerando, probanza a la que se le confiere valor probatorio en los términos contenidos por el Artículo______ del Código de Procedimientos Civiles en Vigor; por los motivos y razones esgrimidos a juicio de este tribunal estima que la actora Señor PEDRO __________________, como Apoderado Legal del Señor EMILIANO __________________, si ha acreditado de manera plena los extremos de su acción de divorcio necesario, que intentara en contra de la Señora GUADALUPE__________________ Lo anterior si tenemos en cuenta que la causal prevista por la Fracción______ del Artículo______ del Código familiar en Vigor, denota dicha causal tres elementos que la constituyen a saber: A).- La falta de vida común, en la casa habitación de los cónyuges; B).- Que esa separación se prolongue por más de seis meses, y C).- Que no esté justificada, por parte del cónyuge abandonante. En el caso a estudio con el material probatorio la parte actora ha demostrado a juicio de esta resolución el hecho de que el hogar conyugal propiamente dicho exista antes, en el momento de la separación y después de ella, por lo menos hasta el final del lapso establecido en el segundo elemento, seis meses, por lo que esto tiene también el mismo supuesto de hecho y de derecho; el alejamiento de la vida conyugal, además debe de ser continuo por seis meses, o debe de mediar ese lapso, por lo menos, entre dos soluciones de continuidad, en la referida separación; por último la falta de justificación para tal abandono debe de existir en el momento de que tal cosa suceda y a lo largo de todo el período mencionado. En este orden de ideas a juicio del Suscrito en efecto la parte actora ha demostrado esa existencia previa a la separación del domicilio conyugal, en el momento y después de consumada la separación y además que esta se ha dado por la parte demandada por un lapso mayor de seis meses en forma ininterrumpida, por ello procede como consecuencia declarar y se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Señores GUADALUPE____________ y EMILIANO_____________, celebrado en fecha ______de______ de ______ asentada bajo el acta número______, foja______ frente, del Libro número ______ del registro Civil de______

 

TERCERO.- Que en el presente caso el actor no allegó a su escrito inicial de demanda copias certificadas de las actas de nacimiento de hijos habidos dentro del matrimonio que ahora se disuelve, motivo suficiente para no resolver sobre cuestión de hijos habidos en el señalado matrimonio. En cuanto a la existencia de bienes de fortuna habidos dentro del matrimonio que ahora se disuelve, la Suscrito no resuelve sobre este aspecto, debido a que de las actuaciones procesales que integran el sumario, no se llegó a demostrar la existencia de los mismos, motivo por el cual se omite su estudio en esta sentencia.

 

Por lo anteriormente expuesto y además fundado en los Artículos______ Fracción______, ______; ______; ______ del Código Familiar en Vigor; ______ ; ______; ______; ______; ______; ______; ______; ______; ______; ______;y ______ del Código Adjetivo Civil en Vigor, es de resolverse y se:

 

RESUELVE

 

PRIMERO.- Procedió la acción de divorcio necesario intentada por el Señor PEDRO __________________, como Apoderado Legal del Señor EMILIANO ________________________ en contra de la Señora GUADALUPE________________________ quien no se excepcionó, habiéndosele declarado contumaz, en consecuencia.

 

SEGUNDO.- Es de decretarse y se decreta disuelto el vínculo matrimonial existente entre los Señores GUADALUPE__________________ y EMILIANO__________________ celebrado en fecha ______ de ______ de ______ asentada bajo el acta número______, foja______ frente, del Libro número ______ del registro Civil de______, ______ recobrando los cónyuges su entera capacidad para contraer nuevo matrimonio, con excepción del primero, quien no podrá contraer nuevo matrimonio, sino después de transcurrido un año a partir de la fecha en que cause estado esta Sentencia.

 

TERCERO.- No se resuelve sobre cuestiones de hijos y bienes por no haberse demostrado su existencia en el matrimonio que ahora se disuelve.

 

CUARTO.- Para efectos del Artículo ______ del Código Adjetivo Civil, remítase copia certificada de la presente resolución, al Ciudadano Oficial del Registro Civil de______, ______ para que de cumplimiento al presente fallo.

 

QUINTO.- No se hace especial condenación en gastos y costas judiciales.

 

SEXTO.- Notifíquese y Cúmplase.

 

Así, lo resolvió y firma la Ciudadana Licenciada Carmen__________________, Juez de Primera Instancia y de lo Familiar de Distrito Judicial.- Doy Fe.

 

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