Características del servicio

Sentencia De Divorcio Necesario 7

_____, ______ a______ de______ de______

 

VISTO S, los autos del expediente marcado con el número______/______, relativo al Juicio Civil Ordinario de Divorcio Necesario promovido por la Señora FLORENCIA__________________ APODERADA GENERAL DE LA SEÑORA ANA __________________, en contra del Señor REFUGIO __________________, estando para dictar sentencia y:

 

RESULTANDO

 

PRIMERO.- Por escrito presentado el ______ de ______ del año en curso, compareció ante este juzgado la Señora ISEL __________________

 

APODERADA GENERAL DE LA SEÑORA ANA__________________ , demandando en la Vía Civil Ordinaria al Señor REFUGIO__________________, por la disolución del vínculo matrimonial que los une; por el pago de gastos y costas; fundó su acción de divorcio necesario en la causal señalada por las Fracciones______ del Artículo______ del Código Familiar en Vigor, acompañó al efecto los documentos fundatorios de su acción y citó las disposiciones legales que creyó aplicables al presente caso.

 

SEGUNDO.- Por auto de fecha ______ de______ de ese propio año se le dio entrada a la demanda en la vía y forma solicitada, asimismo se ordenó el emplazamiento al (a) (la) demandado (a) en el domicilio para ello señalado el que tuvo lugar a las catorce hOras con cincuenta y cinco minutos del día veintisiete de febrero del presente año, en que se le hiciera el apercibimiento correspondiente, para el caso de dejar de producir la contestación a la demanda instaurada en su contra.- Por auto de fecha dieciséis de marzo del año que cursa, se tuvo a la actora 'por acusada la rebeldía en que incurrió la demandada al haber dejado de producir la contestación a la demanda instaurada en su contra y por auto de fecha veintiocho de ese propio mes y año se decretó la apertura del presente juicio a prueba por el término legal de treinta días común para las partes; dentro de la dilación probatoria del presente juicio la actora ofreció como pruebas de su parte las siguientes: La documental Pública consistente en el acta número c______, folios del______ al ______, asentada en el volumen número LXXII septuagésimo segundo, de la notaría pública número______ a cargo de su titular el Señor Licenciado Eulogio __________________, que contiene el poder general para pleitos y cobranzas, otorgado por la Señora ANA_____________ en favor de la Señora FLORENCIA__________________, mandato de fecha______ de______ de______; La documental pública, consistentes én las copias certificadas del acta de matrimonio celebrado por las partes en este juicio; Así como las correspondientes de nacimiento del menor LEONEL __________________ expedidas por el Ciudadano Oficial del Registro Civil de esta Ciudad; La confesional, que se hiciera consistir en el resultado de las posiciones que se articularan a la parte demandada, previa citación oportuna que se hiciera con el apercibimiento respectivo para en caso de incomparecencia el día y hora señalado; La testimonial, que se hiciera consistir en el dicho de los Señores ANGELA__________________, MICAELA__________________ y CRISTOBAL __________________, quienes depusieran conforme al interrogatorio que en forma verbal y directa se les formulara en el momento del desahogo de esta probanza; La presuncional en su doble aspecto legal y humano en cuanto favoreciera a los intereses del oferente y finalmente la instrumental de actuaciones, que se hiciera consistir en todo lo actuado en este juicio igualmente en cuanto favoreciera a los intereses de esta parte. La parte demandada no ofreció prueba alguna; a instancia de la parte actora solicitó se citara a las partes para oír dictar sentencia, misma que hoy se pronuncia al tenor siguiente:

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO.- Que en los términos del Artículo______ del Código de Procedimientos Civiles en Vigor establece: 'Para la redacción de las sentencias no se requiere forma especial, pudiendo el juez o tribunal, adoptar las que juzgue adecuada sin perjuicio de la observancia de las reglas establecidas en los Artículos siguientes'. El Artículo______ del mismo Ordenamiento en cita, indica los requisitos o reglas que debe de contener una sentencia; al igual que el Artículo______ del precitado cuerpo de leyes, establece ' que las sentencias deben ser congruentes con la demanda y la contestación y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el pleito y resolver todos los puntos que hayan sido objeto del debate'. El numeral______ del señalado Código Procesal de la materia establece: 'Toda sentencia debe ser fundada. Las controversias judiciales deberán de resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica y a falta de ley conforme a los principios generales del derecho. Cuando haya conflicto de derechos, a falta de ley expresa que sea aplicable, la controversia se decidirá a favor del que trate de evitar perjuicios y no a favor del que pretenda obtener lucro, procurándose observar la mayor igualdad entre las partes. El silencio, obscuridad o insuficiencia de la ley, no autoriza a los jueces o tribunales para dejar de resolver las cuestiones que hayan sido discutidas en el pleito'.

 

SEGUNDO.- En el presente caso el Suscrito tan sólo entrará al estudio de las pruebas aportadas por la actora dentro del presente juicio, para ver si con las mismas fueron suficientes para demostrar los extremos de su acción de divorcio necesario que ejercitara en contra de la demandada; para ello el primer presupuesto de la repetida acción, lo es la existencia previa del vínculo matrimonial entre los divorciantes. así tenemos que la actora para demostrar este primer presupuesto de su acción allegó la documental pública relativa a la copia certificada del acta de matrimonio celebrada entre los Señores ANA__________________ y REFUGIO__________________ el ______de______ de______ asentada bajo el acta número______, asentada en la foja número______ vuelta, del libro número______ de la Oficialía del Registro Civil de esta Ciudad, documental la anterior que existe asentada en los asientos públicos, la cual fuera expedida por autoridad pública en pleno ejercicio de sus funciones y dentro de los límites de competencia y el mismo no ha sido legal y oportunamente objetada e impugnada y tampoco se ha demostrado judicialmente su inautenticidad o inexactitud ni se encuentra contradicha con otras pruebas fehacientes que obren en autos del procedimiento, en consecuencia y con fundamento en lo dispuesto por la Fracción______ del Artículo______ de la Ley de Enjuiciamiento Civil en Vigor, es apta, bastante y eficaz para acreditar en forma plena que desde el día______ de______ de______ ANA____________ y REFUGIO______________ se encuentran unidos en legitimo matrimonio civil, aún no disuelto ni judicialmente decretado nulo, es decir, se encuentra plenamente demostrado el primer extremo legal indispensable para la procedencia de la acción de divorcio necesario.

 

En el caso a estudio la parte actora esta fundando su acción de divorcio necesario en la causal prevista por la Fracción ______ del Artículo ______del Código Familiar en Vigor, consistente en el abandono injustificado de la casa conyugal por cualquiera de los consortes por más de seis meses consecutivos con abandono absoluto de las obligaciones inherentes al matrimonio.

 

A juicio del Suscrito la parte actora para acreditar los extremos de su acción de divorcio necesario ofreció la prueba testimonial a cargo de los Señores ANGELA __________________ MICAELA __________________ y CRISTOBAL __________________, con cuyos dichos afirman conocer a las partes en este juicio actor y demandada, quienes se encuentran unidas en legitimo matrimonio y que estos establecieron su domicilio conyugal en la casa marcada con el número______ de la Calle______ de esta Ciudad y que la actora demandó a su esposo por abandono desde el día______ de______ de______ y que a la fecha no ha vuelto al citado domicilio conyugal el demandado y que a pesar de la insistencia de la actora hecha al demandado este se ha negado a volver al señalado domicilio; sin embargo la anterior prueba resulta insuficiente para tener por justificada la causal de divorcio que invoca, debido a que si bien es cierto que la actora también ofreció la prueba de confesión provocada con cargo al demandado, sin embargo esta prueba por si sola no justifica los hechos admitidos por el señalado demandado, debido a que estamos ante la prueba de confesión ficta, y que para darle valor probatorio en necesario que la misma se encuentre debidamente corroborada con otros medios de prueba y en el caso se estima que la prueba testifical se encuentra contradicha por la propia confesión extrajudicial vertida por la misma parte actora al momento de proponer la demanda en los puntos sexto, séptimo y octavo de dicho escrito inicial, en el que admite la parte actora a través de su apoderada legal en donde asegura haber estado viviendo dos años con su esposo en forma consecutiva y que debido a problemas que tuvieron ambos cónyuges el matrimonio empezó a ser insoportable y que el demandado maltrataba mucho a la actora, hacendilla imposible la vida, además de que seguido tomaba bebidas embriagantes y le gustaba andar con otras mujeres, teniendo la actora la esperanza de que su esposo cambiara lo que no ocurrió y en diversas ocasiones el ahora demandado Señor REFUGIO __________________ intimidaba a su esposa ANA __________________ amenazándola que la iba a dejar juntamente con su hijo y que no lo molestara porque no regresaría. Como se desprende de esta confesión vertida por la actora, se denota que la causa del abandono que argumenta de su consorte, no lo fue de manera injustificada como lo propone haciendo valer esa causal de divorcio necesario, sino que el abandono de domicilio conyugal hecho por el demandado lo fue debido a ,las diferencias existente entre actora y demandado que se traducen en los malos tratos, el consumo frecuente de embriagantes y el hecho de andar con otras mujeres y que estos hecho constituyen en todo caso una causal diversa a la hecha valer y por ello resulta que tal abandono del domicilio conyugal, no lo fue en forma injustificado, sino por el contrario los motivos y razones que vierte la parte actora denotar lo contrario a la causal invocada por esta parte, se estima que al momento de ocurrir el abandono que refiere la actora, este fue en forma justificada debido a los diferencias existentes entre ambos cónyuges y que esta causa se ha prolongado hasta estos momentos; siendo este el motivo por el que no ha regresado el demandado al domicilio conyugal, como lo refieren los testigos, por todo ello resultan insuficientes las pruebas aportadas por la actora para demostrar la causal prevista por la Fracción______ del Artículo______ del Código Familiar en Vigor, si tenemos en cuenta que las causales de divorcio hechas valer deben probarse plenamente, debido a que el matrimonio es una institución de orden público, por lo mismo la sociedad está interesada en la persistencia del mismo y que sólo por excepción la ley permite su disolución; así las cosas en tratándose de divorcios necesarios es menester que la actora pruebe plenamente la causal o causales invocadas, para poder declarar procedente la disolución que se demanda. En este orden de ideas y al no llenarse todos y cada uno de los requisitos indispensables para que esta parte hubiera demostrado en forma plena los extremos de su acción de divorcio, resulta procedente negar y se niega la disolución del vínculo matrimonial que une a las partes y como consecuencia de ello declararlo persistente para todos los efectos legales correspondiente, con todas y cada una de las prerrogativas, derechos y obligaciones que a cada uno de los cónyuges confiere la ley de la materia, con respecto a los cónyuges y extensiva de los padres al menor hijo LEONEL__________________. No se hace especial condenación en gastos y costas judiciales.

 

Por lo anteriormente expuesto y además en los Artículos______ Fracción______, ______del Código Familiar en Vigor; ______, ______, ______, ______, ______, ______, ______, del Código Adjetivo Civil en Vigor, es de resolverse y se:

 

RESUELVE

 

PRIMERO.- Procedió la vía civil ordinaria intentada por la Señora FLORENCIA__________________ ,APODERADA GENERAL DE LA SEÑORA ANA__________________, en contra del Señora REFUGIO__________________

 

SEGUNDO.- La actora Señora FLORENCIA__________________ APODERADA GENERAL DE LA SEÑORA ANA____________ no probo plenamente su acción de divorcio necesario que intentara en contra del demandado Señor REFUGIO____________

 

TERCERO.- Es de declararse y se declara subsistente para todos los efectos legales el matrimonio existente entre los Señores ANA____________ y REFUGIO____________ celebrado en fecha______ de ______ de ______ asentada bajo el acta número ______, foja ______ vuelta, del Libro número______ del Registro Civil de esta Ciudad.

 

CUARTO.- No se hace especial condenación en gastos y costas judiciales.

 

QUINTO.- Notifíquese Personalmente y Cúmplase.

 

Así, lo resolvió y firma el Ciudadano Licenciado ARMANDO__________________ Juez de Primera Instancia y de lo Familiar de este Distrito Judicial.- Doy Fe.

 

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