Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Abey Dalai Cortés Ortega (endosatario En Procuración) | Financiera Impulso Económico, Sociedad Civil De Responsabilidad Limitada
Demandado: Julieta Franco Macías (suscriptora)
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Procesos civiles o administrativos
RESUMEN: El Expediente 338/2008 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Procesos Civiles O Administrativos fue promovido por Abey Dalai Cortés Ortega (Endosatario En Procuración) en contra de Julieta Franco Macías (Suscriptora) en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 19 de Mayo del 2009 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: ABEY DALAI CORTÉS ORTEGA (ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN)
Demandado: JULIETA FRANCO MACÍAS (SUSCRIPTORA)
Visto el estado procesal que guardan los autos se advierte que mediante proveído de veintitrés de abril de dos mil trece, se requirió a la parte actora para que dentro del término de noventa días hábiles acudiera a este órgano jurisdiccional a recoger el documento que anexó a su escrito inicial de demanda, sin que lo haya realizado. En consecuencia, toda vez que no se presentó a recoger dicha documental en el plazo indicado, lo cual es evidente en virtud de la antigüedad del citado auto; se ordena extraerla de la caja de valores de este órgano jurisdiccional y hecho lo anterior, agregarla al presente expediente para que obre como legalmente corresponda. Finalmente, toda vez que el presente asunto ya se encontraba materialmente en el archivo, devuélvase el mismo, para los efectos legales a que haya lugar
Actor: FINANCIERA IMPULSO ECONÓMICO, SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Demandado: JULIETA FRANCO MACÍAS (SUSCRIPTORA)
Visto el estado procesal que guardan los autos, de los que se advierte que la parte actora aún no ha comparecido a recoger el documento base de la acción, en consecuencia, se le requiere para que dentro del término de noventa días, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación del presente proveído, comparezca a recibir el documento base de la acción en el entendido que, de no hacerlo, se glosará al expediente en que se actúa, a fin de remitirlo al archivo, previas las anotaciones que se realicen en el registro de documentos. - - - Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero de dicho acuerdo; por tanto, será destruible. - - -Finalmente, para los efectos legales a que haya lugar, hágase del conocimiento de las partes que en sesión ordinaria de treinta de enero de dos mil trece, celebrada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se acordó la adscripción de la licenciada Nadia Villanueva Vázquez como Titular de este Juzgado de Distrito, con efectos a partir del uno de febrero de dos mil trece
Actor: ABEY DALAI CORTÉS ORTEGA (ENDOSATARIO EN PROCURACIÓN)
Demandado: JULIETA FRANCO MACÍAS (SUSCRIPTORA)
Se declara que el auto que declaró la caducidad del presente juicio ejecutivo mercantil, ha causado estado, para los efectos legales a que haya lugar. Requiérase al actor para que dentro del término de tres días recoja el documento base de la acción, apercibido que de no hacerlo, se le impondrá una multa. Téngase a Abey Dalai Cortés Ortega, Gustavo Alberto Coyotzi Rodríguez, Miguel Rodrigo Torres Quiroz y José Vázquez Aguilar renunciando al cargo de endosatarios en procuración que les fue conferido por Benito Galaviz Rodríguez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada Financiera Impulso Económico, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada; por tanto, se ordena extraer el documento base de la acción a efecto de cancelar el endoso realizado en favor de los citados promoventes. Por otra parte, se tiene por revocado el domicilio para recibir notificaciones, así como las autorizaciones de diversas personas para recibirlas. Hágase del conocimiento de la parte actora que continuará la tramitación del presente juicio a través de Benito Galaviz Rodríguez, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de la persona moral denominada Financiera Impulso Económico, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada y las subsecuentes notificaciones se le practicarán por medio de la lista que se publica en los estrados de este juzgado
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