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Abigail Hernández Cequera. | Juzgado Décimo Primero Civil De Exp: 421/2020

Federal > Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Abigail Hernández Cequera.
Demandado: Juzgado Décimo Primero Civil De Cuantía Menor De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 421/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Abigail Hernández Cequera en contra de Juzgado Décimo Primero Civil De Cuantía Menor De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Octubre del 2020 y cuenta con 5 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 421/2020

  • 07 de Abril del 2021

    PRIMERO. Este tribunal colegiado carece de competencia legal para conocer de la demanda de amparo formulada por ***. SEGUNDO. Remítase la demanda de amparo y sus anexos, a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, para que sea enviada al Juez de Distrito en turno, a efecto de que se avoque a la misma.

  • 05 de Marzo del 2021

    Se admite a trámite la demanda de ampara. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Toda vez que la autoridad responsable corrió traslado a ***, ténganse como tercero interesado y cuenta con el plazo de quince días hábiles para presentar alegatos o promover amparo adhesivo ante este Tribunal Colegiado; en el entendido que de no comparecer a juicio, o de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones de su parte, éstas, aún las de carácter personal, se realizarán por medio de lista. Se tiene por rendido el informe justificado. Córrase traslado al Ministerio Público Federal. Túrnese el presente asunto al MAGISTRADO DANIEL HORACIO ESCUDERO CONTRERAS. Toda vez que la parte promovente no señala domicilio para oír y recibir notificaciones y dado que el domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos señalado por la quejosa en su escrito de demanda de amparo se encuentra fuera de la jurisdicción de este Tribunal; y toda vez que no proporcionó un diverso domicilio procesal en la Ciudad de Méxcio, en cumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado de Distrito recurrido, a pesar de haber presentado diversos escritos en el Juzgado oficiante, dígasele que las notificaciones, aún las de carácter personal, le surtirán por medio de lista. Y, como lo solicita la parte promovente, se tiene como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE.

  • 19 de Febrero del 2021

    SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.

  • 23 de Noviembre del 2020

    Agréguese el oficio por el que del Juzgado Décimo Primero Civil de Cuantía Menor de la Ciudad de México y como lo solicita, remítase el original de la demanda de amparo y las copias para el debido emplazamiento de las partes al presente juicio de amparo, como se ordenó mediante proveído de veintiuno de octubre de presente año. NOTIFÍQUESE.

  • 22 de Octubre del 2020

    Se tiene por recibido el escrito de demanda de amparo formulado ***, por su propio derecho. Intégrense los expedientes físico y electrónico. A efecto de que este Tribunal Colegiado este en aptitud de calificar la procedencia o no de la demanda de amparo, remítase el original de la demanda de garantías y las copias de la misma al Juzgado Décimo Primero de lo Civil de Cuantía Menor de la Ciudad de México, para que realice las diligencias, esto es, a) efectúe la certificación correspondiente, b) corra traslado a la parte tercera interesada y, c) rinda su informe justificado para el presente asunto, al que deberá acompañar las constancias respectivas, así como los autos originales y documentos base de la acción correspondientes, lo anterior para estar en posibilidad de proveer lo que en derecho proceda. Conforme lo solicita la parte promovente se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE.

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