Federal
> Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito de Octavo Circuito
Actor: Abraham Elí Mona Fermín
Demandado: Juez Primero De Primera Instancia En Materia Civil Del Distrito Judicial De Monclova, Coahuila De Zaragoza
Materia: Civil o Administrativa
Tipo: Queja
RESUMEN: El Expediente 185/2018 en Materia Civil o Administrativa y de tipo Queja fue promovido por Abraham Elí Mona Fermín en contra de Juez Primero De Primera Instancia En Materia Civil Del Distrito Judicial De Monclova, Coahuila De Zaragoza en el Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito en Circuito 8 (Coahuila). El Proceso inició el 27 de Julio del 2018 y cuenta con 9 Notificaciones.
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Actor: Abraham Elí Mona Fermín
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Monclova, Coahuila de Zaragoza
Agréguese a los presentes autos el oficio que remite el secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila, mediante el cual acusa recibo del comunicado 4347 enviado por este órgano jurisdiccional; en consecuencia, previas las anotaciones que se hagan en los libros de gobierno, archívese el presente expediente como asunto concluido. Se considera este expediente como susceptible de depuración, cuando sea oportuno; estámpese los sellos debidos en la carátula del presente asunto. Finalmente, una vez transcurrido el término de tres años establecido en el punto décimo primero del acuerdo en comento, remítase este expediente al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Agréguese a los presentes autos el oficio que remite el secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila, mediante el cual acusa recibo del comunicado 4347 enviado por este órgano jurisdiccional; en consecuencia, previas las anotaciones que se hagan en los libros de gobierno, archívese el presente expediente como asunto concluido. Se considera este expediente como susceptible de depuración, cuando sea oportuno; estámpese los sellos debidos en la carátula del presente asunto. Finalmente, una vez transcurrido el término de tres años establecido en el punto décimo primero del acuerdo en comento, remítase este expediente al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
SENTENCIA. ÚNICO. Es infundado el recurso de queja
Actor: Abraham Elí Mona Fermín
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Monclova, Coahuila de Zaragoza
SENTENCIA. ÚNICO. Es infundado el recurso de queja
Vista la certificación de cuenta y, toda vez que el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito formuló pedimento, con fundamento en lo dispuesto por la parte final del artículo 101 de la Ley de Amparo en relación con el 41, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnese este asunto a la ponencia del magistrado Fernando Estrada Vásquez, para que se formule el proyecto de resolución correspondiente; en el entendido de que en términos del segundo de los numerales en comento este acuerdo tiene efectos de citación para sentencia
Actor: Abraham Elí Mona Fermín
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Monclova, Coahuila de Zaragoza
Vista la certificación de cuenta y, toda vez que el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito formuló pedimento, con fundamento en lo dispuesto por la parte final del artículo 101 de la Ley de Amparo en relación con el 41, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnese este asunto a la ponencia del magistrado Fernando Estrada Vásquez, para que se formule el proyecto de resolución correspondiente; en el entendido de que en términos del segundo de los numerales en comento este acuerdo tiene efectos de citación para sentencia
Agréguese a los presentes autos el pedimento que suscribe la Agente del Ministerio Público de la Federación, adscrita a este tribunal colegiado, para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, una vez que se emita la resolución correspondiente, con fundamento en el numeral 278, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, expídase la copia que solicita
Se admite el recurso de queja. Notifíquese al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito por medio de oficio, con copia del escrito de agravios. Por otra parte, quedan facultados los actuarios adscritos a este órgano jurisdiccional, para que estén en posibilidad de practicar las notificaciones que se les ordenen, aún en días y horas inhábiles, en términos del artículo 21 de la Ley de Amparo, con el propósito de evitar dilaciones procesales innecesarias. Finalmente, en cumplimiento a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dígase a las partes que las resoluciones y la sentencia que se dicten en el presente asunto, constituyen información pública
Actor: Abraham Elí Mona Fermín
Demandado: Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Monclova, Coahuila de Zaragoza
Se admite el recurso de queja. Notifíquese al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito por medio de oficio, con copia del escrito de agravios. Por otra parte, quedan facultados los actuarios adscritos a este órgano jurisdiccional, para que estén en posibilidad de practicar las notificaciones que se les ordenen, aún en días y horas inhábiles, en términos del artículo 21 de la Ley de Amparo, con el propósito de evitar dilaciones procesales innecesarias. Finalmente, en cumplimiento a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dígase a las partes que las resoluciones y la sentencia que se dicten en el presente asunto, constituyen información pública
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