Federal
> Segundo Tribunal Colegiado Del Trigésimo Circuito de Trigésimo Circuito
Actor: Adolfo Dominguez Navarro
Demandado: Junta Especial Número Veinticuatro De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 1398/2015 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Adolfo Dominguez Navarro en contra de Junta Especial Número Veinticuatro De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado en el Segundo Tribunal Colegiado Del Trigésimo Circuito en Circuito 30 (Aguascalientes). El Proceso inició el 25 de Noviembre del 2015 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Se notifica a las partes la ejecutoria de doce de febrero de dos mil dieciséis, en la que se resuelve: ÚNICO.- Se sobresee en el juicio de amparo
Actor: Adolfo Dominguez Navarro
Demandado: Junta Especial Número Veinticuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado
Túrnense los autos a la ponencia de la magistrada Lucila Castelán Rueda, para que formule proyecto de resolución
Actor: Adolfo Dominguez Navarro
Demandado: Junta Especial Número Veinticuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado
La parte quejosa compareció ante este órgano colegiado para desistirse de la demanda de amparo, como puede aprecia de la diligencia que antecede; por otra parte, como el presente expediente ya fue sorteado, en su momento túrnese para que se formule el proyecto de resolución correspondiente
Actor: Adolfo Dominguez Navarro
Demandado: Junta Especial Número Veinticuatro de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado
Se confirma la resolución de incompetencia y se asume competencia para conocer del asunto. Se admite la demanda de amparo. Emplácese al Ministerio Público de la Federación adscrito. Se comunica a las partes que cuentan con el plazo de quince días para que presenten sus alegatos, y hagan valer el amparo adhesivo, el cua deberá presentarse ante este tribunal colegiado, si así lo estiman conveniente. Se tienen los estrados de este tribunal para oír y recibir notificaciones de la parte quejosa. Dígasele a las partes que en atención a la circular de la Comisión para la Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, deberán suprimirse los datos personales de las partes en la versión pública respectiva
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