Características del servicio

Adolfo Juarez Moreno | Director De Recursos Humanos La Exp: 2388/2014

Federal > Juzgado Cuarto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Adolfo Juarez Moreno
Demandado: Director De Recursos Humanos De La Secretaria De Seguridad Publica Del Distrito Federal
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 2388/2014 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Adolfo Juarez Moreno en contra de Director De Recursos Humanos De La Secretaria De Seguridad Publica Del Distrito Federal en el Juzgado Cuarto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 03 de Diciembre del 2014 y cuenta con 140 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 2388/2014

  • 21 de Mayo del 2018

    En esta fecha se publica por medio de lista de acuerdos a la parte quejosa, el proveído de fecha once de mayo del año en curso, y vista la certificación de cuenta y el estado de autos, se advierte que transcurrió el plazo de quince días para inconformarse contra el auto que tuvo por cumplido el fallo protector. Por tanto, se declara que dicho auto ha causado estado, para los efectos legales procedentes. Remítase el expediente de que se trata al archivo como asunto total y definitivamente concluido, se determina que el presente expediente es susceptible de depuración. Requiérase al quejoso, para que en el plazo de noventa días comparezca ante éste juzgado a recoger los documentos originales que exhibió en el juicio de amparo en que se actúa. Notifíquese

  • 14 de Mayo del 2018

    Vista la certificación de cuenta y el estado de autos, se advierte que transcurrió el plazo de quince días para inconformarse contra el auto que tuvo por cumplido el fallo protector. Por tanto, se declara que dicho auto ha causado estado, para los efectos legales procedentes. Remítase el expediente de que se trata al archivo como asunto total y definitivamente concluido, se determina que el presente expediente es susceptible de depuración. Requiérase al quejoso, para que en el plazo de noventa días comparezca ante éste juzgado a recoger los documentos originales que exhibió en el juicio de amparo en que se actúa. Notifíquese; personalmente a la parte quejosa.

  • 17 de Abril del 2018

    En esta fecha se notifica por medio de lista a la parte quejosa el acuerdo de once de abril de dos mil dieciocho: "Visto el estado que guardan los presentes autos, y tomando en consideración que ha trascurrido el plazo de tres días concedido a la parte quejosa a fin de que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto del oficio emitido por la autoridad responsable en cumplimiento a la ejecutoria dictada en autos. Así las cosas, a criterio de este juzgado se encuentra cumplida dicha ejecutoria, pues las autoridades demostraron que realizaron el pago de los haberes y demás prestaciones que le correspondían a la parte quejosa y se realizó el pago de la pensión alimenticia de las beneficiarias. Notifíquese, personalmente a la parte quejosa."

  • 11 de Abril del 2018

    Visto el estado que guardan los presentes autos, y tomando en consideración que ha trascurrido el plazo de tres días concedido a la parte quejosa a fin de que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto del oficio emitido por la autoridad responsable en cumplimiento a la ejecutoria dictada en autos. Así las cosas, a criterio de este juzgado se encuentra cumplida dicha ejecutoria, pues las autoridades demostraron que realizaron el pago de los haberes y demás prestaciones que le correspondían a la parte quejosa y se realizó el pago de la pensión alimenticia de las beneficiarias. Notifíquese, personalmente a la parte quejosa.

  • 26 de Marzo del 2018

    Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, requiérase nuevamente a Romero Bernal Irene, por conducto de la parte quejosa, para que dentro del plazo de tres días, se presente a realizar los trámites pertinentes para el pago complementario de pensión alimenticia. Hecho lo anterior, deberá remitir las constancias que acrediten dicha circunstancia. Notifíquese; personalmente a Romero Bernal Irene por conducto de la parte quejosa.

  • 13 de Marzo del 2018

    En esta fecha se notifica por medio de lista a la parte quejosa el acuerdo de seis de marzo de dos mil dieciocho: "Agréguese el oficio de cuenta suscrito por la Directora General de Política Laboral de la Subsecretaría de Administración y Capital Humano de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, por medio del cual desahoga la vista e informa que ya se llevó a cabo el pago de pensión alimenticia a favor de RODRÍGUEZ PÉREZ JUDITH, lo que se acredita con las constancias que anexa. En consecuencia, requiérase a ROMERO BERNAL IRENE, para que en el plazo de tres días, se presente a realizar los trámites pertinentes del pago complementario de pensión alimenticia en la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México; hecho lo anterior, deberá hacer del conocimiento de este Juzgado de Distrito si le fue entregada la cantidad que le corresponde por concepto de su pensión alimenticia; apercibida que de no hacerlo se acordará lo conducente con los elementos contenidos en autos. Notifíquese; y, personalmente a la parte quejosa."

  • 07 de Marzo del 2018

    Agréguese el oficio de cuenta suscrito por la Directora General de Política Laboral de la Subsecretaría de Administración y Capital Humano de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, por medio del cual desahoga la vista e informa que ya se llevó a cabo el pago de pensión alimenticia a favor de RODRÍGUEZ PÉREZ JUDITH, lo que se acredita con las constancias que anexa. En consecuencia, requiérase a ROMERO BERNAL IRENE, para que en el plazo de tres días, se presente a realizar los trámites pertinentes del pago complementario de pensión alimenticia en la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México; hecho lo anterior, deberá hacer del conocimiento de este Juzgado de Distrito si le fue entregada la cantidad que le corresponde por concepto de su pensión alimenticia; apercibida que de no hacerlo se acordará lo conducente con los elementos contenidos en autos. Notifíquese; y, personalmente a la parte quejosa.

  • 20 de Febrero del 2018

    Agréguense las minutas de cuenta suscritas por el Director de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, dirigidas al Oficial Mayor, ambos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, cuyo contenido se relaciona con el cumplimiento de la ejecutoria dictada en autos. Notifíquese.

  • 16 de Febrero del 2018

    Agréguese para que surta los efectos legales a que haya lugar el oficio de cuenta suscrito por el Director de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos dependiente de la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, por medio del cual informa que el Director General en la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, se encuentra realizando las gestiones necesarias para el pago de pensión alimenticia a favor de RODRÍGUEZ PÉREZ JUDITH. Por otra parte, requiérase a ROMERO BERNAL IRENE, para que se presente a realizar los trámites pertinentes del pago complementario de pensión alimenticia en la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México; hecho lo anterior, deberá hacer del conocimiento de este Juzgado de Distrito si le fue entregada la cantidad que le corresponde por concepto de su pensión alimenticia. Notifíquese; y, personalmente a la parte quejosa.

  • 13 de Febrero del 2018

    Agréguese el oficio de cuenta suscrito por la Directora General de Política Laboral de la Subsecretaria de Administración y Capital Humano de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, por medio del cual informa las gestiones que se encuentra realizando a fin de dar cumplimiento a la ejecutoria dictada en autos. Por otra parte, por lo que respecta a su solicitud de que se le otorgue una prórroga, dígasele que se esté a lo ordenado en auto de nueve de febrero de dos mil dieciocho, en el cual se le concedió un plazo de veinte días a las autoridades responsables. Notifíquese.

antecedentes
“Por varias razones, sospechaba que mi abogado no estaba haciendo su trabajo correctamente… gracias a PoderJudicialVirtual.com me siento muy tranquilo porque doy cuenta de todo. He cambiado de abogado y pude evitar perder mucho dinero.” Alfonso Suárez Ingeniero Civil
antecedentes
“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4