Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Adolfo Meneses Padilla (endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez | Adolfo Meneses Padilla (endosatario En Procuracion)
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Procesos civiles o administrativos
RESUMEN: El Expediente 87/2013 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Procesos Civiles O Administrativos fue promovido por Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion) en contra de Petra Tlale Juarez en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 22 de Agosto del 2013 y cuenta con 37 Notificaciones.
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Actor: Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez
Visto el escrito de cuenta signado por la demandada ***, por medio del cual solicita copia certificada de todo lo actuado en el presente juicio. En atención a su contenido, se provee: *** se autoriza la expedición de las copias certificadas que solicita la promovente, previa identificación y razón que por su entrega deje en autos
Actor: Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez
Se: R E S U E L V E: PRIMERO. Es procedente y fundado el incidente de liquidación de sentencia propuesto por la actora. SEGUNDO. Se aprueba la planilla de liquidación de sentencia presentada por la parte actora, por ***, por concepto de intereses moratorios del periodo comprendido a partir del veintinueve de julio de dos mil quince al veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis. TERCERO. Se tiene como monto de condena actualizado para este asunto ***, la cual se integra por la cantidad de ***, aprobada en diversa resolución de cuatro de septiembre de dos mil quince, y la cantidad de ***, por concepto de intereses moratorios del periodo comprendido a partir del veintinueve de julio de dos mil quince al veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis
Actor: Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez
Visto el estado de autos, este órgano jurisdiccional determina traer los autos a la vista para resolver lo que en derecho proceda sobre el incidente en mención
Actor: Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez
Se tiene a la parte actora promoviendo incidente de liquidación de sentencia, dese vista a la parte demandada por el plazo de tres días, a fin de que manifieste lo que a su interés convenga, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo dentro de dicho plazo, se le tendrá por perdido su derecho a hacerlo
Actor: Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez
Visto el escrito signado por ***, en su carácter de endosatario en procuración de la parte actora, por medio del cual solicita copias certificadas de todo lo actuado en el presente juicio, en atención a su contenido, se provee: se autoriza la expedición de las copias certificadas que solicita el promovente, previa identificación y razón que por su entrega deje en autos
Actor: Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez
Visto el escrito de cuenta signado por ***, en su carácter de parte demandada, por medio del cual revoca la autorización realizada a favor de *** y señala domicilio para oír y recibir notificaciones, atento a ello, se provee: Como lo solicita la promovente, se tiene por revocado el nombramiento hecho con anterioridad, de las personas que señala. Por otro lado, no ha lugar a señalar domicilio para oír y recibir notificaciones el indicado, toda vez que se encuentra fuera de la jurisdicción de este juzgado; en consecuencia, se ordena notificar a dicha parte demandada este y los subsecuentes autos, por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, dejando expedito su derecho a señalar domicilio en esta ciudad de Tlaxcala
Actor: Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez
Visto el telegrama signado por el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Centro SCT México, por medio del cual informa que en los archivos de esa dependencia, no se encontró registro alguno del "vehículo, Jetta, referido.". En atención a su contenido se provee: Agréguese a los autos el oficio de cuenta, y estése a lo acordado en auto de cuatro de marzo del año curso, en el que se proveyó sobre su contenido
Actor: Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez
Se tiene a la autoridad oficiante asuntos jurídicos del centro, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, informando que en los archivos de esa dependencia, no se encontró registro alguno de la persona referida. En atención a su contenido se provee: Agréguense a los autos el oficio de cuenta tomando conocimiento de dicha circunstancia para los efectos legales correspondientes y con su contenido dese vista a la parte actora para que manifieste lo que a su interés convenga
Actor: Adolfo Meneses Padilla (Endosatario En Procuracion)
Demandado: Petra Tlale Juarez
Visto el escrito signado por el endosatario en procuración de la parte actora por medio del cual solicita se señale día y hora para desahogar la diligencia de requerimiento de pago de manera personal con la enjuiciada, por las razones que expone y en caso de que, no atienda la diligencia se le imponga una medida de apremio, asimismo, solicita se de vista al Ministerio Público, ya que la conducta negativa a pagar la cantidad aprobada en autos, puede ser constitutiva de delito, y que se le expida copia certificada de todo lo actuado en el presente juicio. En atención a su contenido se provee: Como lo solicita el promovente, se comisiona a cualquiera de los actuarios adscritos a este juzgado para que asociado de la parte actora se constituya en el domicilio señalado y requiera a la demandada en el acto de la diligencia para que realice el pago de $276,000.00 (doscientos setenta y seis mil pesos, cero centavos, moneda nacional), por concepto de suerte principal e intereses moratorios. Para llevar a cabo el desahogo de la diligencia en comento, se señalan las DIEZ HORAS DEL ONCE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS. En ese sentido, requiérase a la parte actora, para que acuda a este juzgado en la fecha señalada para el desahogo de la citada diligencia, con documento oficial que lo identifique con la finalidad de que se traslade en compañía del actuario judicial al domicilio de la enjuiciada en que se efectuará dicha diligencia. Ahora, en relación a la petición del promovente en el sentido de que se le aperciba con una medida de apremio a la enjuiciada en caso de no efectuar el pago de las prestaciones reclamadas, dígase que no ha lugar a acordar de conformidad su petición en virtud de que para continuar con la ejecución del procedimiento deberá ceñirse a lo establecido en la sentencia definitiva concretamente en el resolutivo quinto. Por otro lado, no ha lugar a dar vista al Ministerio Público, como lo solicita el promovente, pues si considera que la conducta de la parte demandada es constitutiva de un delito, tiene expeditos sus derechos para hacerlo valer en la vía penal. Finalmente, se autoriza la expedición de la copia certificada que solicita el promovente, previa identificación y razón que por su entrega obre en autos
Vista la razón actuarial que antecede de cinco de febrero de dos mil dieciséis, de la que se advierte que a la actuaria de la adscripción, no le fue posible desahogar la diligencia de requerimiento de pago con la parte demandada, ordenada en proveído dieciséis de diciembre de dos mil quince (fojas 308 y 309), toda vez que al constituirse el cuatro del mes y año en cita, en el domicilio proporcionado para tal efecto, asociada del endosatario en procuración de la parte actora, nadie atendió a sus llamados. En atención a su contenido se provee: Agréguese a los autos la razón actuarial de cuenta tomando conocimiento de dicha circunstancia para los efectos legales correspondientes, dejándose expeditos los derechos de la parte actora para que promueva lo que a su interés convenga
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