Federal
> Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Alcalá L. Corcuera Dante Lorenzo.
Demandado: Segunda Sala Familiar Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 406/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Alcalá L. Corcuera Dante Lorenzo en contra de Segunda Sala Familiar Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 19 de Octubre del 2020 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Agréguese el oficio de la Sala responsable, mediante el cual solicita se le informe el estado procesal que guardan los presentes autos; remítasele copia simple del oficio de avocamiento que remitió el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México. Notifíquese.
Agréguese a los autos para los fines legales procedentes el oficio de cuenta, por el que el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, comunica que se avoca al conocimiento del asunto y acusa recibo. Archívese este expediente como asunto concluido. Destrúyase. Notifíquese.
Se tiene por recibido el oficio, mediante el cual se rinde informe justificado para el presente asunto y al que se anexa la demanda de amparo formulada por la parte quejosa ***. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Este Tribunal Colegiado carece de competencia legal para conocer en única instancia del presente asunto, por lo que se ordena remitir la demanda de amparo y sus anexos, al Juzgado de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México en turno, por conducto de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgado de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, para que se avoque al conocimiento, solicitando el acuse de recibo correspondiente. Déjese expedientillo de antecedentes en el Tribunal. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE.
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