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Aldo Valdés Cortés | Juez De Primera Instancia Lo Familiar Del Exp: 1430/2024

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Aldo Valdés Cortés
Demandado: Juez De Primera Instancia De Lo Familiar Del Distrito Judicial De Ocampo
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1430/2024 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Aldo Valdés Corté en contra de Juez De Primera Instancia De Lo Familiar Del Distrito Judicial De Ocampo en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 10 de Diciembre del 2024 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1430/2024

  • 16 de Enero del 2025

    Actor: Aldo Valdés Cortés

    Demandado: Juez de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Ocampo

    Toda vez que ha transcurrido el plazo de cinco días, sin que la parte quejosa hubiere recurrido el auto de auto de tres de enero de dos mil veinticinco consecuentemente, se declara que dicho auto que desechó la demanda de amparo ha causado estado, para todos los efectos legales procedentes. Comuníquese lo anterior a la parte quejosa y háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno. Una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, envíese el presente juicio constitucional al ARCHIVO, toda vez que se encuentra totalmente concluido. Se establece que el presente asunto, atendiendo a sus particularidades, carece de relevancia documental, por no ubicarse en alguno de los supuestos a que se refiere el citado numeral. 1. Se establece que este expediente es susceptible de destrucción por haberse desechado la demanda de amparo. 2. Hágase constar su clasificación (destruible) en la carátula del expediente en que se actúa. 3. Transcurrido el plazo de tres años, procédase a la destrucción del presente expediente, mientras tanto, resérvese en el archivo de este órgano jurisdiccional. 4. Se ponen a disposición de la parte quejosa, por un lapso de noventa días, las documentales que adjuntó a su escrito aclaratorio; dado que, aun cuando no son considerados como originales, lo cierto es que pueden ser de su interés recuperarlos. De no recogerlos en ese plazo, procédase a su destrucción

  • 06 de Enero del 2025

    Actor: Aldo Valdés Cortés

    Demandado: Juez de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Ocampo

    Procede desechar la demanda de amparo por ser notoriamente improcedente. Finalmente, agréguese a los presentes autos la boleta de turno remitida por la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Tlaxcala, correspondiente al presente juicio de amparo; en ese sentido, glósese la citada boleta en el orden correspondiente

  • 06 de Enero del 2025

    Actor: Aldo Valdés Cortés

    Demandado: Juez de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Ocampo

    Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte QUEJOSA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala, con residencia en Apizaco, dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve con treinta minutos y las catorce horas con treinta minutos, a partir de la fecha en que se le dejó el AVISO JUDICIAL en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, EL AUTO DE NUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, del cual ya existe síntesis publicada con anterioridad

  • 10 de Diciembre del 2024

    Actor: Aldo Valdés Cortés

    Demandado: Juez de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Ocampo

    Téngase por recibido el oficio de cuenta, signado por el la secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tlaxcala, mediante el cual, remite los autos del juicio de amparo ***. Ahora, vista la demanda de amparo promovida por ***. Se ordena: a) anotar en el Libro de Control Electrónico de Juicios de Amparo con el número 1430/2024-M. ESTE JUZGADO FEDERAL ACEPTA el conocimiento de la demanda de referencia. Requiérase al quejoso para que, dentro del plazo de tres días, comparezca ante este órgano jurisdiccional con identificación oficial y vigente (y una copia simple de la misma) a ratificar ante presencia judicial el contenido del escrito de cuenta, así como la firma que lo calza, toda vez difiere notablemente con la plasmada en su escrito inicial de demanda plasmada en el juicio de amparo *** del índice de este juzgado, como se advierte de la siguiente comparación: "..." Lo anterior, a efecto de procurar seguridad jurídica en las resoluciones o acuerdos que se tomen en el presente juicio de amparo; con el apercibimiento que, en caso de no hacerlo, se tendrá por no presentado el ocurso de cuenta. Asimismo, debe destacarse al promovente que a efecto de comprobar la veracidad de su dicho, en caso de que se considere oportuno, este juzgado ordenará la realización de un dictamen pericial. Se tiene como domicilio para oír y recibir sus notificaciones el que indica. No obstante, dada la trascendencia del presente proveído, notifíquese el presente acuerdo en el domicilio particular del quejoso que obra en la demanda de amparo

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