Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Alejandro Cuellar Menéses | Alejandro Cuellar Menéses
Demandado: Procurador General De Justicia Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 149/2006 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Alejandro Cuellar Menése en contra de Procurador General De Justicia Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 10 de Febrero del 2006 y cuenta con 5 Notificaciones.
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Actor: ALEJANDRO CUELLAR MENÉSES
Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se desecha de plano el incidente de nulidad de actuaciones que presenta Alejandro Cuéllar Meneses
Actor: ALEJANDRO CUELLAR MENÉSES
Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala
Se declara que el proveído de diecisiete de febrero de dos mil seis, queda firme para todos los efectos legales a que haya lugar. Resérvese el presente expediente en el archivo para su depuración. Toda vez que el mismo será destruido notifíquese a la parte quejosa para que dentro de un plazo de seis meses manifieste lo que a su derecho convenga
Actor: ALEJANDRO CUELLAR MENÉSES
Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala
Dígasele al promovente de amparo Alejandro Cuellar Meneses, que debe estarse a lo acordado en proveído de diecisiete de febrero de dos mil seis
Actor: ALEJANDRO CUELLAR MENÉSES
Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala
Visto el estado procesal y toda vez que feneció el término otorgado a la quejosa, para que en el término de tres días manifestara si los hechos y abstenciones los hacía bajo protesta de decir verdad, se hace efectivo el apercibimiento decretado por auto de nueve de febrero de dos mil seis y se tiene por no interpuesta su demanda de garantías
Actor: ALEJANDRO CUELLAR MENÉSES
Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala
Requiérase al quejoso para que dentro del término de tres días, manifieste expresamente si los hechos que le constan y que constituyen los antecedentes del acto reclamado o fundamentos de los conceptos de violación, lo hace bajo portesta de decir verdad, se le apercibe que de no dar cumplimiento se tendrá por no interpuesta su demanda de garantías, por otra parte deberá exhibir cinco copias de su escrito aclaratorio, apercibido que de no dar cumplimiento se tendrá por no interpuesta la demanda, como lo solicita el promovente practíquesele, la presente y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgago, se tiene como autorizadas a las personas que menciona sólo para oír y recibir notificaciones
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