Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Alfonso Bautista Vázquez
Demandado: Director Local En Tlaxcala De La Comisión Nacional De Agua
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1405/2009 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Alfonso Bautista Vázquez en contra de Director Local En Tlaxcala De La Comisión Nacional De Agua en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 22 de Octubre del 2009 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Actor: ALFONSO BAUTISTA VÁZQUEZ
Demandado: DIRECTOR LOCAL EN TLAXCALA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE AGUA
Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, se advierte que por acuerdo de diecinueve de marzo de dos mil diez, se acordó lo relativo al archivo, así como lo relativo a la relevancia documental del presente asunto, sin embargo, se omitió proveer sobre el destino del presente expediente. En consecuencia, a fin de subsanar dicha deficiencia, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Juzgados de Distrito, se estima que el presente expediente es susceptible de destrucción, por haberse sobreseído en el juicio
Actor: ALFONSO BAUTISTA VÁZQUEZ
Demandado: DIRECTOR LOCAL EN TLAXCALA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE AGUA
Visto el estado de autos, archívese el expediente como asunto concluido. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero de dicho acuerdo. Realícese la identificación correspondiente en la carátula del expediente y una vez que haya transcurrido el término de tres años que establece el diverso artículo décimo primero del Acuerdo General en cita, remítase este expediente al Centro de Documentación y Análisis a que hace alusión el acuerdo General Conjunto
Actor: ALFONSO BAUTISTA VÁZQUEZ
Demandado: DIRECTOR LOCAL EN TLAXCALA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE AGUA
Se declara que el proveído que sobreseyó el juicio fuera de audiencia constitucional, ha causado estado para todos los efectos legales a que haya lugar. Háganse las anotaciones en el libro de gobierno
Actor: ALFONSO BAUTISTA VÁZQUEZ
Demandado: DIRECTOR LOCAL EN TLAXCALA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE AGUA
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto dictado el treinta de octubre de dos mil nueve que en síntesis dice:"... Visto el estado de autos, al haber cesado los efectos del acto reclamado, procede decretar el sobreseimiento del juicio, fuera de audiencia constitucional. Por lo anterior se deja sin efectos el día y hora fijado para la celebración de la audiencia constitucional..."
Actor: ALFONSO BAUTISTA VÁZQUEZ
Demandado: DIRECTOR LOCAL EN TLAXCALA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE AGUA
Visto el estado de autos, al haber cesado los efectos del acto reclamado, procede decretar el sobreseimiento del juicio, fuera de audiencia constitucional. Por lo anterior se deja sin efectos el día y hora fijado para la celebración de la audiencia constitucional. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE
Actor: ALFONSO BAUTISTA VÁZQUEZ
Demandado: DIRECTOR LOCAL EN TLAXCALA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE AGUA
Dese vista a las partes con los informes justificados que rinden las responsables. Se tiene como delegados a las personas que menciona. Se tienen como pruebas de su parte las que anuncia, mismas que se desahogan dada su propia y especial naturaleza
Actor: ALFONSO BAUTISTA VÁZQUEZ
Demandado: DIRECTOR LOCAL EN TLAXCALA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE AGUA
Se admite a trámite la demanda de amparo, fórmese expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que corresponda. Se fijan las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL NUEVE, para la celebración de la audiencia constitucional. Se previene a la parte quejosa y a la autoridad responsable para que tan pronto hayan cesado los efectos del acto reclamado o cuando hayan ocurrido causas notorias de sobreseimiento, deberán informarlo a este juzgado, con el apercibimiento que de no hacerlo se les impondrá una multa. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica y por autorizadas a las personas que menciona. En cumplimiento a la ley de transparencia indíquese el derecho que le asiste, hasta dictarse sentencia, para oponerse de manera expresa, en relación con los terceros, a la publicación de sus datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva su consentimiento para la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos
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