Federal
> Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Alfredo Cayetano Curiel Reyna.
Demandado: Juez Vigesimo Septimo Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De Mexico .
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 160/2020 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Alfredo Cayetano Curiel Reyna en contra de Juez Vigesimo Septimo Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De Mexico en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 09 de Octubre del 2020 y cuenta con 7 Notificaciones.
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Agréguese a los autos para los fines legales procedentes el oficio que remite la autoridad responsable, a través del cual acusa recibo. Archívese este expediente como asunto concluido. Depúrese. NOTIFÍQUESE.
SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.
Visto el estado procesal que guardan los presentes autos de los que se advierte que mediante oficio ***/2020-C, recibido el uno de diciembre de dos mil veinte, este órgano colegiado remitió a la autoridad responsable testimonio de la ejecutoria de once de noviembre de dos mil veinte así como las constancias que remitió. Toda vez que dicha autoridad no ha realizado el acuse correspondiente, en consecuencia, mediante oficio, solicítese el mismo para estar en condiciones de archivar el presente asunto como totalmente concluido. NOTIFÍQUESE.
Agréguese el escrito presentado vía electrónica por el tercero interesado *** por conducto de su apoderado ***, como lo solicita el promovente, se autoriza para que realice la consulta vía internet del expediente electrónico a las personas que señala; asimismo, se autoriza para que las notificaciones aún las de carácter personal se realicen vía electrónica. Notifíquese vía electrónica a el usuario proporcionado por el promovente.
PRIMERO. SE CONFIRMA LA SENTENCA SUJETA A REVISIÓN. SEGUNDO. SE SOBRESEE EN EL JUICIO DE AMPARO. TERCERO. SE DECLARA SIN MATERIA LA REVISIÓN ADHESIVA.
Agréguese el escrito, signado por la parte tercera interesada ***; se admite el recurso de revisión adhesiva. Notifíquese por lista el presente proveído, al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito, dejando a su disposición, en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal colegiado, copia del escrito de expresión de agravios adhesivo de que se trata, para los efectos legales conducentes. Asimismo, córrase traslado a la parte quejosa y recurrente en el principal, quedando a su disposición el escrito de expresión de agravios adhesivo en el local que ocupa la Secretaría de Acuerdos de este Tribunal Colegiado, para que exprese lo que a su interés convenga. Se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las demás personas que indica. En cuanto a las pruebas que ofrece la parte tercera interesada, dígasele que sólo serán tomadas en cuenta aquellas probanzas que hayan sido rendidas ante la autoridad responsable, a la luz de los conceptos de violación hechos valer. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. Finalmente, devuélvase el presente asunto a la ponencia designada para la formulación del proyecto de resolución correspondiente. NOTIFÍQUESE.
Se admite el recurso de revisión. Acúsese recibo e infórmese del presente proveído a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Córrase traslado al Ministerio Público Federal. Túrnese el presente asunto al MAGISTRADO MANUEL ERNESTO SALOMA VERA. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere y como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE.
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