Federal
> Segundo Tribunal Colegiado Del Trigésimo Circuito de Trigésimo Circuito
Actor: Alfredo Chávez Aranda
Demandado: Sala Civil Del Supremo Tribunal De Justicia Del Estado
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo en revisión
RESUMEN: El Expediente 329/2016 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Alfredo Chávez Aranda en contra de Sala Civil Del Supremo Tribunal De Justicia Del Estado en el Segundo Tribunal Colegiado Del Trigésimo Circuito en Circuito 30 (Aguascalientes). El Proceso inició el 01 de Julio del 2016 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: Alfredo Chávez Aranda
Demandado: Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado
Se notifica a las partes la ejecutoria de veinte de octubre de dos mil dieciséis, en la que se resuelve: PRIMERO.- Se confirma la sentencia recurrida. SEGUNDO.- La Justicia de la Unión no ampara ni protege a la parte quejosa
Actor: Alfredo Chávez Aranda
Demandado: Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado
Túrnese el expediente en que se actúa a la ponencia del magistrado Esteban Álvarez Troncoso, para que formule el proyecto de resolución correspondiente, dentro de los noventa días siguientes a que se refiere dicho precepto
Actor: Alfredo Chávez Aranda
Demandado: Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado
SE ADMITE EL RECURSO DE REVISIÓN interpuesto por la parte quejosa, contra la sentencia terminada de engrosar el treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis, dictada por el titular del referido juzgado de Distrito, en el juicio de amparo indirecto 335/2016. De conformidad con el artículo 82 de la ley de la materia, dese vista a las partes con el sentido del presente acuerdo, con el propósito de que hagan valer el recurso de revisión adhesivo, de acuerdo con el precepto en cita, dentro del término que éste prevé. Trascurrido dicho término, dese nueva cuenta para turnar el asunto a la ponencia correspondiente, de conformidad con el precepto 92 del referido cuerpo de leyes. Finalmente, en términos de los artículos 8, 13 y 18, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y 5, 6, 7, 8 y 9 del Título Segundo del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, para la aplicación de la citada ley, es pública la información que tiene bajo su resguardo este tribunal y las partes únicamente pueden oponerse a la publicación de sus datos personales, salvo su nombre en los términos y casos a que se refieren los preceptos antes invocados
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