Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Alfredo Paul Ramirez (apoderado Legal)
Demandado: Junta Especial Numero Cuarenta Y Seis De La Federal De Conciliacion Y Arbitraje Del Estado De Tlaxcala | Junta Especial Numero Cuarenta Y Seis De La Federal De Conciliacion Y Arbitraje Del Estado De Tlaxcala Y Otros
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1323/2014 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal) en contra de Junta Especial Numero Cuarenta Y Seis De La Federal De Conciliacion Y Arbitraje Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 07 de Octubre del 2014 y cuenta con 10 Notificaciones.
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Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: Junta Especial Numero Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliacion y Arbitraje del Estado de Tlaxcala
Se declara que la sentencia que sobreseyó el juicio de amparo ha causado ejecutoria, en consecuencia, envíese el presente juicio al archivo, toda vez que se encuentra totalmente concluido, este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero del Acuerdo General 1/2009; por tanto es susceptible de destrucción. Visto el estado que guardan los autos de los que se advierte que la parte tercera interesada en cita, no dio cumplimiento al requerimiento formulado, consistente en señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, se hace efectivo el apercibimiento decretado y se ordena notificar ésta y las subsecuentes aún las de carácter personal, mediante las listas que se fijan en los estrados de este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado
Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: Junta Especial Numero Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliacion y Arbitraje del Estado de Tlaxcala
Se resuelve: Único.- Se sobresee en el presente juicio de amparo
Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: Junta Especial Numero Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliacion y Arbitraje del Estado de Tlaxcala
se tiene al Presidente de la Junta Especial número cuarenta y seis de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado, remitiendo copia certificada del auto de seis de enero de dos mil quince, dictado en el cuaderno de amparo 251/2014 de su índice y la constancia de emplazamiento realizada a la tercera interesada Martha Cruz García; en esas condiciones se tiene a la autoridad oficiante dando cumplimiento al requerimiento efectuado el doce de diciembre de dos mil catorce
Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: Junta Especial Numero Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliacion y Arbitraje del Estado de Tlaxcala
Para los efectos legales que haya lugar, hágase del conocimiento de las partes que en sesión extraordinaria de ocho de diciembre de dos mil catorce, celebrada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se acordó la adscripción del licenciado Carlos Alberto González García como Titular de este Juzgado de Distrito, con efecto a partir del dieciséis de diciembre de dos mil catorce
Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: Junta Especial Numero Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliacion y Arbitraje del Estado de Tlaxcala
Se difiere la celebración de la audiencia constitucional señalada para este día y en su lugar se fijan las DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL OCHO DE ENERO DE DOS MIL QUINCE, para su celebración
Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: JUNTA ESPECIAL NUMERO CUARENTA Y SEIS DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE TLAXCALA y Otros
Téngase a la oficiante desahogando el requerimiento que le fue formulado en autos, con sus manifestaciones dése vista a la parte quejosa para que en el término de tres días, manifieste lo que a su interés legal convenga
Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: JUNTA ESPECIAL NUMERO CUARENTA Y SEIS DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE TLAXCALA y Otros
Por los motivos expuestos, se difiere la audiencia constitucional señalada para el día y de hoy en su lugar se fijan las NUEVE HORAS CON CINCO MINUTOS DEL DOCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE
Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: Junta Especial Numero Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliacion y Arbitraje del Estado de Tlaxcala
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la PARTE QUEJOSA, al no haber acudido a este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala dentro de los dos días siguientes, en el horario comprendido entre las nueve y las quince horas, a partir de la fecha en que se le dejó el CITATORIO en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista que se fija en los estrados del Juzgado y en la página electrónica www.cjf.gob.mx, EL AUTO DE VEINTISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE
Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: Junta Especial Numero Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliacion y Arbitraje del Estado de Tlaxcala
Dése vista a las partes con el informe justificado que rinde la autoridad responsable. Del oficio remitido por la responsable, se advierte una causal de improcedencia, con fundamento en el artículo 64, segundo párrafo de la Ley de Amparo, dése vista al quejoso por el término de tres días para que manifieste lo que a su derecho convenga
Actor: Alfredo Paul Ramirez (Apoderado Legal)
Demandado: Junta Especial Numero Cuarenta y Seis de la Federal de Conciliacion y Arbitraje del Estado de Tlaxcala
Se admite a trámite la demanda de amparo. Sin que haya lugar a tramitarse el incidente de suspensión por no haberlo solictado expresamente el quejoso. Se fijan las ONCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE para que tenga verificativo la audiencia constitucional. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica y por autorizadas en los términos que precisa a las personas que refiere en su demanda
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