Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Alfredo Romero Martínez
Demandado: Directora De Educación Básico De La Unidad De Servicios Educativos De Tlaxcala (uset)
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 856/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Alfredo Romero Martínez en contra de Directora De Educación Básico De La Unidad De Servicios Educativos De Tlaxcala (Uset) en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 06 de Septiembre del 2018 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Actor: Alfredo Romero Martínez
Demandado: Directora de Educación Básico de la Unidad de Servicios Educativos de Tlaxcala (USET)
Visto el estado procesal que guardan los autos, y la certificación secretarial que antecede, se declara que dicho auto que desechó la demanda de amparo ha causado estado, para todos los efectos legales procedentes. Una vez que obre en autos la constancia de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, archívese el presente expediente como asunto concluido. Se estima que el presente expediente carece de relevancia documental. Por otro lado, tomando en consideración que en el expediente obran documentos originales, se requiere a la parte quejosa para que dentro del plazo de noventa días, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación del presente proveído, acuda a este Juzgado Federal a recoger los documentos que exhibió en el presente asunto, apercibida que de no hacerlo, en el referido plazo, dichos documentos serán destruido
Actor: Alfredo Romero Martínez
Demandado: Directora de Educación Básico de la Unidad de Servicios Educativos de Tlaxcala (USET)
Visto el ocurso de cuenta, firmado por el quejoso ***, por medio del cual solicita la devolución de los documentos que adjuntó a su escrito de demanda. Atento a lo anterior, dígasele que una vez que transcurra el término, se acordará lo conducente
Actor: Alfredo Romero Martínez
Demandado: Directora de Educación Básico de la Unidad de Servicios Educativos de Tlaxcala (USET)
Vista la razón asentada por el Actuario Judicial adscrito a este Juzgado, mediante la cual expone los motivos por los que no fue posible notificar a la parte quejosa el auto de cinco de septiembre de dos mil dieciocho; por tanto, notifíquese a la parte quejosa por medio de lista dicho proveído. En cumplimiento a lo ordenado en el presente auto, procedo a notificar a la parte quejosa ***, por lista que se fija en los estrados de este juzgado, el contenido de proveído de cinco de septiembre de dos mil dieciocho, que en síntesis dice: "...Visto el escrito de cuenta, signado por ***, a través del cual solicita el amparo y protección de la Justicia Federal contra un acto de la Directora de Educación Básica de la Unidad de Servicios Educativos de Tlaxcala (USET) y otras autoridades. Del análisis integral de la demanda, se advierte que la misma es NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE, lo que conduce a desecharla de plano, sin suspensión del acto reclamado. En efecto, se actualiza de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia. Atendiendo a las razones anteriormente expuestas, es que en el presente asunto se actualiza la causa de improcedencia establecida, lo procedente es DESECHAR LA DEMANDA DE AMPARO, respecto del acto que reclama la parte quejosa. Por otra parte, como lo solicita expresamente la parte quejosa hágase las notificaciones de los subsecuentes proveídos en lista que se fije en los estrados de este juzgado, aún las notificaciones de carácter personal. Sin embargo, dada la trascendencia del presente proveído, se faculta al Actuario adscrito a este órgano jurisdiccional, para que por única ocasión notifique personalmente al aquí quejoso el presente proveído en el domicilio ubicado en ***. Por otra parte, téngase por autorizado en términos restringidos a la persona que menciona en su ocurso..."
Actor: Alfredo Romero Martínez
Demandado: Directora de Educación Básico de la Unidad de Servicios Educativos de Tlaxcala (USET)
Visto el escrito de cuenta, signado por ***, a través del cual solicita el amparo y protección de la Justicia Federal contra un acto de la Directora de Educación Básica de la Unidad de Servicios Educativos de Tlaxcala (USET) y otras autoridades. Del análisis integral de la demanda, se advierte que la misma es NOTORIAMENTE IMPROCEDENTE, lo que conduce a desecharla de plano, sin suspensión del acto reclamado. En efecto, se actualiza de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia. Atendiendo a las razones anteriormente expuestas, es que en el presente asunto se actualiza la causa de improcedencia establecida, lo procedente es DESECHAR LA DEMANDA DE AMPARO, respecto del acto que reclama la parte quejosa. Por otra parte, como lo solicita expresamente la parte quejosa hágase las notificaciones de los subsecuentes proveídos en lista que se fije en los estrados de este juzgado, aún las notificaciones de carácter personal. Sin embargo, dada la trascendencia del presente proveído, se faculta al Actuario adscrito a este órgano jurisdiccional, para que por única ocasión notifique personalmente al aquí quejoso el presente proveído en el domicilio ubicado en ***. Por otra parte, téngase por autorizado en términos restringidos a la persona que menciona en su ocurso
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