Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Alvaro Cuatlal Gutíerrez
Demandado: Agente Del Ministerio Público De La Mesa Uno Del Distrito Judicial De Zacatelco, Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 622/2000 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Alvaro Cuatlal Gutíerrez en contra de Agente Del Ministerio Público De La Mesa Uno Del Distrito Judicial De Zacatelco, Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició en el año 2000 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: ALVARO CUATLAL GUTÍERREZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA MESA UNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE ZACATELCO, TLAXCALA
Visto que los presentes autos encuadran en el supuesto establecido por el acuerdo general conjunto 1/2001 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mismo que determina la depuración del acervo archivístico de los Juzgados de Distrito, dése vista a la parte quejosa, para que dentro del término de tres días manifieste si solicita copia certificada de lo actuado en los presentes autos, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá a su destrucción
Actor: ALVARO CUATLAL GUTÍERREZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA MESA UNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE ZACATELCO, TLAXCALA
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa y se procede a notificar por lista el auto de cinco de los corrientes que dice: "...Visto el estado de autos y que hasta la fecha los quejosos no han recogido las pólizas de fianza en cita, no obstante que por acuerdo de diecinueve de septiembre de dos mil se ordeno su devolución, por tanto y toda que vez que resulta innecesario su permanencia en la caja de valores de este juzgado, se ordena su cancelación y devolución y se previene a la parte quejosa para que dentro del término de tres días comparezca a recogerla, apercibido que de no hacerlo, previa cancelación se ordenará glosar el documento a los autos. Finalmente, notifíquese lo anterior por estrados y en el domicilio en cita...."
Actor: ALVARO CUATLAL GUTÍERREZ
Demandado: AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA MESA UNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE ZACATELCO, TLAXCALA
Visto el estado de autos y que hasta la fecha los quejosos no han recogido las pólizas de fianza en cita, no obstante que por acuerdo de diecinueve de septiembre de dos mil se ordeno su devolución, por tanto y toda que vez que resulta innecesario su permanencia en la caja de valores de este juzgado, se ordena su cancelación y devolución y se previene a la parte quejosa para que dentro del término de tres días comparezca a recogerla, apercibido que de no hacerlo, previa cancelación se ordenará glosar el documento a los autos. Finalmente, notifíquese lo anterior por estrados y en el domicilio en cita. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE
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