Federal
> Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Cuarto Circuito de Cuarto Circuito
Actor: Ana Alejandra Melchor Alvarado
Demandado: Junta Especial Número Diez De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado
Materia: Laboral
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 1607/2014 en Materia Laboral y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Ana Alejandra Melchor Alvarado en contra de Junta Especial Número Diez De La Local De Conciliación Y Arbitraje Del Estado en el Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Cuarto Circuito en Circuito 4 (Nuevo León). El Proceso inició el 15 de Diciembre del 2014 y cuenta con 13 Notificaciones.
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Actor: Ana Alejandra Melchor Alvarado
Demandado: Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado
Con fundamento en los artículos 2º y 3º de la Nueva Ley de Amparo y 221, del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, agréguese, para sus efectos legales correspondientes, el oficio de la Secretaria de la Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, a través del cual acusa recibo del diverso 2563/2015, girado por este órgano jurisdiccional. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 214, de la Nueva Ley de la Materia, se ordena el archivo del expediente en que se actúa como asunto concluido. Con fundamento en el artículo Vigésimo Primero del Acuerdo General Conjunto Número 2/2009 de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, se declara que el mismo es susceptible de depuración o destrucción según sea el caso, por ubicarse en los supuestos de las fracciones del precepto legal mencionado, una vez que cuente con más de cinco años de haberse ordenado su archivo como asunto terminado
Con fundamento en los artículos 2º y 3º de la Nueva Ley de Amparo y 221, del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, agréguese, para sus efectos legales correspondientes, el oficio de la Secretaria de la Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, a través del cual acusa recibo del diverso 2563/2015, girado por este órgano jurisdiccional. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 214, de la Nueva Ley de la Materia, se ordena el archivo del expediente en que se actúa como asunto concluido. Con fundamento en el artículo Vigésimo Primero del Acuerdo General Conjunto Número 2/2009 de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, se declara que el mismo es susceptible de depuración o destrucción según sea el caso, por ubicarse en los supuestos de las fracciones del precepto legal mencionado, una vez que cuente con más de cinco años de haberse ordenado su archivo como asunto terminado
Sobresee
Agréguese a sus autos para sus efectos, el oficio y anexo, de la Presidenta de la Junta Resposanble, a través del cual remite proveído de veintisiete de marzo del año en curso, en el que tuvo a la aquí quejosa,dándose por satisfecha de las condenas decretadas en el laudo, desistiéndose de la demanda y acciones intentadas en el juicio laboral, así como del presente juicio de amparo, por lo que la Junta ordenó el archivo del expediente como asunto total y definitivamente concluido
Actor: Ana Alejandra Melchor Alvarado
Demandado: Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado
Agréguese a sus autos para sus efectos, el oficio y anexo, de la Presidenta de la Junta Resposanble, a través del cual remite proveído de veintisiete de marzo del año en curso, en el que tuvo a la aquí quejosa,dándose por satisfecha de las condenas decretadas en el laudo, desistiéndose de la demanda y acciones intentadas en el juicio laboral, así como del presente juicio de amparo, por lo que la Junta ordenó el archivo del expediente como asunto total y definitivamente concluido
Retúrnese el presente asunto, al Magistrado José de Jesús Ortega de la Peña, para la formulación del proyecto de resolución respectivo
Actor: Ana Alejandra Melchor Alvarado
Demandado: Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado
Retúrnese el presente asunto, al Magistrado José de Jesús Ortega de la Peña, para la formulación del proyecto de resolución respectivo
Túrnese el presente asunto, al Secretario en funciones de Magistrado de Circuito, autorizado por el Consejo de la Judicatura Federal, licenciado Ramón Zúñiga Vera, para la formulación del proyecto de resolución respectivo
Actor: Ana Alejandra Melchor Alvarado
Demandado: Junta Especial Número Diez de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado
Túrnese el presente asunto, al Secretario en funciones de Magistrado de Circuito, autorizado por el Consejo de la Judicatura Federal, licenciado Ramón Zúñiga Vera, para la formulación del proyecto de resolución respectivo
Agréguese el escrito signado por el apoderado jurídico de ********, Sociedad Anónima de Capital Variable, a quien se le tiene formulando alegatos de su intención, lo anterior, para que sean tomados en consideración al momento del dictado de la sentencia; téngase por autorizados en términos amplios del artículo 12 de la nueva Ley de Amparo a ********* y *********, ya que acreditan estar facultados para ejercer la profesión de abogados al tener registradas sus cédulas en el Sistema Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho, y en términos restringidos a ********, ********, ********, ******** y *********, al no contar con dicha inscripción
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