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Ana Lilia Rodríguez Márquez Y Otros | Segundo Tribunal Unitario Exp: 859/2016

Federal > Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Ana Lilia Rodríguez Márquez Y Otros
Demandado: Segundo Tribunal Unitario En Materias Civil Y Administrativa Del Primer Circuito
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 859/2016 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Ana Lilia Rodríguez Márquez Y Otro en contra de Segundo Tribunal Unitario En Materias Civil Y Administrativa Del Primer Circuito en el Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 18 de Noviembre del 2016 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 859/2016

  • 28 de Noviembre del 2016

    Actor: Ana Lilia Rodríguez Márquez y Otros

    Demandado: Segundo Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito

    Por recibido el oficio del tercer tribunal unitario en materias civil y administrativa del segundo circuito, por el que acusa recibo e informa que admitió a trámite la demanda de garantías. Agréguese y archívese. Notifíquese

  • 28 de Noviembre del 2016

    Por recibido el oficio del tercer tribunal unitario en materias civil y administrativa del segundo circuito, por el que acusa recibo e informa que admitió a trámite la demanda de garantías. Agréguese y archívese. Notifíquese.

  • 18 de Noviembre del 2016

    Por recibido el oficio del segundo tribunal unitario en materias civil y administrativa del primer circuito, acúsese recibo. Primero. Es improcedente la vía de amparo directo. Segundo. Este tribunal carece de competencia legal para conocer de la demanda de garantías en la vía de amparo indirecto, por lo que debe remitirse la demanda y sus anexos al tribunal unitario en materias civil y administrativa del primer circuito, en turno. Téngase por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que precisa. Se hace del conocimiento de las partes, que tienen expedito su derecho para autorizar la publicación de sus datos personales, en el caso de que exista solicitud de la unidad de enlace para la transparencia y acceso a la información del consejo de la judicatura federal, en la inteligencia de que mientras no lo hagan, tales datos serán omitidos. Notifíquese.

  • 18 de Noviembre del 2016

    Actor: Ana Lilia Rodríguez Márquez y Otros

    Demandado: Segundo Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito

    Por recibido el oficio del segundo tribunal unitario en materias civil y administrativa del primer circuito, acúsese recibo. Primero. Es improcedente la vía de amparo directo. Segundo. Este tribunal carece de competencia legal para conocer de la demanda de garantías en la vía de amparo indirecto, por lo que debe remitirse la demanda y sus anexos al tribunal unitario en materias civil y administrativa del primer circuito, en turno. Téngase por autorizadas para oír y recibir notificaciones a las personas que precisa. Se hace del conocimiento de las partes, que tienen expedito su derecho para autorizar la publicación de sus datos personales, en el caso de que exista solicitud de la unidad de enlace para la transparencia y acceso a la información del consejo de la judicatura federal, en la inteligencia de que mientras no lo hagan, tales datos serán omitidos. Notifíquese

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