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Ana Patricia Laureano Jaramillo Y Otros | Juez Tercero De Primera Exp: 272/2022

Federal > Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito de Octavo Circuito
Actor: Ana Patricia Laureano Jaramillo Y Otros | Arturo Ortiz Alvarez
Demandado: Juez Tercero De Primera Instancia En Materia Mercantil Del Distrito Judicial De Saltillo
Materia: Civil o Administrativa
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 272/2022 en Materia Civil o Administrativa y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Ana Patricia Laureano Jaramillo Y Otro en contra de Juez Tercero De Primera Instancia En Materia Mercantil Del Distrito Judicial De Saltillo en el Tribunal Colegiado En Materias Administrativa Y Civil Del Octavo Circuito en Circuito 8 (Coahuila). El Proceso inició el 07 de Junio del 2022 y cuenta con 5 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 272/2022

  • 12 de Abril del 2024

    Actor: Arturo Ortiz Alvarez

    Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo y Otros

    Visto lo de cuenta, con fundamento en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, aplicada por analogía, agréguese a los presentes autos el oficio que remite el Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo, residente en esta ciudad, mediante el cual acusa recibo del comunicado 567/2024 y anexos, enviados por este órgano jurisdiccional; en consecuencia, previas las anotaciones que se hagan en los libros de control, archívese el presente expediente como asunto concluido. Por otra parte, como lo establece el artículo 17, fracción I, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, destrucción, digitalización, transferencia, resguardo y destino final de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintitrés; este expediente es susceptible de conservación; toda vez que no existen documentos originales exhibidos por las partes y, no se trata de un asunto con valor jurídico, histórico o relevancia documental; en consecuencia, en términos del artículo 34 del citado Acuerdo General, estámpense los respectivos sellos en la carátula del presente asunto. Finalmente, una vez concluido el plazo de tres años, este órgano jurisdiccional solicitará la transferencia de este expediente a los depósitos documentales dependientes de la Dirección General de Archivo y Documentación

  • 08 de Abril del 2024

    Actor: Ana Patricia Laureano Jaramillo y Otros

    Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo

    SENTENCIA. ÚNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a la parte quejosa, contra el acto reclamado del Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo, con residencia en esta ciudad, consistente en la sentencia de veintiséis de abril de dos mil veintidós y su aclaración de veintitrés de mayo siguiente, dictadas en el juicio oral mercantil

  • 18 de Octubre del 2022

    Actor: Ana Patricia Laureano Jaramillo y Otros

    Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo

    En esa tesitura, hágase del conocimiento de las partes que a partir de esa fecha, la integración de este tribunal es la siguiente: magistrado presidente Fernando Estrada Vásquez, magistrado Héctor Alejandro Treviño de la Garza y magistrado Édgar Humberto Muñoz Grajales; lo anterior para los efectos legales a que haya lugar. En consecuencia, retúrnese el presente asunto a la ponencia del magistrado Édgar Humberto Muñoz Grajales, en términos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

  • 11 de Julio del 2022

    Actor: Arturo Ortiz Alvarez y Otros

    Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo

    Vista la certificación de cuenta y, toda vez que el agente del Ministerio Público de la Federación adscrito no formuló pedimento, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 183 de la Ley de Amparo en relación con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnese este asunto a la ponencia de la secretaria en funciones de magistrada Anabell Rodríguez Elydd, para que se formule el proyecto de resolución correspondiente; en el entendido de que en términos del numeral en comento este acuerdo tiene efectos de citación para sentencia. En el entendido que la licenciada Anabell Rodríguez Elydd, fue autorizada para desempeñar las funciones de magistrada por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, a partir del once de mayo del año que trascurre, hasta en tanto la citada comisión lo determine o bien, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal adscriba magistrado para que integre este órgano jurisdiccional, lo cual fue informado mediante oficio CCJ/ST/1011/2022 de dos de mayo del año en curso, signado por la Secretaria Técnica de Comisión Permanente de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal

  • 07 de Junio del 2022

    Actor: Ana Patricia Laureano Jaramillo y Otros

    Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo

    Se admite la demanda de amparo directo. Notifíquese al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito por medio de oficio, con copia del escrito de la demanda de amparo directo. Con fundamento en el artículo 181 de la Ley de Amparo, hágase del conocimiento a las partes el presente proveído, por medio de lista y/o en su caso, por oficio a fin de que en el término de quince días hábiles, a partir de la fecha en que queden debidamente notificadas, si es su deseo, presenten sus alegatos, o bien, la parte tercera interesada promueva amparo adhesivo. Téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones de la parte quejosa el que señala en su ocurso respectivo y, como autorizad en términos de la parte final del segundo párrafo del artículo 12 de la Ley de Amparo, toda vez que no tiene inscrita su cédula profesional en el sistema de registro que para tal efecto se lleva en los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito; según certificación expedida por la secretaria de acuerdos de este órgano jurisdiccional. En atención a que el presente asunto se encuentra relacionado con el juicio de amparo directo 275/2022, pues también se reclama la sentencia de veintiséis de abril del año en curso, pronunciada en el expediente 501/2021, deberán turnarse a la misma ponencia para la elaboración del proyecto de resolución que corresponda

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