Federal
> Juzgado Decimotercero De Distrito En El Estado De México de Segundo Circuito
Actor: Ana Yuridia Cisneros Quevedo
Demandado: Agente Del Ministerio Público Adscrito Al Tercer Turno De La Fiscalía Regional De Naucalpan, Estado De México
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 189/2019 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Ana Yuridia Cisneros Quevedo en contra de Agente Del Ministerio Público Adscrito Al Tercer Turno De La Fiscalía Regional De Naucalpan, Estado De México en el Juzgado Decimotercero De Distrito En El Estado De México en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 18 de Febrero del 2019 y cuenta con 6 Notificaciones.
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Actor: Ana Yuridia Cisneros Quevedo
Demandado: Agente del Ministerio público Adscrito al Tercer Turno de la Fiscalía Regional de Naucalpan, Estado de México
Se advierte transcurrió el término de cinco días establecido en el artículo 98 con relación al numeral 97, fracción I, inciso a), de la Ley de Amparo, para que ********************, interpusiera recurso de queja contra el auto de diecinueve de febrero de dos mil diecinueve, en el que se tuvo por no presentada la demanda de garantías que promovió en su favor ********************, sin que se haya hecho valer el referido medio de impugnación, no obstante de estar debidamente notificado para ello; en consecuencia, con fundamento en los arábigos 288, 355 y 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley de la materia en términos de su ordinal 2, segundo párrafo, se declara firme dicho proveído para los efectos legales a que haya lugar. Háganse las anotaciones respectivas en el libro de registro de juicios de amparo, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), y toda vez que el juicio de amparo en que se actúa se encuentra totalmente concluido, en su oportunidad archívese como asunto terminado
Se advierte transcurrió el término de cinco días establecido en el artículo 98 con relación al numeral 97, fracción I, inciso a), de la Ley de Amparo, para que ********************, interpusiera recurso de queja contra el auto de diecinueve de febrero de dos mil diecinueve, en el que se tuvo por no presentada la demanda de garantías que promovió en su favor ********************, sin que se haya hecho valer el referido medio de impugnación, no obstante de estar debidamente notificado para ello; en consecuencia, con fundamento en los arábigos 288, 355 y 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la ley de la materia en términos de su ordinal 2, segundo párrafo, se declara firme dicho proveído para los efectos legales a que haya lugar. Háganse las anotaciones respectivas en el libro de registro de juicios de amparo, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), y toda vez que el juicio de amparo en que se actúa se encuentra totalmente concluido, en su oportunidad archívese como asunto terminado
Visto el contenido de la notificación personal que antecede, se advierte que Roberto Alcaraz Cisneros, no ratificó la demanda que promovió en su favor ****************; en consecuencia, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Amparo, SE TIENE POR NO PRESENTADA la demanda de garantías de que se trata
Actor: Ana Yuridia Cisneros Quevedo
Demandado: Agente del Ministerio público Adscrito al Tercer Turno de la Fiscalía Regional de Naucalpan, Estado de México
Visto el contenido de la notificación personal que antecede, se advierte que Roberto Alcaraz Cisneros, no ratificó la demanda que promovió en su favor ****************; en consecuencia, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Amparo, SE TIENE POR NO PRESENTADA la demanda de garantías de que se trata
Notificación personal...Se decreta suspensión de plano
Actor: Ana Yuridia Cisneros Quevedo
Demandado: Agente del Ministerio público Adscrito al Tercer Turno de la Fiscalía Regional de Naucalpan, Estado de México
Notificación personal...Se decreta suspensión de plano
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