Federal
> Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito de Segundo Circuito
Actor: Apoyo Económico Familiar, S.a. De C.v
Demandado: Juez Tercero Mercantil De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Toluca, Estado De México
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 142/2019 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Apoyo Económico Familiar, S.a. De C.v en contra de Juez Tercero Mercantil De Primera Instancia Del Distrito Judicial De Toluca, Estado De México en el Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 25 de Febrero del 2019 y cuenta con 8 Notificaciones.
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Actor: Apoyo Económico Familiar, S.A. de C.V
Demandado: Juez Tercero Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México
Se ordena archivar el presente asunto y es suceptible de ser destruido
Se ordena archivar el presente asunto y es suceptible de ser destruido
Visto el estado que guardan los autos, de los que se advierte que a la fecha el Juez Tercero Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, no ha acusado recibo del oficio número 102-II, por medio del cual se le remitió testimonio de la sentencia dictada en el presente juicio constitucional, por ello, SE LE REQUIERE, acuse recibo del oficio citado para así estar en posibilidad de archivar el expediente en que se actúa
Actor: Apoyo Económico Familiar, S.A. de C.V
Demandado: Juez Tercero Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México
Visto el estado que guardan los autos, de los que se advierte que a la fecha el Juez Tercero Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, no ha acusado recibo del oficio número 102-II, por medio del cual se le remitió testimonio de la sentencia dictada en el presente juicio constitucional, por ello, SE LE REQUIERE, acuse recibo del oficio citado para así estar en posibilidad de archivar el expediente en que se actúa
Vista el estado de los autos de los que se desprende que ha transcurrido el término de tres días que establece el numeral 104, de la Ley de Amparo, para que la parte quejosa interponga el recurso que prevé dicho precepto legal en contra del auto de fecha veintidós de febrero del año dos mil diecinueve en el que este Tribunal desechó por notoriamente improcedente la demanda de amparo promovida por ********************, a través de su representante ******************** por tanto se declara firme el acuerdo referido, en tal virtud, devuélvanse los autos a su lugar de origen, solicitando el acuse de recibo respectivo, y en su debida oportunidad archívese como asunto concluido, previas anotaciones en el libro de gobierno
Actor: Apoyo Económico Familiar, S.A. de C.V
Demandado: Juez Tercero Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México
Vista el estado de los autos de los que se desprende que ha transcurrido el término de tres días que establece el numeral 104, de la Ley de Amparo, para que la parte quejosa interponga el recurso que prevé dicho precepto legal en contra del auto de fecha veintidós de febrero del año dos mil diecinueve en el que este Tribunal desechó por notoriamente improcedente la demanda de amparo promovida por ********************, a través de su representante ******************** por tanto se declara firme el acuerdo referido, en tal virtud, devuélvanse los autos a su lugar de origen, solicitando el acuse de recibo respectivo, y en su debida oportunidad archívese como asunto concluido, previas anotaciones en el libro de gobierno
Se desecha la demanda de amparo
Actor: Apoyo Económico Familiar, S.A. de C.V
Demandado: Juez Tercero Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México
Se desecha la demanda de amparo
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