Federal
> Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito de Tercer Circuito
Actor: Araceli Esparza Avalos.
Demandado: Juez Décimo Segundo De Lo Civil Del Primer Partido Judicial Del Estado .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 693/2022 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Araceli Esparza Avalos en contra de Juez Décimo Segundo De Lo Civil Del Primer Partido Judicial Del Estado en el Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Tercer Circuito en Circuito 3 (Jalisco). El Proceso inició el 06 de Diciembre del 2022 y cuenta con 3 Notificaciones.
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Actor: ARACELI ESPARZA AVALOS.
Demandado: JUEZ DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL PRIMER PARTIDO JUDICIAL DEL ESTADO .
PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES: Agréguese a las actuaciones para los efectos legales procedentes, el escrito de cuenta del autorizado de la quejosa, y como lo solicita, se le autoriza la consulta del presente asunto a través del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, debido a que, de la consulta realizada en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, se encontró registrado el usuario ", de conformidad con el artículo 35 del Acuerdo General 12/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Regula la Integración y Trámite de Expediente Electrónico y el Uso de Videoconferencias en Todos los Asuntos Competencia de los Órganos Jurisdiccionales a Cargo del Propio Consejo; en la inteligencia que, debido a que el quejoso no solicitó la realización de notificaciones electrónicas, el usuario solamente podrá consultar los acuerdos y constancias, hasta en tanto se practique la notificación respectiva, conforme al artículo 39, párrafo segundo del referido Acuerdo General 12/2020.
PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES:Se tiene al secretario del Juzgado Décimo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado, acusando recibo del oficio 8402 y anexos que se le remitieron. Por tanto, con fundamento en el artículo 214 de la Ley de Amparo, previas las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno, archívese este expediente como asunto concluido .
Notifíquese personalmente a la parte quejosa.
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