Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Arboledas De Reynosa, A.c .
Demandado: Juez Segundo De Primera Instancia De Lo Civil, Ciudad .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 98/2016 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Arboledas De Reynosa, A.c en contra de Juez Segundo De Primera Instancia De Lo Civil, Ciudad en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 12 de Febrero del 2016 y cuenta con 25 Notificaciones.
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...Visto lo de cuenta, agréguese a los autos para que obre como en derecho corresponda, el oficio 6354/2016, enviado por el Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas, mediante el cual acusa recibo del oficio con el cual se le remitieron diversas constancias relacionadas con el juicio de amparo 98/2016-II; además, se desprende que aceptó la competencia para conocer de diverso acto reclamado, que lo es la sentencia dictada en el juicio civil de origen, dado que este juzgado en resolución de treinta de agosto de dos mil dieciséis, determinó que no tiene competencia legal para conocer del mismo. En mérito de lo anterior, como se ordenó en proveído de cuatro de octubre pasado, remítase el presente expediente al archivo de este juzgado por estar concluido.
Agréguese a los autos para que obre como en derecho corresponda, el oficio 5591/2016, enviado por el Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas; en atención a su contenido, como lo solicita la autoridad oficiante, remítasele el original de la demanda de amparo, copia certificada de la sentencia de treinta de agosto de dos mil dieciséis, y del acuerdo en que se declaró ejecutoriada dicha sentencia, a fin de que se encuentre en posibilidad de resolver lo conducente en derecho respecto del diverso acto reclamado consistente en la sentencia reclamada por la parte quejosa, dictada dentro del juicio de origen.
Reynosa, Tamaulipas, a seis de octubre de dos mil dieciséis. Visto el estado de autos, del que se advierte que en la sentencia dictada en el presente juicio de garantías, se ordenó que una vez se declarara firme la misma, se remitieran los autos al Tribunal Colegiado en Turno, con sede en Reynosa, Tamaulipas, a fin de que se encuentre en posibilidad de resolver lo conducente en derecho respecto de la sentencia reclamada por la parte quejosa, dictada dentro del juicio de origen. Por tanto, en cumplimiento al resolutivo segundo de la sentencia constitucional dictada por este órgano jurisdiccional el treinta de agosto del año en curso, se ordena remitir los autos al Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en turno, residente en esta ciudad; por lo tanto, fórmese el cuaderno de antecedentes correspondiente, y una vez que acuse recibo el Tribunal Colegiado que conozca del presente asunto, se acordará lo respectivo al archivo...
... ejecutoria, archivo y destrucción...
REPUBLICACION.... R E S U E L V E : PRIMERO. Se sobresee en el juicio de amparo 98/2016, promovido por ARBOLEDAS DE REYNOSA, ASOCIACIÓN CIVIL, respecto de los actos reclamados consistentes en el emplazamiento respecto de la reconvención promovida por la parte demandada en el juicio 1147/2013, y la omisión de calificar el mismo; atribuidos a las autoridades responsables Juez Segundo de Primera Instancia Civil y Actuaria adscrita a la Central de Actuarios del Quinto Distrito Judicial del Estado, con sede en esta ciudad; por los motivos legales expuestos en el considerando cuarto de esta sentencia. SEGUNDO. Una vez que se declare la firmeza de la presente sentencia, remítase este asunto al Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en turno, con sede en esta ciudad, a fin de que se encuentre en posibilidad legal de resolver lo conducente en derecho respecto de la sentencia reclamada por la parte quejosa, de conformidad con lo expuesto en el considerando quinto. TERCERO. La presente resolución será publicable en términos del último considerando de esta resolución.
R E S U E L V E : PRIMERO. Se sobresee en el juicio de amparo 98/2016, promovido por ARBOLEDAS DE REYNOSA, ASOCIACIÓN CIVIL, respecto de los actos reclamados consistentes en el emplazamiento respecto de la reconvención promovida por la parte demandada en el juicio 1147/2013, y la omisión de calificar el mismo; atribuidos a las autoridades responsables Juez Segundo de Primera Instancia Civil y Actuaria adscrita a la Central de Actuarios del Quinto Distrito Judicial del Estado, con sede en esta ciudad; por los motivos legales expuestos en el considerando cuarto de esta sentencia. SEGUNDO. Una vez que se declare la firmeza de la presente sentencia, remítase este asunto al Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en turno, con sede en esta ciudad, a fin de que se encuentre en posibilidad legal de resolver lo conducente en derecho respecto de la sentencia reclamada por la parte quejosa, de conformidad con lo expuesto en el considerando quinto. TERCERO. La presente resolución será publicable en términos del último considerando de esta resolución.
...Téngase por recibido el escrito del autorizado del tercero interesado, mediante el cual, solicita que se dicte la resolución correspondiente en el presente juicio; dígasele que el expediente del cual deriva el presente cuaderno de antecedentes se encuentra en estudio, por lo que una vez que se dicte la sentencia correspondiente le será notificada la misma.
Téngase por recibido el oficio 579, enviado por la autoridad responsable Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial en el Estado, residente en Reynosa, Tamaulipas, mediante el cual en cumplimiento al requerimiento de veintisiete de abril de dos mil dieciséis, remite copia certificada de las constancias que obran en el expediente 1147/2013, y que tienen relación con el acto reclamado, con las que se ordena dar vista a las partes para que manifiesten lo que a su interés convenga, y que se tomarán en cuenta al resolver el presente juicio, de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Amparo.
se dfina las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINTUOS DEL TREINTA DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS...
Por otra parte, del estado que guardan los autos, se advierte que no se encuentra debidamente integrado el presente juicio; por tanto, con fundamento en los artículos 75 de la Ley de Amparo, y 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, requiérase a la autoridad responsable Juez Segundo Civil de Primera Instancia del Quinto Distrito Judicial, con sede en Reynosa, Tamaulipas, para que dentro del plazo de tres días, computado legalmente, remita copia certificada de los escritos presentados por la empresa actora en lo principal, y demandada en la reconvención, a partir de la reposición del procedimiento, con motivo del diverso amparo concedido a EDUARDO VÁZQUEZ CERECEDO, así como de los escritos presentados en los respectivos periodos de pruebas y alegatos, en lo principal y en la reconvención, en el juicio 1147/2013.
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