Características del servicio

Arturo Cuellar Avila | Procurador General De Justicia Del Estado Exp: 663/2018

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Arturo Cuellar Avila
Demandado: Procurador General De Justicia Del Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 663/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Arturo Cuellar Avila en contra de Procurador General De Justicia Del Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 28 de Junio del 2018 y cuenta con 8 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 663/2018

  • 09 de Agosto del 2018

    Actor: Arturo Cuellar Avila

    Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala

    Visto que ha transcurrido el término de diez días, sin que las partes hubieren recurrido la sentencia dictada en el juicio; consecuentemente, se declara que dicha sentencia que sobreseyó el juicio de amparo ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales a que haya lugar. Respecto al original del incidente de suspensión, al haberse negado la suspensión definitiva, es susceptible de destrucción. Por lo que respecta al duplicado del referido incidente, es susceptible de destrucción, por tanto, una vez que transcurra el plazo de seis meses, procédase a su destrucción. Por lo tanto, una vez que obren en autos las constancias de notificación del presente proveído, sin ulterior acuerdo, ARCHIVO, toda vez que se encuentra totalmente concluido

  • 23 de Julio del 2018

    Se R E S U E L V E: ÚNICO. Se sobresee en el juicio de amparo promovido por ***, por los motivos señalados en el último considerando de esta resolución

  • 04 de Julio del 2018

    Actor: Arturo Cuellar Avila

    Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala

    Vista la razón de cuenta, mediante la cual el actuario judicial adscrito a este juzgado manifiesta la imposibilidad que tuvo para notificar al quejoso el auto de veintisiete de junio del año en curso, en el domicilio señalado para tal efecto, por los motivos que expone; atento a ello, notifíquese a la parte quejosa dicho auto, el presente proveído y los subsecuentes, aún los de carácter personal, por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado. Dese vista a las partes con el informe justificado que rinde la autoridad referida, para que manifiesten lo que a su interés convenga. En cumplimiento a este mismo auto, se procede notificar a la parte quejosa el auto de veintisiete de junio de dos mil dieciocho, que en síntesis dice: ".Vista la demanda de amparo, se advierte que la misma es PARCIALMENTE IMPROCEDENTE, lo que conduce a desecharla por cuanto hace al acto consistente en la orden de investigación reclamada por el quejoso. SE ADMITE a trámite la demanda de amparo. Tramítese por duplicado y separado el incidente de suspensión relativo a este juicio de garantías. Se señalan las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL VEINTE DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO, para la celebración de la audiencia constitucional. Se requiere a las partes para que tan pronto hayan cesado los efectos del acto reclamado o cuando hayan ocurrido causas notorias de sobreseimiento deberán informarlo a este juzgado, con el apercibimiento que de no hacerlo, se le impondrá una multa. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones de la parte quejosa, el que indica. Se hace del conocimiento de la parte quejosa, que para el caso de que alguna autoridad responsable no exista o sea incorrecta la denominación otorgada, mediante auto se suspenderá toda comunicación con la misma, quedando fuera de juicio, y en la audiencia constitucional que se celebre no se hará el pronunciamiento respectivo sobre su inexistencia, sin que sea necesario realizar señalamiento alguno en la sentencia respecto de los actos reclamados que se les atribuyan."

  • 04 de Julio del 2018

    Actor: Arturo Cuellar Avila

    Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala

    Se R E S U E L V E : ÚNICO. SE NIEGA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA a ***, respecto de las autoridades señaladas como responsables, por las razones precisadas en el último considerando de esta resolución

  • 03 de Julio del 2018

    Actor: Arturo Cuellar Avila

    Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala

    Dese vista a las partes con los informes justificados que rinden las autoridades referidas, para que manifiesten lo que a su interés convenga

  • 03 de Julio del 2018

    Actor: Arturo Cuellar Avila

    Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala

    Se tienen por recibidos los informes previos que rinden las responsables en cita

  • 28 de Junio del 2018

    Actor: Arturo Cuellar Avila

    Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala

    Vista la demanda de amparo, se advierte que la misma es PARCIALMENTE IMPROCEDENTE, lo que conduce a desecharla por cuanto hace al acto consistente en la orden de investigación reclamada por el quejoso. SE ADMITE a trámite la demanda de amparo. Tramítese por duplicado y separado el incidente de suspensión relativo a este juicio de garantías. Se señalan las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL VEINTE DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO, para la celebración de la audiencia constitucional. Se requiere a las partes para que tan pronto hayan cesado los efectos del acto reclamado o cuando hayan ocurrido causas notorias de sobreseimiento deberán informarlo a este juzgado, con el apercibimiento que de no hacerlo, se le impondrá una multa. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones de la parte quejosa, el que indica. Se hace del conocimiento de la parte quejosa, que para el caso de que alguna autoridad responsable no exista o sea incorrecta la denominación otorgada, mediante auto se suspenderá toda comunicación con la misma, quedando fuera de juicio, y en la audiencia constitucional que se celebre no se hará el pronunciamiento respectivo sobre su inexistencia, sin que sea necesario realizar señalamiento alguno en la sentencia respecto de los actos reclamados que se les atribuyan

  • 28 de Junio del 2018

    Actor: Arturo Cuellar Avila

    Demandado: Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala

    Como esta ordenado en el expediente principal, tramítese por duplicado el incidente de suspensión. Se señalan las NUEVE HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL TRES DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO, para que tenga verificativo la audiencia incidental. SE CONCEDE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL, pero dejará de hacerlo, si el promovente, dentro del término de cinco días, no exhibe garantía por la cantidad señalada. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones de la parte quejosa, el que indica en su escrito de cuenta. Expídase la copia certificada que solicita, previa identificación y razón que por su entrega obre en autos, autorizando para recibirla a las personas que refiere

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
antecedentes
“Por varias razones, sospechaba que mi abogado no estaba haciendo su trabajo correctamente… gracias a PoderJudicialVirtual.com me siento muy tranquilo porque doy cuenta de todo. He cambiado de abogado y pude evitar perder mucho dinero.” Alfonso Suárez Ingeniero Civil
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4