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Asesoría En Diseño Instalación Mantenimiento Y Planeación Exp: 513/2021

Federal > Juzgado Décimo Sexto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Asesoría En Diseño Instalación Mantenimiento Y Planeación Avanzada, S.a
Demandado: Administración Desconcentrada De Auditoría Fiscal De Coahuila De Zaragoza "1"
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 513/2021 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Asesoría En Diseño Instalación Mantenimiento Y Planeación Avanzada, S.a en contra de Administración Desconcentrada De Auditoría Fiscal De Coahuila De Zaragoza "1" en el Juzgado Décimo Sexto De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 10 de Mayo del 2021 y cuenta con 23 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 513/2021

  • 31 de Enero del 2023

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por el Administrador Desconcentrado de Auditoria Jurídico de Coahuila de Zaragoza "1" del Servicio de Administración Tributaria; en atención a su contenido, téngase por revocados a las personas que refiere .... Notifíquese

  • 10 de Noviembre del 2021

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Vistas las constancias que integran los presentes autos y toda vez que mediante auto del veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno, se ordenó el archivo del presente asunto y por un error involuntario se asentó que no se había tramitado incidente de suspensión de los actos reclamados, SE REGULARIZA EL PRESENTE ASUNTO, y se provee lo conducente. Atento a ello, devuélvase al archivo el presente expediente como asunto totalmente concluido. NOTIFÍQUESE

  • 10 de Noviembre del 2021

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Háganse las anotaciones respectivas en el Libro de Gobierno que se lleva en este órgano jurisdiccional; de igual manera, hágase del conocimiento de las partes que mediante resolución del veintiocho de octubre de dos mil veintiuno, el citado órgano colegiado determinó lo siguiente: "ÚNICO. SE DECLARA SIN MATERIA el presente recurso. NOTIFÍQUESE;" En ese sentido, se ordenan glosar las actuaciones originales con motivo de la remisión de los autos a la superioridad. NOTIFÍQUESE

  • 08 de Noviembre del 2021

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Se advierte que las autoridades responsables Administración Desconcentrada de Auditoria Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1" y la delegada en el Estado de Coahuila de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, remitieron diversas documentales; por lo que, en autos de veintiuno y veintitrés de junio de dos mil veintiuno, se ordenó formar los legajos por cuerda separada, debidamente identificados como TOMO I y II. se advierte que en auto de veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno, se tuvo por concluido el juicio en que se actúa; por lo que dada la naturaleza de los legajos de pruebas referidos, se concluye que los mismos son susceptibles de destrucción. NOTIFIQUESE

  • 22 de Septiembre del 2021

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Se advierte que las partes no interpusieron recurso de revisión en contra de la sentencia definitiva dictada en el presente juicio, dentro del plazo a que se refiere el numeral 86 de la Ley de Amparo; en consecuencia, con fundamento en el artículo 356, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se declara que la sentencia en la que por una parte determinó sebreseer el amparo en el presente juicio, HA CAUSADO EJECUTORIA. archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido...Por otra parte, en virtud que se ha ordenado el archivo del expediente de mérito, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 280 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, devuélvase a la parte quejosa las documentales que en su caso, haya exhibido en copia certificada o simple en el presente juicio; por tanto, mediante notificación por lista que se le realice, infórmesele que se encuentran a su disposición dichas documentales en el local de este Juzgado a efecto de que las recoja, con el apercibimiento de que de no hacerlo, serán destruidas junto con el presente expediente. NOTIFÍQUESE; Y POR LISTA A LA PARTE QUEJOSA

  • 17 de Agosto del 2021

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Por lo expuesto y fundado; se, R E S U E L V E : ÚNICO. Se sobresee en el juicio. Notifíquese

  • 15 de Julio del 2021

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Se advierten oficios con números ... ambos de seis de mayo de dos mil veintiuno; constancias con las cuales la autoridad responsable adujo haber dado respuesta al escrito de solicitud formulado por la parte quejosa el veintisiete de abril de dos mil veintiuno. En consecuencia, REQUIÉRASE A LA PARTE QUEJOSA, manifieste si es su deseo ampliar la demanda de amparo, en cuyo caso, deberá cumplir con los requisitos del artículo 108 de la Ley de Amparo, anexando copias suficientes del escrito con el que atienda el requerimiento de mérito, a fin de correr traslado a las partes en el presente juicio de amparo. Con el apercibimiento, que de no hacerlo, dentro del plazo señalado o bien, de no manifestar la imposibilidad legal o material que exista para dar cumplimiento a lo anterior, este juicio se resolverá con las constancias que obren autos, en los términos planteados en el escrito inicial. En consecuencia, para dar margen a lo anterior, SE DIFIERE la celebración de la audiencia constitucional señalada para el día de hoy y en su lugar se fijan las QUINCE HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS DEL DIECISÉIS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. NOTIFÍQUESE Y ELECTRÓNICAMENTE A LA PARTE QUEJOSA

  • 29 de Junio del 2021

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito; a través del cual informa el contenido del auto de veinticuatro de junio del año en curso, dictado en el expediente número R.I. 158/2021 de su índice, del que se advierte que acusa recibo del escrito de agravios relativo al recurso de revisión interpuesto en los presentes autos incidentales; asimismo, informa que admitió a trámite el referido medio de impugnación, de lo que este órgano jurisdiccional toma conocimiento, para los efectos legales conducentes. Sin que se ordene habilitar el acceso al expediente electrónico a la citada superioridad, en virtud de que dicho acceso se realizó por auto de veintitrés de junio de dos mil veintiuno. NOTIFÍQUESE

  • 24 de Junio del 2021

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Con el propósito de que la Superioridad de que se trata se encuentre en aptitud de proveer lo que en derecho corresponda en relación con el recurso de revisión interpuesto en autos, comisiónese al actuario judicial adscrito a este órgano jurisdiccional a efecto que remita al Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito versión digital del medio de impugnación referido, así como del informe justificados, por medio del apartado de interconexión del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes; asimismo, se instruye a la analista jurídica encargada del "Sistema Integral del Seguimiento de Expedientes (S.I.S.E. 2.0)", para que dé acceso al expediente electrónico a la mencionada superioridad. Notifíquese

  • 24 de Junio del 2021

    Actor: Asesoría en Diseño Instalación Mantenimiento y Planeación Avanzada, S.A

    Demandado: Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza "1"

    Delegada en el Estado de Coahuila de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, a través del cual da cumplimiento a lo solicitado en auto del catorce de junio de dos mil veintiuno, y al efecto remite copia certificada del expediente administrativo ...; por ende, se tiene por desahogado dicho requerimiento y se deja insubsistente el apercibimiento decretado. Por otra parte, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga y tómense en consideración al momento de dictarse la sentencia definitiva en el presente asunto. Finalmente, dado lo voluminoso de los documentos que se anexan, se ordena formar un legajo por cuerda separada, identificado como "LEGAJO DE PRUEBAS TOMO I". NOTIFÍQUESE

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