Federal
> Décimo Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Asociacion Cristiana De Jovenes De La Cdmx Ymca | Juzgado Décimo De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México
Demandado: Juzgado Décimo De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México
Materia: Administrativa
Tipo: Queja
RESUMEN: El Expediente 157/2022 en Materia Administrativa y de tipo Queja fue promovido por Asociacion Cristiana De Jovenes De La Cdmx Ymca en contra de Juzgado Décimo De Distrito En Materia Administrativa En La Ciudad De México en el Décimo Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 12 de Abril del 2022 y cuenta con 4 Notificaciones.
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Actor: Asociacion Cristiana de Jovenes de la Cdmx Ymca
Demandado: Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México
Ciudad de México, a veintiocho de junio de dos mil veintidós. Estado de autos y archivo. Visto el estado que guardan los presentes autos, toda vez que de los mismos se advierte que se trata de actuaciones concluidas; ya que en sesión plenaria celebrada por este tribunal colegiado el treinta y uno de mayo de dos mil veintidós, se declaró sin materia el recurso de queja; en consecuencia, archívese el presente expediente, previa anotación que se haga en el libro de gobierno respectivo. Valoración. Por otra parte, en términos del artículo 21 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de marzo de dos mil veinte, se hace constar que el presente asunto es susceptible de destrucción; que en autos no obran documentos originales ni copias certificadas exhibidos por las partes y que no es de relevancia documental, porque no se refiere a delitos contra la seguridad de la Nación, contra el derecho internacional, contra la humanidad, contra la administración de justicia, o contra el ambiente o gestión ambiental; no contiene resoluciones que hayan sido impugnadas ante organismos públicos internacionales, conflictos laborales colectivos trascendentes o que hayan integrado jurisprudencia o tesis aislada de los tribunales de circuito; no trata sobre juicios relativos al patrimonio histórico, arqueológico y artístico, sobre materia agraria; o que el sentido de su resolución tenga especial trascendencia jurídica, política, social o económica. NOTIFÍQUESE; Y POR LISTA ELECTRÓNICA.Hpa
Actor: Asociacion Cristiana de Jovenes de la Cdmx Ymca
Demandado: Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México
Resolución: único.- se declara sin materia el recurso de queja. Notifiques por lista electrónica
Actor: Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México
Demandado: Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México
Ciudad de México, a veintisiete de abril de dos mil veintidós. Recepción de constancias. Agrueguese a los autos la copia autorizada del oficio 26062/2022, del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, por medio del cual desahoga el requerimiento formulado en proveído de once de abril de dos mil veintidós, pues al efecto se remite copia certificada de la constancia requerida; en consecuencia, se tiene por cumplido dicho requerimiento. Acúsese recibo. Admisión. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 97, fracción I, inciso a), 98 de la Ley de Amparo, así como 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, vigente a partir del ocho de junio de dos mil veintiuno; SE ADMITE, el recurso de queja de que se trata. Domicilio y autorizaciones. Téngase como domicilio para oír y recibir notificaciones el que indica la autoridad recurrente y como delegados en términos del artículo 9 de la Ley de Amparo, a las personas que menciona; asimismo, tal y como lo solicita, se les autoriza para que utilicen cualquier medio electrónico o fotográfico en el presente expediente, previa constancia de que obre en autos su respectiva toma de las constancias del presente juicio. Relación con otro expediente. En su oportunidad y atendiendo a que el presente asunto tiene relación con el expediente Q.A. 156/2022, túrnense ambos asuntos al Magistrado Juan Manuel Díaz Núñez. e. Transparencia y protección de derechos Este órgano jurisdiccional garantiza el derecho a la privacidad de los datos personales de las partes y vela porque terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarlos; asimismo, los titulares de esa prerrogativa pueden solicitar a este tribunal el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de sus datos personales. Exhorto a las partes. Con fundamento en el artículo 22 del Acuerdo General 21/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la reanudación de plazos y al regreso escalonado en los Órganos Jurisdiccionales ante a contingencia por el virus COVID-19, se exhorta a las partes para que transiten al esquema de actuación desde el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación; y propongan formas especiales y expeditas de contacto, a través de los cuales se podrán entablar comunicaciones no procesales. Transparencia y protección de derechos Este órgano jurisdiccional garantiza el derecho a la privacidad de los datos personales de las partes y vela porque terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarlos; asimismo, los titulares de esa prerrogativa pueden solicitar a este tribunal el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de sus datos personales. Auto de naturaleza provisional Finalmente, esta determinación por su naturaleza jurídica es provisional y de trámite, ello sin perjuicio que en su caso sea el Pleno de este tribunal colegiado quien en su momento se pronuncie sobre si satisface o no los requisitos de procedencia. NOTIFÍQUESE; Y POR LISTA ELECTRÓNICA
Actor: Asociacion Cristiana de Jovenes de la Cdmx Ymca
Demandado: Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México
Por recibido el oficio de cuenta del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, con el que remite el de agravios signado por el Tesorero de la Ciudad de México, quien acude representado por la autoridad que signa el recurso mediante el cual interpone recurso de queja contra el proveído de catorce de marzo de dos mil veintidós, que admitió la demanda de amparo bajo el número 583/2022; por lo que rinde su informe justificado ... requiérase al Juez Décimo de Distrito en Materia Administrativa de al Ciudad de México, para que, de no existir impedimento legal o material, dentro del término de tres días, se sirva remitir a este tribunal colegiado las constancias de notificación ya mencionadas o en su caso, integre debidamente el expediente electrónico para su consulta en el sistema referido. NOTIFÍQUESE; Y POR LISTA ELECTRÓNICA
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