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Asociación De Taxistas Base Jet Sociedad Anónima Capital Exp: 510/2017

Federal > Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Segundo Circuito de Segundo Circuito
Actor: Asociación De Taxistas Base Jet, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: Director General De Movilidad Zona 1, De La Secretaría De Movilidad Del Estado De México | Juzgado Tercero De Distrito En Materias De Amparo Y Juicios Federales En El Estado De México
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 510/2017 en Materia Administrativa y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Asociación De Taxistas Base Jet, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Director General De Movilidad Zona 1, De La Secretaría De Movilidad Del Estado De México en el Tercer Tribunal Colegiado En Materia Administrativa Del Segundo Circuito en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 15 de Diciembre del 2017 y cuenta con 13 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 510/2017

  • 30 de Abril del 2019

    Actor: Asociación de Taxistas Base JET, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Director General de Movilidad Zona 1, de la Secretaría de Movilidad del Estado de México

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintinueve de abril de dos mil diecinueve. Agréguese a los autos para que obre como corresponda el oficio de cuenta, mediante el cual se acusa recibo del oficio por el que se remitió testimonio de la resolución dictada en el presente asunto y los autos originales del juicio de amparo indirecto 1162/2017-V, descritos en el oficio de cuenta. En razón de que este asunto se resolvió, mediante sesión de veintiocho de marzo de dos mil diecinueve, y sus puntos resolutivos fueron: "PRIMERO. En lo que fue materia de esta revisión, se MODIFICA la sentencia recurrida. SEGUNDO. Se SOBRESEE en el juicio de amparo, en los términos de esta ejecutoria". Consecuentemente, con fundamento en el artículo 214 de la Ley de Amparo, se ordena su archivo, previas las anotaciones que se hagan en el libro de gobierno. Finalmente, atento a lo previsto en el punto cuarto del Manual para la Organización de los archivos judiciales resguardados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relativo a la valoración de los expedientes judiciales y auxiliares, en relación con el Acuerdo General Conjunto 2/2009, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, cabe señalar que el presente expediente no tiene relevancia documental y es depurable, lo que deberá anotarse en su carátula, así como la fecha del presente proveído. Notifíquese. Lo acordó y firma el Presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, Magistrado Guillermo Núñez Loyo, quien actúa con la Secretaria de Acuerdos que da fe, licenciada María Elena Vargas Burgos

  • 30 de Abril del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, a veintinueve de abril de dos mil diecinueve. Agréguese a lo

  • 09 de Abril del 2019

    Primero. En lo que fue materia de esta revisión se modifica la sentencia recurrida. Segundo. Sesobr

  • 09 de Abril del 2019

    Actor: Asociación de Taxistas Base JET, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Director General de Movilidad Zona 1, de la Secretaría de Movilidad del Estado de México

    Primero. En lo que fue materia de esta revisión se modifica la sentencia recurrida. Segundo. Sesobresee en el juicio de amparo en los términos de esta ejecutoria

  • 04 de Marzo del 2019

    Vista la certificación hecha por la secretaria de acuerdos, en la que se hizo constar que transcurrió el plazo de tres días, concedido a la parte quejosa mediante auto de dieciocho de febrero de dos mil diecinueve, para que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto del proyecto de sentencia en el que se plantea una causa de improcedencia, sin que realizara manifestación alguna. Consecuentemente, devuélvanse los presentes autos a la ponencia respectiva, a efecto de que se elabore el proyecto de sentencia. Notifíquese. Así, lo acordó y firma David Cortés Martínez, magistrado presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, ante María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos que autoriza y da fe. Kpfr. La que suscribe María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, estado de México, certifica y hace constar que el auto que anteceden se incorporó al expediente impreso como al electrónico. Lo anterior, para todos los efectos legales conducentes.- Doy fe. María Elena Vargas Burgos. Secretaria de acuerdos. Vista la certificación hecha por la secretaria de acuerdos, en la que se hizo constar que transcurrió el plazo de tres días, concedido a la parte quejosa mediante auto de dieciocho de febrero de dos mil diecinueve, para que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto del proyecto de sentencia en el que se plantea una causa de improcedencia, sin que realizara manifestación alguna. Consecuentemente, devuélvanse los presentes autos a la ponencia respectiva, a efecto de que se elabore el proyecto de sentencia. Notifíquese. Así, lo acordó y firma David Cortés Martínez, magistrado presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, ante María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos que autoriza y da fe. Kpfr. La que suscribe María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, estado de México, certifica y hace constar que el auto que anteceden se incorporó al expediente impreso como al electrónico. Lo anterior, para todos los efectos legales conducentes.- Doy fe. María Elena Vargas Burgos. Secretaria de acuerdos

  • 04 de Marzo del 2019

    Actor: Asociación de Taxistas Base JET, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Director General de Movilidad Zona 1, de la Secretaría de Movilidad del Estado de México

    Vista la certificación hecha por la secretaria de acuerdos, en la que se hizo constar que transcurrió el plazo de tres días, concedido a la parte quejosa mediante auto de dieciocho de febrero de dos mil diecinueve, para que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto del proyecto de sentencia en el que se plantea una causa de improcedencia, sin que realizara manifestación alguna. Consecuentemente, devuélvanse los presentes autos a la ponencia respectiva, a efecto de que se elabore el proyecto de sentencia. Notifíquese. Así, lo acordó y firma David Cortés Martínez, magistrado presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, ante María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos que autoriza y da fe. Kpfr. La que suscribe María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, estado de México, certifica y hace constar que el auto que anteceden se incorporó al expediente impreso como al electrónico. Lo anterior, para todos los efectos legales conducentes.- Doy fe. María Elena Vargas Burgos. Secretaria de acuerdos. Vista la certificación hecha por la secretaria de acuerdos, en la que se hizo constar que transcurrió el plazo de tres días, concedido a la parte quejosa mediante auto de dieciocho de febrero de dos mil diecinueve, para que manifestara lo que a su derecho conviniera respecto del proyecto de sentencia en el que se plantea una causa de improcedencia, sin que realizara manifestación alguna. Consecuentemente, devuélvanse los presentes autos a la ponencia respectiva, a efecto de que se elabore el proyecto de sentencia. Notifíquese. Así, lo acordó y firma David Cortés Martínez, magistrado presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, ante María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos que autoriza y da fe. Kpfr. La que suscribe María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, con residencia en Naucalpan de Juárez, estado de México, certifica y hace constar que el auto que anteceden se incorporó al expediente impreso como al electrónico. Lo anterior, para todos los efectos legales conducentes.- Doy fe. María Elena Vargas Burgos. Secretaria de acuerdos

  • 19 de Febrero del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, a dieciocho de febrero de dos mil diecinueve. Agréguese a lo

  • 19 de Febrero del 2019

    Actor: Asociación de Taxistas Base JET, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Director General de Movilidad Zona 1, de la Secretaría de Movilidad del Estado de México

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, a dieciocho de febrero de dos mil diecinueve. Agréguese a los autos para los efectos legales conducentes la certificación hecha por el secretario adscrito a este tribunal colegiado, y en razón de la misma, como se determinó en sesión de catorce de febrero de dos mil diecinueve, dése vista a la parte quejosa por el plazo de tres días, con el proyecto de sentencia, para que, en términos de lo dispuesto por el artículo 64 de la Ley de Amparo, manifieste lo que a su derecho corresponda. Notifíquese. Así, lo acordó y firma David Cortés Martínez, magistrado presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, ante María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos que autoriza y da fe. Kpfr

  • 11 de Febrero del 2019

    Actor: Asociación de Taxistas Base JET, Sociedad Anónima de Capital Variable

    Demandado: Juzgado Tercero de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, a ocho de febrero de dos mil diecinueve. Visto que con motivo de la readscripción del Magistrado Pedro Gamíz Suárez, a diverso órgano jurisdiccional, y toda vez que mediante oficio mediante oficio CCJ/ST/3798/2018, el Secretario Técnico de la Secretaria de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, hizo del conocimiento que en sesión de siete de agosto del dos mil dieciocho, la Comisión de Carrera Judicial acordó autorizar a la licenciada María del Carmen Tinajero Sánchez para desempeñar las funciones de magistrada de Circuito a partir del dieciséis del agosto del año en cita y hasta en tanto dicha Comisión lo determinará o el Pleno referido adscribiera magistrado que integre este órgano jurisdiccional, sin que a la fecha se haya designado titular para la referida ponencia. Y, considerando que en fecha ocho de febrero de dos mil diecinueve, se publicó la lista de los asuntos que serán discutidos mediante sesión de catorce de febrero de dos mil diecinueve; hágase del conocimiento de las partes, de esos asuntos listados, que a la fecha en que se acuerda, este tribunal colegiado está integrado por el magistrado David Cortés Martínez (presidente), la magistrada María del Pilar Bolaños Rebollo y por la mencionada licenciada María del Carmen Tinajero Sánchez, en funciones de magistrada

  • 31 de Enero del 2018

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, a treinta de enero de dos mil dieciocho. Visto el estado que guardan los presentes autos, con fundamento en los artículos 183 de la Ley de Amparo, y 41, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, túrnese el expediente relativo al recurso de revisión número 510/2017, a la magistrada María del Pilar Bolaños Rebollo, a efectos de que formule el proyecto de sentencia respectivo. Notifíquese. Así, lo acordó y firma David Cortés Martínez, magistrado presidente del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, ante María Elena Vargas Burgos, secretaria de acuerdos que autoriza y da fe.

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