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Auto Express Mercurio Sociedad Anónima De Capital Variable | Exp: 320/2015

Federal > Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Cuarto Circuito de Cuarto Circuito
Actor: Auto Express Mercurio, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: Magistrados Que Integran La Novena Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Nuevo León
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 320/2015 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Auto Express Mercurio, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Magistrados Que Integran La Novena Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Nuevo León en el Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Cuarto Circuito en Circuito 4 (Nuevo León). El Proceso inició el 01 de Septiembre del 2015 y cuenta con 4 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 320/2015

  • 21 de Octubre del 2015

    Se recibe oficio signado por el Juez Segundo de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado, mediante el cual acusa recibo y se archiva el expediente. Se ordena resguardar en el archivo de este Tribunal durante tres años y, una vez transcurrido dicho término remítase el mismo al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte. En la inteligencia de que este expediente podría ser susceptible de depuración, y a juicio de esta Presidencia, se determina que el presente asunto carece de relevancia documental.

  • 13 de Octubre del 2015

    EJECUTORIA: CONFIRMA NEGATIVA DE AMPARO.

  • 17 de Septiembre del 2015

    Se turnan los autos a la ponencia del Magistrado Francisco Eduardo Flores Sánchez, para la formulación del proyecto de resolución correspondiente.

  • 01 de Septiembre del 2015

    Se admite a trámite el recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa e infórmese a las partes que el presente asunto está clasificado como de información no reservada, por lo que se les previene para que manifiesten si están de acuerdo que se publiquen sus nombres y datos personales, en la inteligencia que la falta de oposición conlleva a su consentimiento para que la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos.

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