Federal
> Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan Y Anexas, S.a. De C.v
Demandado: Inrtegrantes De La Junta Especial Numero 46 De La Federal De Conciliacion Y Arbitraje
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1754/2011 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Autobuses Puebla-Tlaxcala-Calpulalpan Y Anexas, S.a. De C.v en contra de Inrtegrantes De La Junta Especial Numero 46 De La Federal De Conciliacion Y Arbitraje en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 11 de Noviembre del 2011 y cuenta con 34 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Se tiene por consentido el auto que tuvo por cumplida la ejecutoria de amparo; por tanto, archívese el presente expediente como asunto concluido. Háganse las anotaciones correspondientes. Este expediente es susceptible de depuración
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa, al no haber esperado al actuario el día y hora fijados en el citatorio de espera, en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista el auto de trece de septiembre de dos mil trece que en síntesis dice: "...Se declara sin materia el cumplimiento del fallo protector..."
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Se hace efectivo el apercibimiento hecho al tercero perjudicado Rubén Díaz Pérez, al no haber esperado al actuario el día y hora fijados en el citatorio de espera, en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista el auto de trece de septiembre de dos mil trece que en síntesis dice: "... Se declara sin materia el cumplimiento del fallo protector..."
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Se declara sin materia el cumplimiento del fallo protector
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Se hace efectivo el apercibimiento hecho al tercero perjudicado Rubén Díaz Pérez, al no haber esperado al actuario el día y hora fijados en el citatorio de espera, en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista el auto de veintitrés de agosto de dos mil trece que en síntesis dice: "... Agréguese el oficio de cuenta, mediante el cual la autoridad responsable, informa sobre el cumplimiento a la sentencia dictada en este juicio; dese vista a las partes con el contenido del oficio y anexo de cuenta por el término de tres días para que manifiesten lo que a su interés convenga; con el apercibimiento que de no hacer manifestación alguna al respecto, se resolverá con base en las constancias que obran en autos..."
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Se hace efectivo el apercibimiento hecho a la parte quejosa, al no haber esperado al actuario el día y hora fijados en el citatorio de espera, en el domicilio señalado en autos y se procede a notificar por lista el auto de veintitrés de agosto de dos mil trece que en síntesis dice: "... Agréguese el oficio de cuenta, mediante el cual la autoridad responsable, informa sobre el cumplimiento a la sentencia dictada en este juicio; dese vista a las partes con el contenido del oficio y anexo de cuenta por el término de tres días para que manifiesten lo que a su interés convenga; con el apercibimiento que de no hacer manifestación alguna al respecto, se resolverá con base en las constancias que obran en autos..."
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Agréguese el oficio de cuenta, mediante el cual la autoridad responsable, informa sobre el cumplimiento a la sentencia dictada en este juicio; dese vista a las partes con el contenido del oficio y anexo de cuenta por el término de tres días para que manifiesten lo que a su interés convenga; con el apercibimiento que de no hacer manifestación alguna al respecto, se resolverá con base en las constancias que obran en autos. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA Y TERCERO PERJUDICADO
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Requiérase a la responsable para que en el término de veinticuatro horas informe sobre el cumplimiento que haya dado a la ejecutoria de amparo o los actos tendentes a ese efecto, apercibida que de no hacerlo se procederá de conformidad a los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Requiérase a la responsable para que en el término de veinticuatro horas informe sobre el cumplimiento que haya dado a la ejecutoria de amparo o los actos tendentes a ese efecto, apercibida que de no hacerlo se procederá de conformidad a los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo
Actor: Autobuses Puebla-tlaxcala-calpulalpan y Anexas, S.A. De C.V
Demandado: Inrtegrantes de la Junta Especial Numero 46 de la Federal de Conciliacion y Arbitraje
Requiérase a la responsable para que en el término de veinticuatro horas informe sobre el cumplimiento que haya dado a la ejecutoria de amparo o los actos tendentes a ese efecto, apercibida que de no hacerlo se procederá de conformidad a los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información