Federal
> Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Cuarto Circuito de Cuarto Circuito
Actor: Autofinanciamiento De Automóviles Monterrey, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: Juez Noveno Menor De Monterrey, Nuevo León
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 376/2018 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Autofinanciamiento De Automóviles Monterrey, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Juez Noveno Menor De Monterrey, Nuevo León en el Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Cuarto Circuito en Circuito 4 (Nuevo León). El Proceso inició el 10 de Julio del 2018 y cuenta con 16 Notificaciones.
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Actor: Autofinanciamiento de Automóviles Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Juez Noveno Menor de Monterrey, Nuevo León
Se archiva el expediente. Se ordena resguardar en el archivo de este Tribunal durante tres años y, una vez transcurrido dicho término remítase el mismo al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte. En la inteligencia de que este expediente podría ser susceptible de depuración, y a juicio de esta Presidencia, se determina que el presente asunto carece de relevancia documental
Se archiva el expediente. Se ordena resguardar en el archivo de este Tribunal durante tres años y, una vez transcurrido dicho término remítase el mismo al Centro Archivístico Judicial de la Suprema Corte. En la inteligencia de que este expediente podría ser susceptible de depuración, y a juicio de esta Presidencia, se determina que el presente asunto carece de relevancia documental
Se agrega oficio signado por el Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, con el que remite el diverso del juez responsable, en el que acusa recibo
Actor: Autofinanciamiento de Automóviles Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Juez Noveno Menor de Monterrey, Nuevo León
Se agrega oficio signado por el Secretario de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, con el que remite el diverso del juez responsable, en el que acusa recibo
Ejecutoria: No ampara
Actor: Autofinanciamiento de Automóviles Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Juez Noveno Menor de Monterrey, Nuevo León
Ejecutoria: No ampara
Se turnan los autos a la ponencia del Magistrado Francisco Eduardo Flores Sánchez, para la formulación del proyecto de resolución correspondiente
Actor: Autofinanciamiento de Automóviles Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Juez Noveno Menor de Monterrey, Nuevo León
Se turnan los autos a la ponencia del Magistrado Francisco Eduardo Flores Sánchez, para la formulación del proyecto de resolución correspondiente
Se admite la demanda de amparo directo; se indica a las partes que, de conformidad con el artículo 181 de la Ley de Amparo, pueden formular alegatos o interponer amparo adhesivo; infórmese a las partes que el presente asunto está clasificado como de información no reservada, por lo que se les previene para que manifiesten si están de acuerdo que se publiquen sus nombres y datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva a su consentimiento para que la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos; finalmente se habilitan los días y horas inhábiles para la práctica de todas las notificaciones de carácter personas que se ordenen en el presente juicio hasta su conclusión
Actor: Autofinanciamiento de Automóviles Monterrey, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Juez Noveno Menor de Monterrey, Nuevo León
Se admite la demanda de amparo directo; se indica a las partes que, de conformidad con el artículo 181 de la Ley de Amparo, pueden formular alegatos o interponer amparo adhesivo; infórmese a las partes que el presente asunto está clasificado como de información no reservada, por lo que se les previene para que manifiesten si están de acuerdo que se publiquen sus nombres y datos personales, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva a su consentimiento para que la sentencia respectiva se publique sin supresión de datos; finalmente se habilitan los días y horas inhábiles para la práctica de todas las notificaciones de carácter personas que se ordenen en el presente juicio hasta su conclusión
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