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Autotransportes Tlaxcala Apizaco Huamantla Sociedad Anónima De Exp: 13/2025

Federal > Sexto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Autotransportes Tlaxcala, Apizaco Huamantla, Sociedad Anónima De Capital Variable .
Demandado: Juzgado Décimo De Distrito En Materia Civil En La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo en revisión

RESUMEN: El Expediente 13/2025 en Materia Civil y de tipo Amparo En Revisión fue promovido por Autotransportes Tlaxcala, Apizaco Huamantla, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Juzgado Décimo De Distrito En Materia Civil En La Ciudad De México en el Sexto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Enero del 2025 y cuenta con 1 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 13/2025

  • 22 de Enero del 2025

    Actor: Autotransportes Tlaxcala, Apizaco Huamantla, Sociedad Anónima de Capital Variable .

    Demandado: Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México .

    SE ADMITE EL RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO POR LA CITADA PARTE RECURRENTE, EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE SEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, FIRMADA EL ONCE DEL MISMO MES Y AÑO, EN EL JUZGADO DE DISTRITO Y EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO REFERIDOS EN EL PÁRRAFO PRECEDENTE. EN VIRTUD DE QUE LA PARTE RECURRENTE NO SEÑALÓ DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE AMPARO SE ORDENA QUE ESTA Y LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, SE LE REALICEN POR MEDIO DE LISTA, HASTA EN TANTO SEÑALE ALGUNO EN LA CIUDAD DE MÉXICO. ADEMÁS, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 26, FRACCIONES III Y IV DE LA LEY DE AMPARO, DÉSE VISTA A LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN DE LA ADSCRIPCIÓN, A TRAVÉS DEL USUARIO "***", SOBRE LA RADICACIÓN DEL PRESENTE ASUNTO PARA QUE MANIFIESTE LO QUE A SU REPRESENTACIÓN SOCIAL CONVENGA, REALIZÁNDOLE LAS POSTERIORES NOTIFICACIONES POR MEDIO DE LISTA; ASIMISMO, SE LE AUTORIZA LA CONSULTA DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO PARA QUE EN LO SUBSECUENTE, SE IMPONGA DE SUS ACTUACIONES. COMUNÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO A LA, O BIEN, A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES, SEGÚN SEA EL CASO, Y AL JUZGADO DE DISTRITO RECURRIDO. FINALMENTE, SE EXHORTA A LAS PARTES PARA QUE TRANSITEN AL ESQUEMA DE ACTUACIÓN DESDE EL PORTAL DE SERVICIOS EN LÍNEA, CON LO CUAL PODRÁN OBTENER COPIAS CERTIFICADAS ELECTRÓNICAMENTE DE LAS ACTUACIONES QUE OBREN EN EL EXPEDIENTE; Y, ADEMÁS, PROPONGAN FORMAS ESPECIALES Y EXPEDITAS DE CONTACTO, TALES COMO CORREO ELECTRÓNICO, NÚMERO TELEFÓNICO Y MENSAJERÍA INSTANTÁNEA, PARA ENTABLAR COMUNICACIONES NO PROCESALES.

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