Federal
> Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas de Décimo Noveno Circuito
Actor: Ayuntamiento De Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero De Primera Instancia Del Ramo Civil, Con Sede En Reynosa, Tamaulipas .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 2403/2023 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Ayuntamiento De Reynosa, Tamaulipas en contra de Juez Tercero De Primera Instancia Del Ramo Civil, Con Sede En Reynosa, Tamaulipas en el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Tamaulipas en Circuito 19 (Tamaulipas). El Proceso inició el 28 de Noviembre del 2023 y cuenta con 21 Notificaciones.
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Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas .
Reynosa, Tamaulipas, a catorce de noviembre de dos mil veinticuatro.****************************************Atendiendo a la circular 16/2024, suscrita por el Secretario Ejecutivo del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al Paro Nacional de labores en toda la República, a partir del diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro, y en este órgano jurisdiccional a partir del veintiuno del mismo mes y año, hasta esta propia fecha se levanta la suspensión de los plazos y términos procesales del presente juicio de amparo.****************************************Ahora, visto el estado de autos, se advierte que en proveído de veintitrés de julio de dos mil veinticuatro, se tuvo por interpuesto el recurso de revisión hecho valer por la parte quejosa ********************en contra de la sentencia constitucional dictada el doce de julio de dos mil veinticuatro, dentro del presente juicio de amparo, reservándose su remisión al tribunal colegiado, hasta en tanto se encontrara debidamente integrado. ****************************************En mérito de lo anterior, tomando en consideración que obran en autos las constancias de notificación a las partes tanto de la sentencia como del auto por el cual se tuvo por interpuesto el citado recurso de revisión, envíese el asunto que nos ocupa, junto con el original del escrito de agravios, al Tribunal Colegiado en turno del Decimonoveno Circuito, para la substanciación del aludido medio de impugnación. Previa formación del cuaderno de antecedentes.****************************************Por otra parte, téngase por recibido el escrito de Jesús Lavín Santos del Prado, autorizado de la parte tercero interesada en amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo, mediante el cual solicita se remita el presente juicio de amparo a la superioridad para la substanciación del medio de impugnación hecho valer en contra de la sentencia constitucional dictada en autos; al efecto, dígasele al compareciente que se esté a lo acordado en los precedentes párrafos.****************************************Finalmente, se hace del conocimiento de las partes que el licenciado Fidel Gallegos Figueroa, funge como Titular de este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en esta ciudad, a partir del dieciséis de septiembre del presente año, por disposición del Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficio SEADS/3341/2024, de once de septiembre de dos mil veinticuatro, signado por el Secretario Ejecutivo de Adscripción de dicho Consejo.****************************************Notifíquese.****************************************Así lo proveyó y firma electrónicamente Fidel Gallegos Figueroa, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, ante Nora Hilda Luna Lugo, Secretaria quien autoriza y da fe.
Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas .
Reynosa, Tamaulipas, a veintitrés de julio de dos mil veinticuatro.****************************************Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito de ********************, apoderada legal del quejoso ********************, por medio del cual interpone recurso de revisión en contra de la sentencia constitucional dictada el doce de julio de dos mil veinticuatro, en el presente juicio.****************************************En consecuencia, con fundamento en los artículos 81, fracción I, inciso e), 86 y 88 de la Ley de Amparo, se tiene por interpuesto el recurso de revisión en comento; por tanto, distribúyase entre las partes copia simple del escrito que contiene los agravios.****************************************Ahora, una vez que el presente expediente esté debidamente integrado, es decir, en cuanto obre en autos constancia de notificación a las partes del presente proveído, fórmese cuaderno de antecedentes, remítase el original del oficio de revisión juntamente con los presentes autos, al Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas, en turno para la substanciación del recurso de revisión interpuesto.****************************************Hágase la captura en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE).****************************************Notifíquese personalmente.****************************************Así lo proveyó y firma Julio César Cruz García, Secretario Encargado del Despacho del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, designado por el Visitador Judicial "A" autorizado por la Comisión de Vigilancia del Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficio CJF/VJ/JFAE/52/2024, ante el Secretario José Concepción Juárez Fajardo, quien autoriza y da fe.
Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas .
Reynosa, Tamaulipas, a dieciocho de julio de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito de Jesús Lavín Santos del Prado, autorizado de la parte tercero interesada, en amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo, mediante el cual solicita se dicte sentencia en el presente juicio de amparo; al efecto, agréguese a los autos a fin de que obre como en derecho corresponda, en la inteligencia que en doce de julio del año en curso se terminó de engrosar la sentencia relativa al juicio de amparo que nos ocupa. Notifíquese. Así lo proveyó y firma Julio César Cruz García, Secretario Encargado del Despacho del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, designado por el Visitador Judicial "A" autorizado por la Comisión de Vigilancia del Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficio CJF/VJ/JFAE/52/2024, ante la Secretaria Nora Hilda Luna Lugo, quien autoriza y da fe.
Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas .
Por lo expuesto, fundado y con apoyo además en los artículos 73, 74, 75, 76 y 77 de la Ley de Amparo, se: RESUELVE: ÚNICO. La Justicia de la Unión no ampara y ni protege al Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas, por conducto de su apoderada legal María Guadalupe Martínez Martínez, respecto del acto que reclama de la autoridad citada en el considerando segundo por lo expresado y para los efectos legales expuestos en el último considerando de esta sentencia. Notifíquese personalmente. Así lo resolvió y firma Juan Fernando Alvarado López, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en Reynosa, hasta el día de hoy doce de julio de dos mil veinticuatro, fecha en que permitieron su engrose las labores del juzgado, asistido de la Secretaria Diana Karen López Castillo, quien autoriza y da fe.
Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas .
ATCA DE AUDIENICA
Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas .
Reynosa, Tamaulipas, a cuatro de marzo de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido en oficio 366/2024, signado por la autoridad responsable Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial en el Estado de Tamaulipas, con residencia en esta ciudad, mediante el cual en atención a lo requerido en auto de veintiséis de febrero del año en curso, remite copia certifica de las constancias solicitadas; al efecto, agréguese a los autos el oficio de cuenta y pónganse a la vista de las partes las constancias remitidas, sin perjuicio de su relación en la audiencia constitucional, de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Amparo. Finalmente, dada la voluminosidad de las constancias remitidas mediante el oficio de cuenta y a fin de lograr un mejor manejo del presente expediente, fórmese un tomo de pruebas por separado, mismo que queda a disposición de las partes para su consulta en la secretaría correspondiente. Notifíquese. Así lo proveyó y firma Juan Fernando Alvarado López, Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, ante Nora Hilda Luna Lugo, Secretaria quien autoriza y da fe.
Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas .
Reynosa, Tamaulipas, a veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro.****************************************Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito de ********************, autorizado de la parte tercero interesada, por medio del cual formula diversas manifestaciones a manera de alegatos relacionadas con el informe justificado rendido por la autoridad responsable; al efecto, con fundamento en el artículo 75 de la Ley de la materia, requiérase a la responsable Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial en el Estado de Tamaulipas, con residencia en esta ciudad, para que dentro del plazo de tres días, computado legalmente, remita la totalidad de las constancias que guarden relación con el acto reclamado, en virtud de que son necesarias para resolver el presente expediente. Por otra parte, tomando en consideración el requerimiento realizado en los precedentes párrafos y toda vez que de la certificación de cuenta, se desprende que la audiencia constitucional se señaló para las diez horas con cincuenta y cinco minutos del veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro; para efecto de dar oportunidad a que se pongan a la vista de las partes las constancias que en su momento remita la autoridad responsable, se difiere de forma anticipada la audiencia constitucional, y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL TRES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO, para su desahogo. Notifíquese personalmente.
Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas .
Reynosa, Tamaulipas, a veintidós de febrero de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito de Jesús Lavin Santos del Prado, autorizado de la parte tercero interesada, en amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo, mediante el cual solicita se autorice la consulta del expediente electrónico y las notificaciones de manera electrónica; al efecto, dígase al compareciente que deberá estarse a lo acordado en auto de diecinueve de febrero del año en curso; asimismo, se toma nota del domicilio convencional para efectos de oír y recibir notificaciones el que refiere en su escrito de cuenta, sin que haya lugar a realizar mayor pronunciamiento, en virtud de haber sido solicitadas las notificaciones electrónicas. Notifíquese.
Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas .
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas .
Reynosa, Tamaulipas, a diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito de Migid Vélez Assad, quien se ostenta con el carácter de tercero interesado en el presente juicio; al respecto, analizadas las constancias remitidas por la autoridad responsable Juzgado Tercero de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial del Estado de Tamaulipas, con residencia en esta ciudad, en apoyo a su informe justificado, se advierte, que en efecto, el compareciente es parte actora dentro del juicio ordinario civil ********************, del cual derivan los actos reclamados, por lo que con fundamento en el artículo 5, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, téngasele con el carácter de tercero interesado y compareciendo al presente asunto. Por otra parte, como lo solicita el compareciente téngase como autorizados en amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo a ********************, quienes cuentan con cédula profesional registrada en el Sistema Computarizado Para el Registro Único de Profesionales del Derecho ante los Órganos Jurisdiccionales, y únicamente en términos restringidos a ********************, por no haber acreditado contar con cédula profesional registrada en el referido sistema, así como a ********************, por así haberlo solicitado en su escrito de cuenta. Por otra parte, como lo solicita, háganse las posteriores notificaciones electrónicas, en términos del artículo 26, fracción IV, de la Ley de Amparo, por medio de los usuarios proporcionados. Finalmente, téngase al compareciente ofertando las documentales adjuntas a su escrito de cuenta, y formulando los alegatos vertidos en el mismo, debiéndose relacionar en el periodo respectivo de la audiencia constitucional, de conformidad con los artículos 119 y 124 de la Ley de Amparo. Notifíquese.
Actor: Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas y Otros..
Demandado: Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil, con sede en Reynosa, Tamaulipas y Otros..
Reynosa, Tamaulipas, a treinta de enero de dos mil veinticuatro. Visto lo de cuenta, téngase por recibido el escrito de María Guadalupe Martínez Martínez, apoderada legal de la parte quejosa, mediante el cual formula alegatos y oferta pruebas; al efecto, agréguese a los autos el escrito de cuenta a fin de que obre como en derecho corresponda, debiéndose relacionar el mismo en la audiencia constitucional, de conformidad con los artículo 119 y 124 de la Ley de Amparo.
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