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Azzuany Lara González . | Junta Especial Número Catorce De La Exp: 3384/2023

Federal > Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Azzuany Lara González .
Demandado: Junta Especial Número Catorce De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 3384/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Azzuany Lara González en contra de Junta Especial Número Catorce De La Local De Conciliacion Y Arbitraje De La Ciudad De México en el Juzgado Noveno De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 08 de Noviembre del 2023 y cuenta con 8 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 3384/2023

  • 07 de Febrero del 2024

    Actor: Azzuany Lara González .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    SE NOTIFICA POR LISTA A LA PARTE QUEJOSA, EL ACUERDO DE TREINTA DE ENERO DE DOS MIL VEINTICUATRO: "Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. En ese contexto, atendiendo a los efectos y términos para los cuales se concedió la Protección Federal a la parte quejosa, se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. Archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido, previas las anotaciones respectivas que se hagan en el libro de registro de juicios de amparo de este Juzgado. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA."

  • 31 de Enero del 2024

    Actor: Azzuany Lara González .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Al no existir manifestaciones de las partes, se procede a resolver si la ejecutoria de amparo se encuentra o no cumplida, con base en los elementos que obran en el expediente y los datos aportados por la autoridad. En ese contexto, atendiendo a los efectos y términos para los cuales se concedió la Protección Federal a la parte quejosa, se considera cumplida la sentencia de amparo, sin que se advierta exceso o defecto en su cumplimiento. Archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido, previas las anotaciones respectivas que se hagan en el libro de registro de juicios de amparo de este Juzgado. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.

  • 19 de Enero del 2024

    Actor: Azzuany Lara González .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Agréguese a los autos el oficio enviado vía electrónica por la autoridad responsable, informa lo relativo al cumplimiento de la ejecutoria de amparo; se da vista a la parte quejosa con la promoción de cuenta, para que dentro del término de tres días, manifieste lo que a su derecho convenga. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A LA PARTE QUEJOSA.

  • 10 de Enero del 2024

    Actor: Azzuany Lara González .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Vista la certificación, se declara que la sentencia dictada en el presente juicio de amparo, ha causado ejecutoria. SE REQUIERE. Se apercibe. NOTIFÍQUESE

  • 07 de Diciembre del 2023

    Actor: Azzuany Lara González .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    VISTOS PARA RESOLVER: ÚNICO. SE CONCEDE EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL A LA PARTE QUEJOSA. NOTIFÍQUESE.

  • 22 de Noviembre del 2023

    Actor: Azzuany Lara González .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Agréguese a los autos el oficio que remite la autoridad responsable, mediante el cual rinde su informe justificado; y en su apoyo acompaña copia certificada de diversas constancias del expediente natural; en consecuencia, de conformidad con el artículo 117 de la Ley de Amparo, se da vista a las partes con su contenido. Relaciónese en la audiencia constitucional. Notifíquese.

  • 17 de Noviembre del 2023

    Actor: Azzuany Lara González .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA CON EFECTOS DE EMPLAZAMIENTO A LA TERCERA INTERESADA REFERIDA, EL ACUERDO DE SIETE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS: "Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las DIEZ HORAS CON UN MINUTO DEL SEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, le asiste el carácter de parte tercera interesada a la señalada en su escrito inicial de demanda. Por tanto, con fundamento en los artículos 115 y 116 del mismo ordenamiento legal, instrúyase al actuario adscrito para que emplace a la parte tercera interesada en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese."

  • 08 de Noviembre del 2023

    Actor: Azzuany Lara González .

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO .

    Téngase por recibida la demanda de amparo. se admite la demanda. no ha lugar a tramitar el incidente de suspensión, máxime que no se desprende que proceda de oficio. requiérase a la autoridad responsable su informe justificado, el que deberá rendir dentro del plazo de quince días; apercibida. Se fija la audiencia constitucional para las DIEZ HORAS CON UN MINUTO DEL SEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS. Dese a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita la intervención que legalmente le corresponde, ya que es parte en el presente juicio. En términos del artículo 5o., fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, le asiste el carácter de parte tercera interesada a la señalada en su escrito inicial de demanda. Por tanto, con fundamento en los artículos 115 y 116 del mismo ordenamiento legal, instrúyase al actuario adscrito para que emplace a la parte tercera interesada en el domicilio que se señala para tal efecto en la demanda. Notifíquese; y emplácese.

antecedentes
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