Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua de Décimo Séptimo Circuito
Actor: Banco Azteca, Sociedad Anónima, Institución De Banca Múltiple
Demandado: Alexis Guadalupe De Jesús Hernández
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Procesos civiles o administrativos
RESUMEN: El Expediente 801/2024 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Procesos Civiles O Administrativos fue promovido por Banco Azteca, Sociedad Anónima, Institución De Banca Múltiple en contra de Alexis Guadalupe De Jesús Hernández en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Chihuahua en Circuito 17 (Chihuahua). El Proceso inició el 19 de Agosto del 2024 y cuenta con 2 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Buscar Antecedentes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Recibir notificacionesEs gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Actor: Banco Azteca, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple
Demandado: Alexis Guadalupe de Jesús Hernández
Acuerdo en el que se desecharon los medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, se declara que dicho auto ha causado estado
Actor: Banco Azteca, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple
Demandado: Alexis Guadalupe de Jesús Hernández
Ciudad Juárez, Chihuahua, dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro. Visto el escrito signado electrónicamente por ********************, en su carácter de apoderado legal de la empresa ********************,********************, ********************, lo que acredita con las documentales que anexa al escrito de cuenta, del cual se advierte que promueve medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, a fin de pedir confesión judicial a cargo de ******************** Regístrese en el en el libro electrónico de asuntos civiles y administrativos, implementado por el Sistema Integral de Seguimiento de Expediente (S.I.S.E.), con el número 801/2024-I y fórmese expediente electrónico e impreso, únicamente con las constancias que resulten necesarias, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 22 reformado del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio consejo. Por tanto, en atención al principio de expeditez en la administración de la justicia, consagrado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo procedente es desechar los medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil que se trata. Notifíquese electrónicamente al promovente
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información