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Banco Ve Por Mas Sociedad Anónima Institución De Banca Multiple Exp: 2134/2023

Federal > Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Banco Ve Por Mas, Sociedad Anónima, Institución De Banca Multiple, Grupo Financiero Ve Por Mas
Demandado: Junta Especial Número Catorce De La Federal De Conciliación Y Arbitraje
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 2134/2023 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Banco Ve Por Mas, Sociedad Anónima, Institución De Banca Multiple, Grupo Financiero Ve Por Mas en contra de Junta Especial Número Catorce De La Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 10 de Julio del 2023 y cuenta con 7 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 2134/2023

  • 19 de Septiembre del 2023

    Actor: BANCO VE POR MAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO VE POR MAS

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    El fallo protector se encuentra cumplido. Comuníquese lo anterior a la autoridad señalada como responsable y en su oportunidad remítase el presente expediente al archivo como asunto concluido. Tomando en consideración que en la sentencia dictada en el presente juicio se concedió la protección de la Justicia Federal, éste se clasifica como expediente CONSERVABLE EN UN PLAZO DE TRES AÑOS

  • 28 de Agosto del 2023

    Actor: BANCO VE POR MAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO VE POR MAS

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    Ha causado ejecutoria, la sentencia de siete de agosto de dos mil veintitrés, mediante la cual se concedió el amparo y protección de la Justicia Federal. Ahora bien, también del estado de los autos se desprende que mediante acuerdo de catorce de agosto de la presente anualidad, se reservó acordar lo conducente respecto del oficio con anexo suscrito por el Presidente de la Junta responsable, hasta en tanto quedara firme la sentencia dictada en el presente juicio, situación que ya aconteció; en tal virtud, se deja sin efectos la reserva en comento y al efecto se provee: Visto el contenido del oficio señalado con antelación, por medio del cual, el citado Presidente remite copia certificada del laudo de siete de agosto de la anualidad que transcurre, dictado en el expediente laboral; en consecuencia, se da vista a las partes, para que dentro del término de tres días manifiesten lo que a su derecho convenga, corriéndoles traslado con copia certificada de la documental de mérito

  • 15 de Agosto del 2023

    Actor: BANCO VE POR MAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO VE POR MAS

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta que signa el Presidente de la Junta Responsable; en atención a su contenido, se reserva acordar lo conducente, hasta en tanto quede firme la sentencia pronunciada en el presente sumario constitucional

  • 08 de Agosto del 2023

    Actor: BANCO VE POR MAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO VE POR MAS

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    R E S U E L V E: ÚNICO. La Justicia de la Unión AMPARA y PROTEGE a la parte quejosa

  • 21 de Julio del 2023

    Actor: BANCO VE POR MAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO VE POR MAS

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    Agréguese la razón actuarial que antecede, en la que la fedataria pública de la adscripción manifiesta la imposibilidad que tuvo para emplazar al tercero interesado, en atención a los motivos que aduce; en consecuencia, se reserva acordar lo conducente en la audiencia constitucional

  • 18 de Julio del 2023

    Actor: BANCO VE POR MAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO VE POR MAS

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    Se tiene por recibido el informe justificado que rinde el Auxiliar de Trámite de la Junta Especial ******** al que acompaña copia certificada del acuerdo de veintitrés de marzo de dos mil veintitrés, dictado en el expediente laboral********************; con su contenido, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga. Relaciónese en la audiencia constitucional

  • 10 de Julio del 2023

    Actor: BANCO VE POR MAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO VE POR MAS

    Demandado: JUNTA ESPECIAL NÚMERO CATORCE DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

    SE ADMITE a trámite la demanda. Dese la intervención que legalmente corresponde a la Agente del Ministerio Público Federal adscrita. Sin tramitar incidente de suspensión por no haberse solicitado. Pídase a la autoridad responsable su informe con justificación, que deberá rendir en un plazo de quince días. En relación a la solicitud de la parte quejosa, consistente en requerir a la junta responsable para que remita las constancias que indica, deberá estar a lo ordenado en el párrafo que antecede. Se fijan las DOCE HORAS DEL SIETE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRÉS, para la celebración de la audiencia constitucional. Tiene el carácter de tercero interesado al que se indica en la demanda. Previa razón que por su recibo se deje en autos y copia certificada de la misma, devuélvase la documental con la que el apoderado de la parte quejosa acreditó su personalidad. Se hace del conocimiento a las partes que podrán solicitar que se les practiquen las notificaciones personales vía electrónica; además, se les exhorta para que, de estimarlo pertinente, continúen la tramitación del presente asunto mediante el esquema de "juicio en línea", a través del Portal de Servicios en Línea desarrollado y aprobado por el Consejo de la Judicatura Federal, ingresando para tal efecto a la liga https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea/Home/Ayuda; asimismo, se les requiere para que proporcionen un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico, para que de estimarse necesario, se establezca el contacto respectivo. Hágase del conocimiento de las partes, que tienen expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales, en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

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