Características del servicio

Calderón Bravo Sociedad Anónima De Capital Variable | Exp: 395/2011

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala de Vigésimo Octavo Circuito
Actor: Calderón Bravo, Sociedad Anónima De Capital Variable
Demandado: Presidente De La Junta Local De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Tlaxcala
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 395/2011 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Calderón Bravo, Sociedad Anónima De Capital Variable en contra de Presidente De La Junta Local De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Tlaxcala en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De Tlaxcala en Circuito 28 (Tlaxcala). El Proceso inició el 29 de Marzo del 2011 y cuenta con 16 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

 

Buscar Antecedentes
Legales y Expedientes

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 395/2011

  • 24 de Octubre del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA

    Se tiene por consentido el proveído que declaró cumplido el fallo protector. Háganse las anotaciones en el libro de gobierno y archívese el juicio. Este juzgador estima que el presente expediente carece de relevancia documental, en virtud de que no se ubica en ninguna de las hipótesis establecidas en el artículo vigésimo primero de dicho acuerdo, por tanto será depurable. Realícese la identificación correspondiente en la carátula del expediente y una vez que haya transcurrido el término de tres años que establece el diverso artículo undécimo del Acuerdos General en cita, remítase este expediente al Centro de Documentación y Análisis a que hace alusión el acuerdo General Conjunto. Por otro lado, atendiendo a que en el presente expediente se ordenó la tramitación por duplicado del incidente de suspensión de los actos reclamados, resérvese en el archivo de este órgano jurisdiccional el original para su posterior destrucción y en cuanto al duplicado una vez que transcurran seis meses procédase a su destrucción

  • 19 de Septiembre del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA

    Se declara cumplido el fallo protector

  • 05 de Septiembre del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA

    Vista la razón de imposibilidad para notificar a la parte quejosa el auto de veintiséis de agosto de dos mil once, por las razones expuestas, en consecuencia, notifíquese dicho auto, éste y los subsecuentes, por lista que se fije en los estrados de este Juzgado. En cumplimiento a lo anterior, se procede a notificar por lista a la parte quejosa el auto de veintiséis de agosto de dos mil once, que en sintesis dice:"... Dése vista al quejoso con el oficio de referencia, para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su interés convenga, apercibido que de no hacerlo, este órgano jurisdiccional resolverá con los elementos que obren en autos..."

  • 29 de Agosto del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA

    Dése vista al quejoso con el oficio de referencia, para que en el plazo de tres días manifieste lo que a su interés convenga, apercibido que de no hacerlo, este órgano jurisdiccional resolverá con los elementos que obren en autos

  • 23 de Agosto del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA

    Visto el estado de autos, se requiere de nueva cuenta a la autoridad responsable para que en el plazo de veinticuatro horas, informe sobre el cumplimineto dado a la ejecutoria de amparo, apercibido que de no hacerlo, será requerido por conducto de su superior jerárquico

  • 05 de Julio del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: ACTUARIO ADSCRITO A LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA. y Otros

    Se declara que la sentencia que ampara y protege ha causado ejecutoria, para todos los efectos legales a que haya lugar. Por lo anterior, requiérase a la responsable para que en el término de veinticuatro horas informe sobre el cumplimiento que haya dado a la ejecutoria de amparo o los actos tendentes a ese efecto, apercibida que de no hacerlo se procederá de conformidad a los artículos 104 y 105 de la Ley de Amparo. Por otra parte, devuélvasele a la autoridad responsable el expediente generador del acto reclamado

  • 16 de Junio del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: ACTUARIO ADSCRITO A LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA. y Otros

    Vista la razón de imposibilidad para notificar personalmente a la parte quejosa el auto de seis de junio de dos mil once, por las razones expuestas, notifiquese dicho auto, por lista que se fije en los estrados de este Juzgado. En cumplimiento a lo anterior, se procede a notificar por lista a la parte quejosa el auto de seis de junio de dos mil once, que en síntesis dice: "...Vista el acta circunstanciada levantada en el cuaderno formado con motivo de la remisión y recepción de expedientes enviados a los Juzgados de Distrito Auxiliares para el dictado de las sentencia correspondiente, y tomando en consideración que mediante oficio registrado con el número 14285, el Juez Noveno de Distrito Auxiliar con residencia en San Andrés Cholula Puebla, remitió la sentencia dictada en el expediente 291/2011 de su índice, formado con motivo de la remisión del juicio de amparo 395/2011-C, del índice de este juzgado, a fin de que dicho juzgado procediera al dictado de la sentencia respectiva que en su punto resolutivo dice: Único.- La Justicia de la Unión ampara y protege a la parte quejosa; en consecuencia notifíquese a las partes del presente juicio de amparo 395/2011-C, del índice de este juzgado, la resolución aludida. De igual modo agréguese a los presentes autos el cuaderno de antecedentes formado. Acúsese de estilo correspondiente

  • 14 de Junio del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: ACTUARIO ADSCRITO A LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA. y Otros

    Vista la razón de imposibilidad para notificar a la tercera perjudicada Silvia Guadalupe Murillo Pantoja, en su carácter de apoderada y representante legal de Adriana Ramírez Morales, el auto de seis de junio de dos mil once, por las razones expuestas, en consecuencia notifíquese dicho auto, éste y los subsecuentes aún los de manera personal, por lista que se fije en los estrados de éste Juzgado, hasta en tanto haga nueva designación de domicilio para recibir notificaciones. En cumplimiento a lo anterior, se procede a notificar por lista a la tercera perjudicada el auto de seis de junio de dos mil once, que en síntesis dice:"...Vista el acta circunstanciada levantada en el cuaderno formado con motivo de la remisión y recepción de expedientes enviados a los Juzgados de Distrito Auxiliares para el dictado de las sentencia correspondiente, y tomando en consideración que mediante oficio registrado con el número 14285, el Juez Noveno de Distrito Auxiliar con residencia en San Andrés Cholula Puebla, remitió la sentencia dictada en el expediente 291/2011 de su índice, formado con motivo de la remisión del juicio de amparo 395/2011-C, del índice de este juzgado, a fin de que dicho juzgado procediera al dictado de la sentencia respectiva que en su punto resolutivo dice: Único.- La Justicia de la Unión ampara y protege a la parte quejosa; en consecuencia notifíquese a las partes del presente juicio de amparo 395/2011-C, del índice de este juzgado, la resolución aludida. De igual modo agréguese a los presentes autos el cuaderno de antecedentes formado. Acúsese de estilo correspondiente..."

  • 07 de Junio del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA

    Vista el acta circunstanciada levantada en el cuaderno formado con motivo de la remisi¢n y recepci¢n de expedientes enviados a los Juzgados de Distrito Auxiliares para el dictado de las sentencia correspondiente, y tomando en consideraci¢n que mediante oficio registrado con el n£mero 14285, el Juez Noveno de Distrito Auxiliar con residencia en San Andr's Cholula Puebla, remiti¢ la sentencia dictada en el expediente 291/2011 de su ¡ndice, formado con motivo de la remisi¢n del juicio de amparo 395/2011-C, del ¡ndice de este juzgado, a fin de que dicho juzgado procediera al dictado de la sentencia respectiva que en su punto resolutivo dice: énico.- La Justicia de la Uni¢n ampara y protege a la parte quejosa; en consecuencia notif¡quese a las partes del presente juicio de amparo 395/2011-C, del ¡ndice de este juzgado, la resoluci¢n aludida. De igual modo agr'guese a los presentes autos el cuaderno de antecedentes formado. Ac£sese de estilo correspondiente

  • 13 de Mayo del 2011

    Actor: CALDERÓN BRAVO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

    Demandado: PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN EL ESTADO DE TLAXCALA

    Del contenido del Acta Circunstanciada levantada en esta propia fecha, dentro del cuaderno formado con motivo de la remisión de expedientes a los Juzgados Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, con base en el Acuerdo 10/2008 y 17/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y el oficio STCCNO/2476/2009 y STCCNO71191/2010, de treinta de noviembre de dos mil nueve y uno de marzo de dos mil diez, respectivamente, signados por el Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos, se advierte que entre los asuntos que se remitirán a los citados órganos jurisdiccionales para el dictado de la sentencia, se encuentra el Juicio de Amparo 395/2011-C, del índice de este juzgado. En consecuencia, atento al punto quinto, inciso 1), del Acuerdo General 10/2008 en comento, en concordancia con el oficio STCCNO/2476/2009, de treinta de noviembre de dos mil nueve, signado por el Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos, envíese el presente asunto al Juzgado Noveno de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, por conducto de la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en el Estado de Tlaxcala. Hágase del conocimiento de las partes que la sentencia que ha de pronunciarse en el presente juicio, habrá de dictarse por el Licenciado Israel Flores Rodríguez, Juez Noveno de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con sede en San Andrés Cholula, Puebla, que se encuentra ubicado en Avenida Osa Mayor, número ochenta y dos, Ciudad Judicial Siglo XXI, reserva territorial Atlixco, C.P. 72810. Notifiquese mediante lista

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
antecedentes
“Por varias razones, sospechaba que mi abogado no estaba haciendo su trabajo correctamente… gracias a PoderJudicialVirtual.com me siento muy tranquilo porque doy cuenta de todo. He cambiado de abogado y pude evitar perder mucho dinero.” Alfonso Suárez Ingeniero Civil
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4