Federal
> Juzgado Primero De Distrito En El Estado De Sonora de Quinto Circuito
Actor: Carlos Alberto Angelino Barrón
Demandado: Director De La Penitenciaría De La Ciudad De México
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 1432/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Carlos Alberto Angelino Barrón en contra de Director De La Penitenciaría De La Ciudad De México en el Juzgado Primero De Distrito En El Estado De Sonora en Circuito 5 (Sonora). El Proceso inició el 03 de Diciembre del 2021 y cuenta con 1 Notificaciones.
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Actor: Carlos Alberto Angelino Barrón
Demandado: Director de la Penitenciaría de la Ciudad de México
Auto. Hermosillo, Sonora, dos de diciembre de dos mil veintiuno. Se agrega exhorto. Visto el oficio remitido por el secretario del Juzgado Decimoquinto de Distrito de amparo en Materias Penal en la Ciudad de México, mediante el cual devuelve diligenciado el exhorto 103/2021, con número de orden 193/2021 del índice de este juzgado; agréguese a sus autos para los efectos legales a que haya lugar. Asimismo, dese de baja de la estadística la presente comunicación oficial y háganse las anotaciones correspondientes en el libro cuatro de comunicaciones oficiales enviadas; lo anterior, hágasele del conocimiento al secretario encargado del libro en cuestión y la anotación respectiva en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE). Por otro lado, en relación con la notificación personal de veinticuatro de noviembre del año en curso, realizada por el personal de ese juzgado a los quejosos, se advierte que manifiestan que: "se de vista a nuestro asesor jurídico para que por su conducto desahogue dichos requerimientos." En esa virtud, requiérase al representante común de los quejosos, Carlos Alberto Angelino Barrón, a efecto de que bajo protesta de decir verdad, manifieste el nombre y domicilio del asesor jurídico que aducen tener. Exhorto. Ahora dado que los quejosos se encuentran internados en un reclusorio fuera de la jurisdicción de este juzgado; por tanto, sin perjuicio de que la presente determinación se notifique por estrados en este órgano; con fundamento en el numeral 298 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio de la ley de la materia, por disposición de su numeral 2, gírese atento exhorto al juez de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, en turno, para que en auxilio de las labores de este juzgado, ordene al actuario judicial de su adscripción, se constituya en las instalaciones del Centro Penitenciario de la Ciudad de México, señalado como lugar donde se encuentran recluidos los agraviados, para que en auxilio de las labores de este juzgado, les notifique personalmente, por conducto de su representante común Carlos Alberto Angelino Barrón, la presente determinación; asimismo, para que los requiera a fin de que en el acto de la notificación, o bien, dentro del plazo de tres días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, dé cumplimiento al requerimiento. Asimismo, les haga de su conocimiento que subsiste el apercibimiento decretado en el proveído de veinte de noviembre de la presente anualidad, a saber, que en caso de omitir dar cumplimiento al requerimiento formulado en éste, su demanda se tendrá por no interpuesta, conforme lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 114 de la Ley de Amparo. Hecho lo anterior, devuelva la comunicación oficial en comento a la brevedad posible. Finalmente, téngase a los quejosos señalando como domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones los estrados de este juzgado; no obstante ello, con fundamento en lo previsto por el artículo 26, fracción I, inciso a), la presente determinación, así como las subsecuentes les serán notificadas en forma personal, por conducto de su representante común. Notifíquese; y por exhorto a los quejosos. Así lo acordó y firma Fernando Alcázar Martínez, juez Primero de Distrito en el Estado de Sonora, ante Cleotilde Jáuregui Enríquez, secretaria que autoriza y da fe. Doy fe
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