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Carlos Alberto García ángeles. | Segunda Sala Civil Del Exp: 378/2020

Federal > Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito de Primer Circuito
Actor: Carlos Alberto García ángeles.
Demandado: Segunda Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México .
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 378/2020 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Carlos Alberto García Ángele en contra de Segunda Sala Civil Del Tribunal Superior De Justicia De La Ciudad De México en el Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 14 de Octubre del 2020 y cuenta con 10 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 378/2020

  • 11 de Junio del 2021

    Agréguese el escrito de la parte quejosa; toda vez que mediante proveído de siete de junio del año en curso, al no haber presentado recurso de inconformidad contra la resolución que tuvo por cumplida la ejecutoria de amparo, se declaró consentido dicha resolución y se ordenó el archivo del expediente como asunto concluido. Notifíquese.

  • 08 de Junio del 2021

    Se hace constar que ya transcurrió el plazo de quince días con que cuenta la parte quejosa para interponer el recurso de inconformidad; en consecuencia, se tiene por consentido el acuerdo de referencia y archívese este expediente como asunto concluido. Depúrese. Notifíquese.

  • 25 de Mayo del 2021

    Agréguese el escrito del quejoso, atento a su contenido, dígase al promovente que no ha lugar de proveer de conformidad lo solicitado, toda vez que todavía está corriendo el plazo de quince días previsto en el artículo 202 de la Ley de Amparo con que cuenta la parte quejosa para interponer el recurso de inconformidad que refiere la fracción I, del artículo 201, de la citada ley; por lo que una vez transcurrido el plazo mencionado se proveerá lo conducente. Notifíquese.

  • 07 de Mayo del 2021

    Se declara que la ejecutoria se encuentra cumplida en su totalidad, sin excesos ni defectos. Notifíquese; y personalmente a las partes quejosa y por lista a la tercera interesada.

  • 08 de Abril del 2021

    Agréguese el oficio que remite la autoridad responsable, al que anexa copia certificada de la sentencia dictada en cumplimiento a la ejecutoria de amparo, pronunciada por este Tribunal Colegiado; consecuentemente, dése vista a las partes para que en un plazo de DIEZ DÍAS manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que una vez que transcurra, se efectuará el pronunciamiento respecto del cumplimiento dado al fallo protector. NOTIFÍQUESE Y PERSONALMENTE A LAS PARTES.

  • 23 de Marzo del 2021

    Por recibido el oficio que remite la autoridad responsable, por el que acusa recibo de las constancias que se remitieron y hace del conocimiento del Tribunal que en cumplimiento a la ejecutoria de amparo dejó insubsistente el acto reclamado y procedió al dictado de una nueva resolución en cumplimiento al fallo protector; estése en espera del cabal cumplimiento a la ejecutoria. Asimismo, como lo solicita la autoridad oficiante, por única ocasión, se amplía el plazo concedido en la sentencia de amparo CINCO DÍAS MÁS, dado que no se considera que sea un asunto de alta complejidad o dificultad. Notifíquese.

  • 16 de Marzo del 2021

    Agréguese a los autos el escrito formulado por *** , quien se ostenta apoderado de la partes terceras interesadas ***, mediante el cual pretende se autorice la consulta al expediente electrónico del presente juicio de amparo; dígase al promovente que NO HA LUGAR de proveer favorablemente su petición; toda vez que de las constancias que integran el presente expediente, no tiene reconocido carácter alguno, máxime que los autos originales fueron remitidos la autoridad responsable, para que de cumplimiento al fallo protector, por tanto, no es posible constatar la personalidad con la que se ostenta. Notifíquese.

  • 19 de Febrero del 2021

    PRIMERO. La Justicia de la Unión AMPARA Y PROTEGE. SEGUNDO. Requiérase a la autoridad responsable para que dentro del plazo concedido de cabal cumplimiento a esta ejecutoria.

  • 19 de Febrero del 2021

    SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES DECRETADA DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE AL QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO. EN EL ENTENDIDO QUE DICHO LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN IMPLICA LA REANUDACIÓN DE LOS PLAZOS EN EL PUNTO EN QUE QUEDARON PAUSADOS, MÁS NO SU REINICIO. EN CONSECUENCIA, CONTINÚESE CON LA SECUELA PROCESAL DEL PRESENTE ASUNTO. NOTIFÍQUESE.

  • 14 de Octubre del 2020

    Se admite la demanda. Acúsese recibo a la autoridad oficiante. Intégrense los expedientes físico y electrónico. Toda vez que la autoridad responsable corrió traslado a ***, ténganse como terceros interesados y cuenta con el plazo de quince días hábiles para presentar alegatos o promover amparo adhesivo ante este Tribunal Colegiado; en el entendido que de no comparecer a juicio, o de no señalar domicilio para oír y recibir notificaciones de su parte, éstas, aún las de carácter personal, se realizarán por medio de lista. Se tiene por rendido el informe justificado. Córrase traslado al Ministerio Público Federal. Túrnese el presente asunto al Magistrado Manuel Ernesto Saloma Vera. Conforme lo solicita la parte promovente, se tiene como su domicilio el que refiere; y únicamente como autorizadas para oír y recibir notificaciones así como documentos, a las demás personas que indica. Se habilita a los actuarios de este Tribunal, para que en caso de ser necesario, se constituyan en los domicilios de las partes en días y horas inhábiles, a fin de efectuar las notificaciones personales que se llegasen a ordenar en el presente asunto; se hace del conocimiento de las partes que el Poder Judicial de la Federación, deberá poner a disposición del público en general las versiones públicas de las actuaciones judiciales que sean de su interés, para lo cual se adoptan las medidas necesarias que garantizan la seguridad de sus datos personales. Se exhorta a las partes para que de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el portal de servicios en línea del Poder Judicial de la Federación https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/, de conformidad con el artículo 22, fracción 1 del ACUERDO GENERAL 21/2020 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA REANUDACIÓN DE PLAZOS Y AL REGRESO ESCALONADO EN LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES ANTE LA CONTINGENCIA POR EL VIRUS COVID-19. NOTIFÍQUESE.

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